Por el femicidio de Laura “Cielo” López, la joven de 18 años que en septiembre de 2019 fue abusada sexualmente, descuartizada y arrojada el río Limay y por cuyo caso se aprobó en Neuquén una ley para la capacitación en materia de prevención de violencia de género, un jurado popular declaró este jueves culpable al único imputado en un fallo declarado por unanimidad y tras tan solo 40 minutos de deliberación, que recayó sobre Alfredo Emilio Escobar.
En su pronunciamiento, el jurado popular señaló que “en nombre del pueblo encontramos culpable a Alfredo Emilio Escobar por el delito de abuso sexual con acceso carnal en concurso real con el delito de homicidio doblemente agravado por haber sido cometido para ocultar otro delito y procurar su impunidad y por haber mediado violencia de género”.
En su alegato final, el fiscal Agustín García detalló cada una de las evidencias recogidas en la parte posterior de la casa de Escobar, donde golpeó, violó, asesinó y mutiló a “Cielo”, y sostuvo que “fue acreditado cada uno de los hechos con prueba científica”.
El femicidio, de acuerdo a la hipótesis desarrollada por García, sucedió en la madrugada del 13 de septiembre de 2019. Escobar pasó a buscar a la víctima por su casa y luego fueron hacia la suya, ubicada a unas 20 cuadras de distancia, en la ciudad de Plottier, donde él abusó sexualmente de la víctima.
Señaló el fiscal que “con el objetivo de lograr impunidad en torno a esa conducta, la agredió físicamente con un elemento en la cabeza que le provocó la muerte, tras agonizar entre 2 a 4 horas, mutiló su cuerpo y se dirigió hacia la zona conocida como paraje China Muerta, donde arrojó las partes del cuerpo al río Limay, en un sector denominado Los Espigones”.
Los restos de la joven fueron hallados dos días después por parte de pescadores que, inmediatamente, dieron aviso a la Policía.
Finalmente, el fiscal hizo una analogía de este caso con el de la adolescente Ángeles Rawson, víctima del portero Jorge Mangeri, y dijo: “Recuerden (a los jurados) que Mangeri fue condenado por los mismos delitos que les estoy describiendo contra Escobar”.
Por su parte, el abogado querellante, Marcelo Hertzriken Velasco, manifestó a Télam su conformidad con el fallo del jurado popular y expresó: “Lamentablemente esta es una práctica sociocultural que no se resuelve con el Código Penal, que requiere presupuesto para educar a niños y reeducar a jóvenes y adultos porque no me voy convencido porque el hecho es absolutamente macabro, se puede cometer y más de una vez puede quedar impune”.
Luego, el letrado agregó: “Este afortunadamente no quedó impune y una condena de prisión perpetua nos da tranquilidad a nivel comunitario, a la familia pero no devuelve a la vida a nadie”.
En tanto, el abogado defensor, Elio García reafirmó el concepto de “presunción de inocencia” de Escobar al señalar “la inconsistencia de las pruebas” presentadas, pero sin poder refutar los informes de los peritos forenses que incriminaron a su defendido.
Cabe destacar que el propio imputado intentó atenuar las pruebas presentadas por el Ministerio Público Fiscal con una declaración de media hora aproximadamente en la que acusó a un amigo -que le vendía cocaína- de ser el autor del crimen. “Yo esa noche estaba puesto”, dijo en alusión a la supuesta ingesta de alcohol y droga y afirmó: “Reconozco que soy culpable de haber lavado la sangre, de ocultar, pero yo no la maté”.
El caso de Laura “Cielo” López tuvo una amplia repercusión en la región por la crueldad con la que actuó Escobar. Y en ese marco, este año la Legislatura de Neuquén, por iniciativa de la familia de la joven, aprobó la “Ley Cielo López” contra la violencia a la mujer. La norma establece la obligatoriedad de capacitar en la materia a estudiantes y docentes de todos los niveles del sistema educativo provincial.
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