La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada de manera unipersonal por el juez Gustavo M. Hornos, rechazó otorgar la probation a los directivos de un taller oficial de Verificación Técnica Vehicular (VTV) situado en San Justo, partido de La Matanza.
Al negar los planteos realizados por las defensas, el magistrado confirmó la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 4 de San Martín por medio de la cual no hizo lugar a la solicitud de suspensión del proceso a prueba efectuada en favor de los imputados.
Mario Pinelli, Sirlane Ales de Almeida, Ignacio Efraín Peralta y Edgardo Marcelo Gallardo son investigados por la realización de 31 maniobras fraudulentas a través del sistema informático de revisión técnica obligatoria (RTO2014) desde el taller “Control Automotor Buenos Aires S.A.” con el propósito de modificar la antigüedad de las unidades a revisar y evitar el vencimiento del plazo máximo para la circulación como transporte público, y por otro lado, alterar la clase de servicio para impedir la fiscalización del automotor por parte de la CNRT.
Este delito prevé una escala penal de 1 a 6 años de prisión, por lo que teniendo en cuenta la carencia de antecedentes penales de los imputados, los abogados defensores consideraron que a sus clientes podrían caerle un pena inferior a tres años que podría ser dejada en suspenso. Sin embargo, Casación no hizo lugar a la petición.
En su fallo, el doctor Gustavo M. Hornos, destacó la gravedad de los hechos; en particular que las conductas imputadas implicarían una función trascendente por parte de los acusados, quienes eran depositarios de la fe pública dentro de un procedimiento establecido por el Estado que implica la verificación de las condiciones técnicas de vehículos que transitan por todo el territorio nacional, que hace a la seguridad vial e integridad física de las personas, con la correspondiente declaración de aptitud para la circulación.
Por otra parte, subrayó la necesidad de la realización de un debate oral, público y contradictorio para determinar la verdad de lo ocurrido y las respectivas responsabilidades.
El juez Hornos entendió que las conductas que se le reprochan a Peralta, Gallardo, Pinelli y Alves de Almeida no pueden ser ignoradas en el análisis que se reclama ya que están acusados de la presunta falsificación de documentos públicos.
Peralta y Gallardo, directores técnicos de planta, son considerados coautores del hecho; mientras que Pinelli y Alves de Almeida, directores de la sociedad anónima propietaria del establecimiento “Control de Automotores Buenos Aires S.A.”, son señalados partícipes necesarios.
Según las víctimas, el mismo ente investigado, habría expedido el certificado del ómnibus que en el año 2017 protagonizó un trágico accidente vial en la ciudad de San Rafael, provincia de Mendoza, que dejó como saldo 15 muertos y 20 heridos.
La mayoría de las víctimas eran menores de edad y adolescentes, integrantes de la escuela de baile “Soul Studio”, quienes se trasladaban desde Grand Bourg hacia la mencionada ciudad para participar de un concurso.
Tras las pericias e investigaciones realizadas, la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT) informó que el micro siniestrado, cuya patente era EEZ673, “no estaba habilitado, ya que había sido dado de baja el 12 de diciembre de 2016″.
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