Los fundamentos del Tribunal que condenó al policía Luis Chocobar: “Nunca debió haber disparado”

Los jueces explicaron en 507 páginas por qué en mayo pasado lo sentenciaron a dos años de prisión en suspenso por el homicidio de Juan Pablo Kukoc. Las partes más destacadas del fallo

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Luis Oscar Chocobar fue condenado
Luis Oscar Chocobar fue condenado por homicidio en mayo y este miércoles se conocieron los fundamentos de los jueces (Télam)

Dos meses y medio después de haber condenado al policía Luis Chocobar a dos años de prisión (en suspenso) y cinco de inhabilitación para ejercer como funcionario público armado, por haber matado al joven Juan Pablo Kukoc (18) en una secuencia que se originó en la mañana del 8 de diciembre de 2017, los jueces del Tribunal Oral de Menores 2 de Capital Federal entregaron a las partes del caso los fundamentos de su decisión.

Con críticas a la actuación del Policía bonaerense tras el ataque de Kukoc y su cómplice contra el turista Frank Wolek e ironías sobre sus contradicciones en las tres declaraciones indagatorias que brindó a la Justicia, los magistrados Jorge Ariel Apolo, Fernando Pisano y Adolfo Calvete desarrollaron a lo largo de 507 páginas las explicaciones de su decisión. Allí, se destacan la certeza de que Chocobar disparó contra el ladrón cuando este estaba de espaldas al policía y huía del lugar, las dudas sobre si dio efectivamente la voz de “alto” y, sobre todo, que, a diferencia de lo que dijo tanto el agente bonaerense como su abogado Fernando Soto, no existió peligro para el policía.

“Se evidencia en él (por Chocobar) una deficiente preparación profesional e imprudencia durante toda la secuencia crítica”, analizó el juez Pisano durante su descripción del momento en que el policía se acerca a la escena en la que al ladrón le habían pegado y quitado la cámara tres vecinos que vieron el ataque a Wolek.

Según declaró Chocobar, condenado por el delito de homicidio agravado en exceso del cumplimiento del deber, y repitió su abogado Soto ante la prensa, especialmente en la etapa final del juicio, previo al veredicto, Juan Pablo Kukoc se fue encima del policía y eso fue lo que motivó que él disparara, a pesar de que los dos tiros entraron por la espalda.

Para Pisano, quien elaboró la mayor parte de los argumentos, “resulta inverosímil suponer que durante semejante trance, Kukoc pudiera haber tenido la intención de abalanzarse contra Chocobar, en el peor de los casos blandiendo el cuchillo que segundos después tenía en su bolsillo según la filmación, más aún, si ello suponía enfrentar a quien se había identificado previamente como policía y por ello debía portar un arma de fuego que usaría para repeler el hipotético ataque”. El juez también consideró que “a juzgar por el sitio en que fue herido no me resulta comprensible que al pretender atacarlo le presentara la espalda en simultáneo”.

Chocobar junto a su abogado
Chocobar junto a su abogado Fernando Soto, quien fue muy criticado por los jueces: "Tiene una infatigable exposición mediática" (Nicolás Stulberg)

Los integrantes del Tribunal Oral de Menores 2 de Capital Federal vieron en reiteradas veces las imágenes de las cámaras que tomaron partes de los hechos, especialmente el escape de Kukoc luego de que los vecinos que le estaban pegando recuperan la cámara y lo sueltan (vecinos que declararon que en ese momento el ladrón no estaba armado). “No alcanzo a advertir que intentara volver sobre sus pasos para atacar a Chocobar, que sí ya en este tramo iba abriendo fuego”, comentó Pisano.

De acuerdo con los fundamentos de los jueces, no se pudo especificar a qué distancia disparó Chocobar los tiros mortales, pero los peritos del juicio estimaron en siete metros. El Tribunal considera creíble que el policía no disparó a matar dado que el primer proyectil que impacta en la zona lumbar de Kukoc primero da en el asfalto. Por la parte del cuerpo donde dio la bala, el juez Pisano no descarta que un movimiento intempestivo del ladrón haya hecho creer al policía que giraba para atacarlo: “La existencia de dicha confusa maniobra debe resolverse por imperio de la duda en favor de la versión del acusado”.

Sin embargo, para el magistrado “no se advierte durante este trance que Kukoc pudiera haber representado amenaza actual o inminencia de peligro para el policía Chocobar o terceros, toda vez que éste se hallaba apostado con su pistola en la mano a conveniente distancia de quien huía dándole la espalda y con amplio campo visual de la situación”.

Según el magistrado, incluso, el riesgo lo aportó Chocobar “al disparar en plena vía pública a un blanco móvil muy distanciado de su posición”, y puso como ejemplo que apenas minutos después de los disparos salió una camioneta de un garaje. ­

El momento en el que el policía Chocobar le dispara al ladrón del turista estadounidense

“No resulta relevante qué posición de tiro adoptó cuando hizo su último disparo según insistentemente pretendió demostrar la defensa (por Soto).­ Debe valorarse incluso que Kukoc llevaba el cuchillo en el bolsillo del pantalón según lo demuestran las imágenes del aludido domo y atento el testimonio del oficial González que lo incautó en esa prenda”, remarcó el juez Pisano.

Los tres magistrados tuvieron palabras especiales para los defensores de Chocobar, Soto (ex funcionario del Ministerio de Seguridad nacional durante la gestión de Patricia Bullrich) y su socio Luis Cevasco (ex fiscal general de la Ciudad de Buenos Aires durante el mandato local de Mauricio Macri): “Estoy convencido que la clave en esta instancia consiste en que Chocobar de ninguna manera debió haber disparado su pistola de reglamento contra quien huía sin representar riesgo alguno para nadie, y no si tuvo puntería acertándole a Kukoc en las piernas como pretendía o si lo impactó fortuitamente por el rebote de un proyectil”.

