En abril de 2018, cuatro delincuentes entraron disfrazados de policías a la Comisaría 1ª de San Justo para liberar a un detenido: se tirotearon con cuatro policías y dejaron parapléjica a una de las oficiales. El año pasado, el Tribunal Oral en lo Criminal N°4 de La Matanza condenó a la pena de 50 años de prisión a los integrantes de la banda. Sin embargo, por decisión del Tribunal de Casación bonaerense uno de ellos fue absuelto por el beneficio de la duda y quedó en libertad este jueves.
En su fallo, los camaristas de la Sala I Ricardo Maidana y Daniel Carral confirmaron la pena de medio siglo de cárcel para Leandro David Aranda (26) -el preso que iba a ser rescatado-, su esposa Zahira Ludmila Bustamante (23) -quien ayudó a organizar el golpe- y para Tomás Axel Sosa (23). También dejaron firme la condena para Gonzalo D’Angelo (26) a ocho años de cárcel, como partícipe secundario.
Por otro lado, los jueces hicieron lugar a la impugnación de la defensa de Sebastián Ariel Rodríguez (43), acusado de ser el autor del disparo que dejó parapléjica y en silla de ruedas a la sargento de la Policía bonaerense Alejandra Rocío Villarreal, y ordenaron su absolución por el beneficio de la duda. Luego, dispusieron su libertad inmediata.
La decisión adoptada por los magistrados Carral y Maidana valoró el argumento del abogado de Rodríguez, Fernando Sicilia, que hizo hincapié en “un significativo contraste entre los rasgos faciales del citado imputado y el identikit que hiciera oportunamente” uno de los testigos presenciales del hecho. Además, se tomó en cuenta “la ausencia de demostración de algún vínculo entre Rodríguez y Aranda, su pareja, Sosa o D´Angelo”; y que dos de los integrantes de la banda dijeron en el juicio que el “Seba” que ellos conocían no era la misma persona.
Tras conocerse la resolución de Casación, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) apuntó contra el accionar de la DDI de La Matanza que, tras la toma de la seccional, detuvo a Rodríguez en la carpa donde vivía bajo la Autopista Dellepiane.
“Se construyeron pruebas para incriminarlo y todas las líneas que pudieran corroborar su inocencia fueron rechazadas. Un real control judicial de la actuación de la policía y la investigación en los primeros momentos del proceso evitaría la afectación a los derechos, garantías constitucionales y la vida de las personas“, sostuvo la organización desde sus redes sociales.
En el mismo fallo, los jueces hicieron lugar “parcialmente” al recurso de Bustamante y dispusieron “cesar la pauta agravante referida al riesgo y el desprecio demostrado con relación a la vida de su hijo lactante, al trasladarse hasta la escena de los hechos con el menor, manteniéndose incólume la pena fijada por el tribunal” de primera instancia.
En este caso, para los camaristas de la Sala I, “el género de la acusada incidió de modo negativo en el razonamiento de los magistrados al examinar la agravante requerida, al filtrarse en su valoración estereotipos asociados al papel de buena/mala madre”; lo que “configura un trato discriminatorio en el juzgamiento que no debe tolerarse y, en consecuencia, aquella pauta debe ser obliterada”.
Con respecto a la abogada Leticia Analía Tortosa (42), quien aprovechó una de sus visitas a la comisaría para entregarle a Aranda el teléfono con el que se contactó con sus cómplices para coordinar su fuga, su defensa no presentó un recurso de Casación; por lo que deberá cumplir una pena de 3 años de prisión condicional tras ser encontrada culpable del delito de “facilitación a la evasión”.
Al dar a conocer su sentencia, en abril del 2021, el TOC N°4, integrado por los jueces Gerardo Gayol, Franco Fiumara y Nicolás Grappasonno, destacó “el arrojo homicida dirigido hacia una institución del Estado provincial” y el “dolo homicida hacia cuatro funcionarios policiales” demostrado por la “banda atacante” cuando intentó rescatar a su jefe.
“No pueden tolerarse actos de esta naturaleza. El ataque a la seccional 1ª de San Justo demuestra el riesgo mayúsculo al que está expuesta la sociedad bonaerense con sujetos de esta naturaleza”, señalaron.
En ese momento, el Tribunal destacó, además, el “acto heroico” de Villarreal: la sargento que quedó parapléjica al recibir dos balazos en el ataque, tras ser la primera en desenfundar su arma. Según afirmaron en el fallo, fue ella “quien no solo frustró la comisión ilícita de un grupo de varios malvivientes, sino que además salvó la vida de sus compañeros a costa de su propia integridad”.
En aquel fallo, los jueces del TOC N°4 dieron por probados los delitos de “tentativa de evasión y tentativa de homicidio agravado por el uso de arma y calificado por la función de las víctimas de resultar miembros de fuerzas policiales criminis causa, en concurso ideal, en perjuicio de la administración pública y de la vida” de los cuatro agentes atacados.
El principal acusado del juicio fue Aranda, quien estaba preso desde 2017 por un crimen narco en una villa de La Matanza y por el que está condenado a 10 años de prisión. Según la fiscalía, “tenía problemas afuera” y debía salir de la comisaría porque “había mejicaneado a un narco de la villa 1-11-14″ del Bajo Flores porteño.
Cuando declaró en el debate, Aranda confesó haber ideado el plan para que lo rescaten, pero negó que la idea fuera entrar a matar policías, dijo que entre los detenidos había inocentes y trató de desvincular a su esposa, quien según la acusación fue a rescatar a su marido con un bebé de pocos meses.
El copamiento de la comisaría por el que ahora Casación absolvió y liberó a Rodríguez ocurrió el 30 de abril de 2018 a las 5.05 en la Distrital Noroeste 1ª de San Justo, donde había 43 detenidos.
La reacción de los policías, que lograron repeler con sus armas la agresión, hizo que la banda abortara el golpe y huyera del lugar sin poder llegar al sector de los calabozos. La sargento Villarreal fue la única de los cuatro policías atacados alcanzada por los disparos.
Con Información de Agencia Télam
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