Los motivos de un detenido para requerir una arresto domiciliario suelen ser variados. La salud, principalmente, la avanzada edad, la pandemia del coronavirus para algo más contemporáneo. La familia también figura. Los defensores de presos en las cárceles argentinas suelen plantear en sus escritos ante los tribunales y cámaras la necesidad del regreso del acusado para colaborar en la crianza de sus hijos e hijas, en apoyar a su pareja. Para un tribunal, todo depende del delito en cuestión.
El pedido de arresto domiciliario de E.S, de 28 años, oriundo de Trujillo, Perú, es sumamente llamativo en este sentido. E.S, acusado de violar y corromper a una menor, pidió regresar a su casa en Flores para “cuidar” a sus hijas de 11 y 3 años junto a la madre de las niñas.
La causa contra E.S, cuyo nombre se mantiene en reserva para proteger las identidades de sus hijas y víctima, data de 2019. El pedido fue rechazado en dos oportunidades, primero por el tribunal que deberá juzgarlo, el N°30 de la Ciudad. La decisión fue apelada en la Cámara de Casación por su defensa. La Sala II, con una decisión firmada por el juez Eugenio Sarrabayrouse a la que accedió Infobae, ratificó la negativa el lunes 29 de junio.
En primer lugar, la víctima y su madre, al ser consultadas, se negaron a que E.S reciba la morigeración. Los abusos, que ocurrieron en un número de veces que no fue determinado por la Justicia, ocurrieron desde 2014, el año en que E.S llegó a la Argentina y obtuvo un empleo en una constructora, hasta 2019. Por otra parte, la Justicia ordenó un informe ambiental de la familia. Los especialistas dieron un voto negativo para que E.S vuelva a su hogar.
Hay varios factores que contradicen su planteo. E.S percibe una Asignación Universal por hijo según sus registros, lo mismo su pareja, que también recibe insumos del gobierno porteño como pañales, así como un subsidio habitacional. Además, aseguraron que la familia del acusado no dimensiona la gravedad del delito, y que por ende, “no se advertía que el grupo familiar esté en condiciones de denunciar posibles situaciones de abuso”. El miedo en los tribunales eran por las propias hijas del acusado. Los asistentes sociales hasta dijeron que el domicilio familiar “no resultaba viable”.
La madre de la víctima, por su parte, denunció que fue amenazada por redes sociales para que retirara la denuncia, “o algo les iba a pasar”, según el fallo de Casación. “Ello demostraba que la presencia del imputado en el medio exterior podía entorpecer el testimonio de la damnificada, máxime cuando el debate oral no se había realizado”, razonó el juez Sarrabayrouse: el testimonio de la víctima, la clave para que el juicio se sostenga, también peligraba.
Por otra parte, se encuentra el monto de la posible pena. El tiempo de la detención “no lucía desproporcionado” al ser contrastado con la expectativa de pena para el acusado, que asciende a los 15 años de prisión de máxima y 6 años de mínima.
“El recurso de casación interpuesto es inadmisible por falta de fundamentación, pues el impugnante no refuta adecuadamente todos los argumentos descriptos en la resolución, evidenciando una mera discrepancia con el criterio adoptado sin sustento suficiente”, concluyó Sarrabayrouse con su colega, el magistrado Daniel Morín.
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