Pisano dedicó varios párrafos a criticar con fina ironía el “documental” que Soto y Cevasco produjeron para instalar en la opinión pública la visión de los hechos acomodada por la defensa de Chocobar. Una de las escenas de esa ficción mostraba al personaje de Kukoc en ataque contra el policía. En ese sentido, el magistrado dijo: “Tampoco se advierte en la filmación de dicha cámara que Kukoc huyera blandiendo amenazadoramente el cuchillo en la mano y que se ocupara de ocultarlo en su bolsillo al caer derribado al suelo, en contraposición a lo sugerido en la producción cinematográfica de la defensa, convenientemente guionada para ganar el favor de la opinión pública por vía mediática, pero plagada de inexactitudes fácticas opuestas a las constancias legales aquí probadas”.

Para el magistrado Pisano fue “llamativo” el cambio de opinión del perito Delorenzi, luego de un pedido de la defensa de Chocobar, sobre si el segundo disparo rebotó o no en el suelo. “Fue diametral el cambio en Delorenzi, quien junto con Bruzzese (otro perito) habían manifestado no haber peritado el ‘segundo proyectil’ porque el juzgado instructor no se lo requirió, pero también, según textualmente afirmaron en aquella oportunidad, por resultarles evidente la inexistencia de un rebote previo ante la serie de fundamentos que explicaron en su declaración conjunta”.

El cortometraje que filmó la defensa de Chocobar, que fue muy criticado por los jueces

Para cerrar, el magistrado concluyó que no tiene dudas de que Chocobar comenzó su actuación en el contexto de las obligaciones que se le imponían por su cargo policial y que eso estuvo “justificado” pero que “en el tramo final excedió los límites permisivos de la normativa que regula dicho accionar”. Explicó que aun cuando Kukoc estaba en “franca fuga” volvió a disparar cuatro veces y que “continuó disparándole cuando eso ya no era urgente, necesario y resultaba desproporcionado con el fin pretendido”.

Si Chocobar no quiso matar, ni se defendió de ataque alguno; interpreto entonces que el último disparo lo hizo al solo fin de evitar la huida de Kukoc. Y en todo caso, su excesiva respuesta no estuvo orientada a tratar de impedir que lo maten”, indicó Pisano, para quien el modo cruel en que Kukoc y su cómplice atacaron a Wolek no justificaba la forma en que actuó Chocobar. Y agregó: “En ese sentido, llamaron mucho mi atención por contradictorias y poco profesionales, las imágenes de Chocobar manteniéndose alejado e incluso dándole la espalda al ya abatido pero aún vivo Kukoc, sin intentar desarmar o requisar siquiera a quien segundos antes había considerado un serio riesgo para su vida”.­

La sentencia contra Chocobar permite que el policía conserve la libertad, algo contemplado en el Código Penal en los casos de primera condena a pena de prisión que no exceda de tres años. “Las características personales y familiares de Chocobar demuestran la inconveniencia de privarlo efectivamente de su libertad”, agregó Pisano. “Se ha destacado su dura niñez y gran aptitud para el trabajo y el sacrificio, que se evidenció, también, en la situación de su actual preparación para la profesión de enfermería, elegida para apuntalar su desarrollo futuro y actitud ante la vida”, añadió su colega Calvete.

En el juicio, la querella representante de Ivonne Kukoc, mamá de la víctima, pidió prisión perpetua al considerar que lo que hizo Chocobar fue una “ejecución extrajudicial”. Sobre esto, el juez Apolo fue muy crítico en sus fundamentos: “Es de un exceso retórico inexplicable”.

Chocobar y el turista Frank
Chocobar y el turista Frank Wolek, quien sufrió el ataque de parte de Juan Pablo Kukoc y su cómplice durante un robo en el barrio de La Boca

Igual que Pisano, el juez Calvete opinó que los problemas legales para Chocobar comenzaron cuando Kukoc emprendió la huida sin ser una amenaza y, de todos modos, el policía disparó a la espalda del ladrón. “Chocobar pudo adoptar medidas menos lesivas como continuar con la persecución o esperar la colaboración de fuerzas de seguridad que ya habían sido convocadas por él mismo a través del Servicio de Emergencia 911″, explicó. El magistrado también consideró que Chocobar no disparó “a matar” y que lo hizo a la parte inferior del cuerpo de Kukoc.

De las 507 páginas en las que el Tribunal desarrolla los fundamentos de la sentencia contra Chocobar, la parte más curiosa es la que los jueces le dedican a Fernando Soto, el abogado defensor de Chocobar, quien había acusado a los jueces de emitir un fallo salomónico y pretender “quedar bien con Dios y con el Diablo”. En ese sentido, Pisano, en nombre de sus colegas, apuntó contra el abogado, de quien consideró que tiene una “infatigable exposición mediática”.

“Este Tribunal tiene por sagrada y única misión hacer Justicia entendida como virtud, esto es, dar a cada uno lo suyo con voluntad perpetua y constante”, explicó el juez, al citar a Tomás de Aquino. Y descartó la afirmación sobre ellos que lanzó Soto antes de leer los fundamentes: “Los jueces del Tribunal tienen la suficiente valentía para adoptar, fundar y sostener la decisión que honestamente han creído justa al caso a tenor de toda la prueba producida, haciéndose responsables ante la sociedad de su acierto o desacierto”.­

Pisano dice de Soto que el Tribunal actuó con independencia a pesar de la “intencionada orquestación de juicios mediáticos paralelos” que, según el juez, buscaron “convencer a la opinión pública ocultando o sesgando extremos fácticos acreditados con total certeza en la causa y fuera de toda duda interpretativa”.­

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