Tras una evaluación psiquiátrica y psicológica, pidieron el sobreseimiento de Pity Álvarez

Su defensa también solicitó que el músico continúe un tratamiento en una clínica psiquiátrica

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Pity Álvarez está detenido desde julio de 2018
Pity Álvarez está detenido desde julio de 2018

La defensa del músico Cristian Pity Álvarez (48), quien está detenido por el crimen de un vecino en 2018 en el barrio de Villa Lugano, pidió su sobreseimiento en la causa tras conocer los resultados de una evaluación psicológica y psiquiátrica y solicitó que se evalúe la posibilidad de internación en una clínica psiquiátrica. Según sostiene el abogado Javier Marino, su cliente no puede estar en juicio, ni comprender la criminalidad de sus actos, ni hay certeza de que su cuadro mental sea reversible.

El planteo fue formulado ante el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 29, que recibió la semana pasada un informe del Cuerpo Médico Forense (CMF) que concluía que las facultades mentales de Álvarez “no encuadran dentro de los parámetros considerados como normales” y que el “estrés” de un juicio agravaría su condición.

Según informaron fuentes judiciales a la agencia Télam, Marino sostuvo en su requerimiento que “el causante no se encuentra en condiciones de estar en juicio, ha sufrido un deterioro cognitivo, tiene un estado de depresión, y cuenta en su historial con la profusa ingesta de sustancias tóxicas desde la adolescencia, y por más de 35 años, con el deterioro que ello le hubiere causado a su organismo”.

En esa línea, afirmó que el ex cantante, guitarrista y compositor “no cuenta con la capacidad necesaria como para comprender el alcance de los actos que se le imputan” y por ello no sólo pidió que los sobresean en la causa del homicidio sino que “el temperamento liberatorio debe abarcar la totalidad de las imputaciones contenidas en los requerimientos de elevación a juicio formulados”.

En poco tiempo se cumplirá el plazo máximo de tres años de prisión preventiva
En poco tiempo se cumplirá el plazo máximo de tres años de prisión preventiva

Para el letrado, “en estas condiciones no puede dejarse al causante privado de la libertad sin posibilidad de tener juicio, y con su estado mental y situación de salud deteriorándose progresivamente”. “No tiene posibilidad de ser juzgado, pero tampoco existe certeza en punto a que el cuadro pueda ser reversible, menos aún el tiempo para ello”, agregó.

Por eso, mencionando garantías constitucionales y la Ley de Salud Mental 26.657, planteó como solución “el apartamiento de la justicia penal de la presente causa por falta de capacidad de culpabilidad y la solicitud a la justicia civil para que determine, de ser necesario, una internación en una institución que asegure un tratamiento interdisciplinario”.

En relación a esto último, la madre de Álvarez, Cristina Congiú, sugirió internar a su hijo en la clínica Dharma del barrio porteño de Boedo, donde el músico ya fue paciente y posee cobertura de obra social.

El hecho por el que está procesado ocurrió el 12 de julio de 2018 a la 1.30 frente a la puerta de acceso a la Torre 12 B del barrio Samoré, situada en la intersección de Dellepiane Sur y la avenida Escalada de Villa Lugano, en el sur de la Capital Federal.

Según la acusación, Álvarez salió de allí junto a su novia y de repente se acercó a ellos Cristian Maximiliano Díaz (36), alias “Gringo”, un conocido del barrio con quien comenzó una conversación que derivó en una discusión verbal. Lo que reconstruyó el juez de instrucción Martín Yadarola, esa discusión se dio porque la víctima le recriminó a Pity andar diciendo que él le había robado unas pertenencias de una mochila.

La madre del músico, Cristina Congiú (Nicolás Stulberg)
La madre del músico, Cristina Congiú (Nicolás Stulberg)

Los testigos dijeron que Díaz empujó e intentó pegarle a Pity, momento en que el cantante extrajo del bolsillo derecho de la campera que vestía una pistola calibre 25 y le efectuó a la víctima un primer tiro en la cara y luego, cuando el hombre yacía en el piso, se acercó para rematarlo de otros tres disparos también en el rostro.

Poco después, Álvarez fue hasta el estacionamiento del complejo Samoré, subió con su novia a un Volkswagen Polo y a los pocos metros le pidió a la joven que arrojara la pistola en una alcantarilla de la colectora de Dellepiane Sur y de allí, ambos fueron al local bailable “Pinar de Rocha” de Ramos Mejía. Paralelamente, concurrió al lugar del hecho personal policial que halló el cuerpo sin vida de Díaz así como las vainas servidas en la calle y la pistola en la alcantarilla.

Álvarez estuvo casi un día prófugo hasta que el 13 de julio de 2018 se entregó en la comisaría 52, único momento en el que se refirió al hecho cuando le dijo a la prensa: “Lo maté porque era él o yo. Y creo que cualquier animal haría lo mismo”.

Posteriormente fue trasladado al penal de Ezeiza. Allí fue alojado con prisión preventiva, cuyo plazo máximo de tres años se cumplirá en julio próximo.

El inicio del juicio por este caso estaba previsto para el pasado 1 de marzo, pero el TOC 29 decidió suspenderlo debido a las conclusiones de un informe realizado por dos integrantes del CMF quienes refirieron una situación de “incapacidad sobreviniente” del acusado, un aspecto previsto en el artículo 77 del Código Procesal Penal de la Nación.

El inicio del juicio estaba previsto para el 1 de marzo pasado pero se suspendió (Nicolás Stulberg)
El inicio del juicio estaba previsto para el 1 de marzo pasado pero se suspendió (Nicolás Stulberg)

Además de la postergación, en aquella ocasión los jueces intervinientes ordenaron que se realicen análisis más profundos para determinar si el estado de Álvarez puede ser tratado y revertido y qué tratamiento sería el indicado. El tribunal hizo hincapié en que no se habían respondido puntos periciales claves: si tiene un trastorno cognitivo y la incidencia que podría tener para afrontar el proceso.

El peritaje en cuestión desaconsejó que el músico sea sometido a un juicio oral aduciendo que el “estrés” del proceso “agravaría el estado” de Álvarez. Esto dio lugar al pedido de sobreseimiento del abogado Marino, sobre el cual deberá expresar su parecer el fiscal de juicio, Sandro Abraldes, antes de la decisión que tomen desde el TOC 29.

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