La Justicia de San Luis resolvió ampliar las indagatorias de los cuatro policías procesados en el marco de la causa por la muerte de una mujer en una comisaría durante el aislamiento obligatorio por la pandemia de coronavirus, al considerarlos “coautores de los delitos de torturas agravadas por el resultado muerte”.
La decisión fue tomada por el Tribunal de Impugnaciones de la Segunda y Tercera Circunscripción Judicial de la provincia, que resolvió que el Juzgado Penal a cargo de Jorge Pinto continúe con la investigación de la muerte de Florencia Magalí Morales en una comisaría en San Luis y amplíe las indagatorias de los efectivos procesados. Se trata de Eugenia Arguello, Victoria Johana Torres, Marcos Ontiveros y Reynaldo Clavero, los dos últimos de mayor rango.
Según informó la agencia Télam, el Tribunal ordenó además una investigación de la conducta desplegada por el médico forense que practicó la primera autopsia, a fin de establecer si el mismo incurrió en los delitos de encubrimiento agravado.
El 5 de abril de 2020, Morales salió a buscar comida, terminó presa por violar el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) y horas después fue hallada sin vida en la celda. Ese mismo día, a las 19.30, el comisario de la dependencia, Clavero, llamó al juez de turno para decirle que Morales “se habría suicidado en la celda en la que se encontraba alojada”, aunque no se hallaron pruebas para sustentar esa versión.
Ante lo sucedido, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación se constituyó como querellante en abril de 2021, cuando la causa amenazaba con ser cerrada en San Luis, y planteó que los hechos no podían encuadrarse en un mero incumplimiento policial sino que se trataba de un caso de violación de los derechos humanos.
Tras ello, el 2 de diciembre, el juez Pinto dispuso el procesamiento de cuatro efectivos policiales por incumplimiento a los deberes de funcionario público y les dictó prisión preventiva a dos de ellos por los delitos de aplicación de vejaciones y severidades en el ejercicio de sus funciones, en concurso real con el delito de incomunicación indebida del detenido.
No obstante, luego fueron excarcelados. Fue por eso que las partes apelaron ese fallo de primera instancia y el 4 de marzo de este año se conformó el tribunal encargado de analizar y resolver tales presentaciones.
Como consecuencia, este miércoles ese cuerpo judicial resolvió que Pinto continúe con la investigación, aunque le recomendó que “la pesquisa deberá llevarse adelante bajo la perspectiva de género”.
Asimismo, dispuso la ampliación del llamado a indagatoria para los cuatro policías procesados, por considerarlos “coautores de los delitos de torturas agravadas por el resultado muerte” y en el caso de los efectivos de rango más alto; requirió que sean indagados por los delitos de privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público mediante abuso de sus funciones, ambos en concurso real.
Y en otro de los puntos de la resolución, como se mencionó, el tribunal ordenó enviar copia de las actuaciones a la Unidad de Abordaje Fiscal de la Tercera Circunscripción Judicial para que se realice una investigación exhaustiva de la conducta desplegada por el Médico Forense que practicó la primera autopsia, a fin de establecer incurrió en los delitos de encubrimiento agravado.
El citado procedimiento fue cuestionado por la Junta de Forenses ya que al cuerpo “le faltan músculos, una arteria y el hueso hioides estaba sin fracturas”, según el resultado de la segunda autopsia.
Por eso, la forense Vanina Elizondo afirmó que Magalí Morales “fue estrangulada” y descartó totalmente el suicidio, prueba a la que se sumó que el cordón con el que se encontró a la mujer también fue peritado y los resultados revelaron que no pertenecían al buzo que vestía al momento de su muerte.
Finalmente, y en el mismo fallo, los magistrados rechazaron el requerimiento de los abogados de la familia Morales y Secretaría de Derechos Humanos de la Nación para ampliar la imputación de los encausados por el delito de homicidio doblemente calificado por no contar con elementos probatorios suficientes.
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