Era cuestión de tiempo. Los nueve años y seis meses de cárcel que la Justicia le había unificado a Augusto Exequiel Lizaso en una sola pena por delitos como robo a mano armada y en banda se darían por cumplidos el 24 de noviembre de 2021 a la medianoche, su plazo para volver a ser un hombre libre. Había pasado siete años encerrado en una cárcel federal, la Unidad N°11 en Roque Sáenz Peña, provincia de Chaco, luego en Devoto. El 2 de diciembre pasado, luego de un planteo de su defensa, la Sala I de Casación con los jueces Eugenio Sarrabayrouse, Patricia Llerena y Gustavo Bruzzone le concedió el beneficio de la libertad condicional.
Sin embargo, a pesar de todo esto, Lizaso, con domicilio fiscal en Boedo, reapareció en la madrugada de hoy en la esquina de Urquiza y Alsina en Balvanera. En un confuso incidente, tomó una Bersa Thunder calibre 45 que llevaba oculta y abrió fuego contra dos policías de la Ciudad luego de que un ciudadano dominicano alertara que iba armado. Terminó herido en el abdomen con un disparo, trasladado en ambulancia al Ramos Mejía. Llevaba consigo las llaves y la documentación de un auto Ford Fiesta estacionado en la zona. Una vez que los investigadores inspeccionaron el vehículo encontraron en su interior una pistolera de marca Houston.
Su historia en Tribunales, mientras tanto, tiene ciertas complejidades. El Juzgado de Ejecución Nacional N°4 se había negado a darle la libertad condicional en primer lugar. El Servicio Criminológico del SPF en el penal de Devoto aseguró que se lo observó en entrevistas “con apertura al diálogo y respeto por el encuadre propuesto”.
Sin embargo, los estudios revelaron “indicadores de rasgos psicopáticos de personalidad, escasa capacidad en el control de los impulsos, dificultad para vincularse adecuadamente con los demás, egocentrismo e incapacidad para medir las consecuencias de los actos”.
Aún así, continuaron: “Asimismo, es dable destacar que contaría con un referente que podría apuntalarlo ante un posible egreso. Por lo explicitado presentaría un Pronóstico de Reinserción Social tendiente a favorable. De este modo, entendiendo que se estaría cumpliendo con el objetivo de la pena, en los términos de que el condenado adquiera la capacidad de comprender y respetar la ley, esta instancia se expide de modo positivo a la concesión del instituto de la Libertad Condicional de quien nos ocupa”. Recomendaron, por sobre todo, un seguimiento y un tratamiento psicológico. Dentro de Devoto, los guardias lo calificaron con buen concepto, lo mismo los jefes de los talleres en donde participaba.
Se sugirió, por otra parte, “hacer una nueva evaluación dentro de los dos períodos con calificaciones subsiguientes que culminan en marzo de 2021″, lo que hoy parece una ironía. Sin embargo, Ejecución Penal se negó y su defensa apeló en Casación, donde la Sala I falló a su favor de manera unánime.
Así, Lizaso salió.
La pena unificada por el Tribunal N°24 en 2016 unía dos causas, una que databa de 2012, con una pena de tres años por robo, junto a otra de ocho años dictada en 2014. En la primera, lo imputaron de un robo piraña junto a tres cómplices, despojaron a un hombre que retiraba 17 mil pesos de un cajero en el centro porteño.
“Dame la plata que retiraste en el banco, no te hagás el pelotudo, hijo de puta, porque te pego un tiro”, le dijeron Lizaso y un cómplice a la víctima, que según el fallo del TOC N°24 entregó “en principio sólo dos mil pesos que tenía en el bolsillo. Luego, le recriminaron: “No te hagas el pelotudo, dame la plata grande que sacaste”. Le revisaron la ropa, le quitaron todo y huyeron en moto.
En su segunda condena, fue considerado “autor del delito de robo agravado por haber sido cometido con arma de fuego reiterado en cinco oportunidades en concurso real con portación de arma de fuego y también con encubrimiento, y coautor de robo agravado por haber sido cometido con arma de fuego”.
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