Una nueva indagatoria para los imputados por la violación grupal en Palermo: qué le dijeron al fiscal

Fue por la causa por amenazas contra la panadera y su esposo, quienes ayudaron a la víctima. Fueron cinco de los seis detenidos los citados

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El momento en que vecinos frenan a los sospechosos de la violación grupal en Palermo

Cinco de los seis detenidos por la violación grupal en Palermo, ocurrida el pasado 28 de febrero contra una joven de 21 años, fueron indagados este lunes por amenazar a una panadera y a su esposo que se acercaron para auxiliar a la víctima, y mientras tres negaron los cargos, los otros dos se abstuvieron de declarar.

Se trata de Thomas Fabián Domínguez (21), Franco Jesús Lykan (23), Ignacio Retondo (22), Ángel Pascual Ramos (23) y Steven Alexis Cuzzoni (19), quienes ingresaron cerca de las 8 de esta mañana a sede de la Fiscalía Penal, Correccional y de Faltas 2, para ser indagados por el fiscal Norberto Brotto.

Fuentes judiciales informaron a la agencia de noticias Télam que el fiscal imputó a los detenidos el delito de “amenazas simples”, contemplado en el artículo 149 del Código Penal. Es que los acusados fueron señalados por Natalia Concepción Duarte Godoy y su esposo, Orlando Jesús Ibarra, como quienes los amenazaron e insultaron cuando se aproximaron al vehículo en el que abusaban de la joven, y que estaba detenido frente a su panadería.

Hijos de puta. Van a ver. Ya van a ver, vamos a volver. Ya les vimos las caras y sabemos dónde trabajan. Los vamos a venir a buscar, ya sabemos de dónde son”, fue una de las amenazas denunciadas por la pareja, representada en la causa por el abogado Marino Cid Aparicio.

El único de los acusados de la violación grupal que no fue imputado en la causa por amenazas es Lautaro Dante Ciongo Pasotti (24), ya que en principio no se hallaron elementos para vincularlo.

A su vez, fuentes judiciales informaron que Cuzzoni y Pascual Ramos hicieron uso de su derecho a abstenerse a declarar, al tiempo que los otros tres dijeron ser inocentes.

Uno a uno

“Yo no amenacé a nadie, solo quedé involucrado en una pelea que no provoqué, solo retrocedí y, además, recibí golpes”, declaró Retondo.

A su turno, Lykan aseguró: “Quiero dejar en claro que yo no amenacé a nadie, no le dije absolutamente nada a nadie, solo escuché los gritos de la gente, los civiles que estaban en la calle filmando, que nos decían amenazas como ´ojalá los violen en la cárcel´”.

“Me niego a declarar y solo quiero dejar asentado que niego todos los cargos que se me imputan”, expresó, en tanto, el acusado Domínguez. Por otro lado, Jorge Alfonso, el abogado de este último imputado señaló a Télam que solicitó un plazo de 10 días para ampliar la declaración por escrito de su cliente y que el fiscal “no tome ningún temperamento procesal”. Y agregó: “Vamos a pedir careos con respecto a lo que denunció la mujer del panadero y los dos testigos”.

Respecto a la denuncia contra su defendido, Alfonso expresó que “fue presentada a los fines de justificar la barbarie en lo que depusieron como testigos en la causa principal”, por lo que solicitó “la reconstrucción para determinar algunas circunstancias que son un hueco para la defensa”. Y aguarda la resolución de la Cámara de Casación Penal sobre el pedido de excarcelación de su defendido, y la respuesta de la apelación realizada sobre la negativa de la reconstrucción del hecho.

Los seis jóvenes están procesados con prisión preventiva y detenidos como presuntos coautores de un “abuso sexual con acceso carnal, agravado por la intervención de dos o más personas”, delito que prevé de 8 a 20 años de cárcel.

Una cámara de seguridad graba la pelea tras el abuso en Palermo

Mientras cuatro de los imputados -Ramos, Ciongo Pasotti, Cuzzoni y Lykan-, estuvieron dentro del auto con la víctima, los otros dos -Domínguez y Retondo-, cantaban y tocaban la guitarra en la vereda, aunque “observando y convalidando el ataque sexual”, según la resolución del juez.

Fernández sostuvo que los acusados se aprovecharon del estado de vulnerabilidad en el que se encontraba la víctima -tenía alcohol, marihuana y anfetaminas en su organismo-, a partir de lo cual no estaba en condiciones de consentir ningún acto sexual, algo que los camaristas destacaron en su fallo.

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