Lucas Pitman (24), Tomás Jaime (26) y Juan Cruz Villalba (25) habían llegado a juicio en septiembre pasado imputados por violar a una adolescente de 14 años en el camping El Durazno de Miramar y un jurado popular los declaró no culpables. Sin embargo, el Tribunal de Casación anuló ese veredicto y ordenó realizar un nuevo juicio, con otro jurado. Ahora, los tres acudieron a la Suprema Corte bonaerense para intentar revertir ese último fallo y evitar ser juzgados nuevamente.
A través de dos presentaciones, los defensores de los tres acusados rechazaron el fallo de la Sala III de Casación que el último 23 de diciembre anuló la decisión de un jurado popular que había establecido que ninguno era responsable penalmente del delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas”.
Los abogados Martín Bernat, en representación de Jaime, y Marcelo Giménez, de Villalba; presentaron un recurso extraordinario de nulidad y otro de “inaplicabilidad de la ley” contra el fallo dispuesto por los jueces Ricardo Borinsky y Víctor Violini, quienes consideraron que en el proceso hubo “un claro avasallamiento a los derechos” de la víctima.
En un escrito de 45 páginas, al que tuvo acceso la agencia de noticias Télam, los defensores aseguraron que el Tribunal de Casación “no actuó conforme a derecho” y “no ha respetado las mínimas formalidades del debido proceso”; además sostuvieron que “hay falta de fundamentación legal” y “no explican en qué artículo se basan para revisar un veredicto absolutorio de un jurado, que es irrevisable”.
Bernat consideró, además, que “es un resolución que salió entre gallos y media noche, en tiempo récord, y en nueve carillas revocan una absolución por primera vez en la historia de un juicio por jurado y toda la jurisprudencia que dice que es irrecurrible”.
En el mismo sentido apuntó con pedidos similares la defensora de Pitman, Noelia Agüero, quien sostuvo que la sentencia de Casación “ha utilizado un subterfugio para violar la ley palmariamente, y aquí reside la arbitrariedad en su máxima expresión, pues al decretar la nulidad del juicio, cuyo veredicto absolutorio irrecurrible del soberano jurado posee efecto de cosa juzgada material, viola el principio de la prohibición a la doble persecución penal”.
Los Ricardo Borinsky y Víctor Horacio Violini fallaron en diciembre tras una presentación por parte de los abogados de la víctima, que habían planteado la nulidad del juicio por jurados y del veredicto a raíz de varias irregularidades durante el proceso dirigido por el juez Fabián Riquert, del Tribunal en lo Criminal número 3 de Mar del Plata: la principal fue la ausencia, por disposición del magistrado, de una Asesora de Menores e Incapaces al momento de la declaración testimonial de la víctima.
La normativa indica que las víctimas menores de edad deben contar con la asistencia de una asesora para impedir que las preguntas hechas por las partes puedan afectarla. En este caso, la asesora estuvo durante el juicio junto a la menor, pero solo en carácter de “observadora”.
“Existió una omisión funcional gravísima por parte del juez, que permitió un juicio sin reglas, donde se dejó a la víctima en un estado de total indefensión”, consideraron desde la defensa.
Finalmente, Borinsky y Violini les dieron la razón. Entendieron que no se respetó la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de la Niñas, Niños y Adolescentes, y remitió la causa al TOC N°3 de Mar del Plata para que convoque otro jurado y se haga un nuevo juicio, que no sería antes de 2023.
El caso
De acuerdo con la investigación en la etapa de instrucción, que estuvo a cargo de la fiscal Florencia Salas, los jóvenes fueron acusados de haber abusado sexualmente de la adolescente entre las 4 y las 6 del 1 de enero, “aprovechándose de la edad” de ella y de que “no podía consentir libremente el accionar”.
Los imputados fueron detenidos tras una denuncia radicada por la menor, junto a su madre, en la Comisaría de la Mujer de Miramar, y estuvieron alojados en la Unidad Penal 44 de Batán hasta el 3 de mayo de 2019, cuando se les otorgó el beneficio del arresto domiciliario con monitoreo electrónico.
Esa morigeración quedó sin efecto a fines de agosto pasado, a partir de un pedido de la familia de la adolescente, que solicitó que fueran excarcelados para evitar que siguieran computando tiempo como parte de una eventual sentencia.
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