A comienzos de la noche del lunes, en el interno 56 de la línea 152, sobre la intersección de avenida Santa Fe y Vidt en pleno barrio de Palermo, José Luis B. tomó un cuchillo y se lo incrustó a otro hombre en el tórax. Ese hombre no era su enemigo declarado con una cuenta pendiente, no había intentado robarle. Su víctima, según la acusación en su contra, simplemente lo increpó por subirse al colectivo sin pagar.
Intentó huir, pero la Policía de la Ciudad lo capturó en la calle. Los propios pasajeros del 152 lo sostuvieron para que no escape. El hombre apuñalado, mientras tanto, era trasladado al Hospital Rivadavia bajo serio riesgo de muerte, con el filo todavía incrustado en el pecho. Lo operaron y lo enviaron a terapia intensiva, donde fue intubado.
El miércoles por la noche, la víctima murió.
Así, el juez Darío Bonnano tomó el caso, considerado como una tentativa de homicidio, luego un asesinato. Constató los antecedentes penales de José B., con una pena de seis meses dictada por un tribunal porteño en 2017 por los delitos de robo y resistencia a la autoridad. Fuentes policiales lo definieron como un indigente en situación de calle: cobraba una pensión en 2016 según registros consultados. Un médico legista declaró en un comienzo que, psicológicamente, se encontraba “vigil y orientado”, en tiempo lugar. También, Bonnano decidió ordenar un estudio interdisciplinario para determinar el estado de salud mental del acusado. Así, lo envió al hospital Borda.
El reporte llegó a las pocas horas, dos páginas manuscritas firmadas por un especialista que hablaban de un hombre “antisocial” y “sin remordimiento”. Desde el comienzo, el especialista descartó factores alucinatorios o delirantes, así como un riesgo cierto e inminente. “No tiene criterio de internación psiquiátrica”, asegura el informe.
Sin embargo, lo que siguió fue fuerte. “Presenta conducta manipulatoria” con un “trastorno antisocial de la personalidad”. También, “desconoce” el intento de homicidio del que lo acusan.
José B., con un domicilio registrado en la calle Adolfo Alsina, relató su historia, o al menos parte de ella. Recordó haber estado en coma tras un accidente de tránsito en Chaco que le causó varias heridas. Aseguró que comenzó a beber a los 16 para convertirse en un alcohólico. Ya había pasado por el Borda: afirmó que fue internado allí por orden judicial en 2019. También estuvo preso, en penales como la cárcel de Ezeiza, donde estuvo dentro del programa psiquiátrico PRISMA, que alojó entre otros a Pity Álvarez.
Se negó a declarar a la mañana siguiente, horas antes de que su víctima muera. Quedó detenido. En un principio, Bonnano no lo consideró inimputable. Luego, el juez descubrió que hay otras cosas en su historia que José no recuerda, o que omitió contar.
Tuvo un 2020 furioso. El 27 de junio, lo acusaron de intentar robar un comercio. Dos días más tarde, fue sobreseído y se pidió su internación. El 5 de julio, un año antes del ataque en el 152, fue imputado por hacer exactamente lo mismo: tomó una varilla de hierro afilada que llevaba entre su ropa y apuñaló a un joven que hacía fila en una farmacia porteña, sin motivo.
Luego, José B. enfrentó a otro psiquiatra. El resultado de ese análisis, leído un año después, es sorprendente: difiere fuertemente del análisis hecho tras el asesinato del hombre en el 152. “Presenta un pensamiento delirante crónico, con ideas de tinte paranoide, autorreferenciales de perjuicio, megalómanas, con un juicio desviado y fallas ostensibles en el control de los impulsos”, afirmó el reporte, citado por fuentes del caso. El especialista finalmente determinó que el hombre “no conserva autonomía psíquica ni capacidad para comprender el alcance de sus actos”. Es decir, sería inimputable.
Luego, fue internado de manera involuntaria.
El problema va más atrás en el tiempo. Con respecto a la causa por intento de robo, que data de 2016, el Tribunal Oral N° 5 había resuelto rechazar el sobreseimiento y consecuente libertad de José Luis por inimputabilidad, se habían ordenado más exámenes, con planteos defensivos que fueron rechazados por Casación en 2019. En ese entonces, el hombre era definido como “una persona que no puede en ese momento transitar un debate oral y público, pero que todavía es posible que recupere su estado de salud mental, de modo tal que le permita afrontar la audiencia”. El Cuerpo Médico Forense, del Cuerpo Médico estableció, por otra parte, que José representaba “un riesgo para sí o para terceros”.
Luego, la historia continuó. José volvió a la calle y mató.
Así, el problema se vuelve doble. Primero, ¿qué psiquiatra tiene razón? ¿José será considerado objetivamente responsable de sus actos? La situación individual de los imputados con trastornos mentales suele ser compleja, librada a la situación del magistrado de turno, con situaciones de encierro que, lejos de ser ideales, agravan sus problemáticas. Rara vez el sistema les da una respuesta o una resolución definitiva, usualmente luego de un delito particularmente violento.
Luego, si estuvo tratado, ¿tenía un psiquiatra a cargo de su salud? En ese caso, hay un expediente llamativo que sigue su curso. La jueza María Alejandra Provitola responsabilizó este año al especialista encargado de tratar al paciente esquizofrénico que asesinó a puñaladas al policía Juan Pablo Roldán en septiembre de 2020 en Palermo. En abril, la Sala IV de la Cámara confirmó su decisión. El psiquiatra podrá ser elevado a juicio.
Provitola procesó al psiquiatra sin prisión preventiva por el abandono de persona de su paciente, sino también por su muerte, el homicidio culposo de Roldán mismo. En su planteo, la jueza argumentó que ambas cuestiones están íntimamente conectadas, una llevó a la otra en concurso real.
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