Su novio mató a golpes a su bebé y podrían condenarla a 10 años de prisión por “mala madre”

El crimen ocurrió en 2017 en Granadero Baigorria, muy cerca de Rosario. La fiscal sostiene que la mujer incurrió en "abandono de persona"

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En esta calle, en Granadero Baigorria, ocurrió el crimen
En esta calle, en Granadero Baigorria, ocurrió el crimen

El 23 de abril de 2017, cerca de las 9:30, Aldana Muñoz (24) entró a bañarse y dejó a su bebé Mateo al cuidado de Franco López, su novio. De repente, la mamá comenzó a escuchar el llanto de su hijo, salió a los pocos minutos de la ducha y se encontró con una escena de terror: el menor estaba en los brazos de su pareja casi sin reacción, prácticamente inconsciente. Lo llevaron a un centro de salud cercano, luego lo trasladaron a un hospital de mayor complejidad pero no hubo mucho por hacer. Mateo, de sólo seis meses, murió como consecuencia de un violento golpe en la cabeza.

La autopsia revelaría que el bebé sufrió “un traumatismo encéfalo-craneal producto del mecanismo de sacudida y golpe”. Mateo fue asesinado. El acusado del hecho fue López, quien afronta hoy la posibilidad de recibir una condena a prisión perpetua. Pero además de la imputación contra el novio, la fiscal de la causa, Georgina Pairola, acusó a Aldana por un supuesto abandono de persona y pidió que la condenen a una pena de diez años de cárcel. Para el Ministerio Público, la mamá fue una “mala madre”.

Todo se desencadenó aquella mañana de abril de 2017 en una casa ubicada en la calle Matacos al 2030, de la localidad santafesina de Granadero Baigorria, muy cerca de la ciudad de Rosario. La vivienda es propiedad de la familia de López, quien vivía junto a Aldana y Mateo en la parte de atrás del predio. Tras quedar inconsciente, Mateo fue llevado en un un primer momento al centro de salud Eva Perón y luego fue derivado al Hospital de Niños Víctor J. Vilela, donde finalmente se produjo el deceso.

En un principio, el único acusado del brutal crimen fue López. Para los investigadores, no había dudas de que era el único culpable de la muerte de Mateo, situación que se mantuvo así durante un año y medio. Sin embargo, a mediados de 2018, todo cambió. El papá biológico del nene hizo una presentación contra Aldana por no haber cuidado al menor adecuadamente y se constituyó como querellante. La fiscal Pairola, por su parte, le dio curso a esa acusación e imputó a la madre por el delito de “abandono de persona con resultado muerte agravado por el vínculo en calidad de autora”. López, por su parte, será juzgado por el delito de “homicidio calificado por alevosía en carácter de autor”.

De las pericias realizadas durante la investigación, se pudo establecer que la relación entre Muñoz y López estuvo marcada por violencia de género. De hecho, estuvieron separados durante algún tiempo, período en el cual Aldana quedó embarazada. Sin embargo, retomó la relación con López y se mudó a la casa de la calle Matacos.

Desde la Asociación de Abogadas Feministas (Abofem), quienes asesoran al defensor oficial de la acusada, Darío Pangrazi, piden que la joven sea absuelta y sostienen que es una víctima más. Aseguran incluso que durante el año y medio en la que no se la consideró como acusada, la propia fiscal se entrevistó en reiteradas oportunidades con ella en calidad de testigo y “hasta llegó a aconsejarla de que denunciara penalmente a Franco”.

“La imputación está basada en estereotipos de género por roles asignados a las mujeres propios de una sociedad patriarcal, reprochándole a Aldana que dejo a su hijo al cuidado de su pareja. Para Pairola y para la querella, el padre biológico del niño, quien se desentendió de la crianza de su hijo incluso desde antes de nacer”, indicaron en un comunicado.

“Entendemos que esta Fiscal y los jueces que avalaron la imputación no solo no analizaron el caso con perspectiva de género, revictimizando a Aldana, sino que la acusación tampoco tiene asidero jurídico ya que la figura de abandono de persona no se aplica cuando la persona deja a su niñe al cuidado de otro, ya que según nuestro Código Penal el abandono de persona se da cuando se coloca a otro/otra en situación de desamparo. Esto evidencia que Aldana fue acusada porque para la Fiscalía y los Jueces que intervinieron, el dejar a su hijo al cuidado de su pareja diez minutos para bañarse fue suficiente para catalogarla como una mala madre”, agregaron.

Pangrazi pidió en la apertura del juicio la absolución de la mujer que estuvo poco tiempo en prisión domiciliaria hasta que la Cámara Penal la revocó, por lo que llegó al debate en libertad.

En diálogo con La Capital de Rosario, la fiscal Praiola fundamentó su postura y explicó por qué acusó a Muñoz. De acuerdo a la funcionaria, la investigación y las pericias dieron cuenta de que la mamá del bebé conocía estas lesiones preexistentes que eran provocadas por esta persona violenta y las conocía cabalmente”.

“Lo que sostenemos es que, a pesar de todo esto, ella traslada al bebé a ese domicilio (donde ocurre el fatal desenlace) y lo pone en peligro concreto, ya que la circunstancia (el hecho de ir a bañarse) es aprovechada por esta persona para golpear al niño y causarle la muerte”, sostuvo la fiscal.

Para la Fiscalía, la ex pareja de Aldana “es una persona violenta”, al tiempo que aseguró que “también se contempló el contexto de violencia de género, y que esa figura surgió exclusivamente por la Fiscalía, ya que no hay propuesta de parte de la defensa para contextualizar ese tipo de agresión. Entre hoy y mañana se llevarán adelante los alegatos y el fallo podría conocerse el lunes o martes.

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