Una mujer policía fue a teñirse el pelo y la detuvieron junto su peluquero por violar la cuarentena obligatoria

La oficial debía estar sometida al aislamiento obligatorio porque había estado en contacto con otro agente de la Policía de la Ciudad que en ese momento tenía síntomas de coronavirus

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El aislamiento obligatorio rige hasta
El aislamiento obligatorio rige hasta el 10 de mayo (Adrián Escandar)

Uno de los tantos problemas que generó la cuarentena obligatoria para evitar la propagación del coronavirus parece ser el cuidado del cabello. En las redes sociales se hicieron muchos chistes acerca de los inconvenientes que había con la necesidad de tintura o con el largo del pelo. En las conversaciones familiares a distancia aparece como un asunto recurrente. Incluso hubo pedidos formales ante las autoridades para que el sector de peluquería -que se quedó sin clientela y pasa un momento económico grave como otras tantas actividades- fuera exceptuado y pudiera comenzar a atender al público con medidas estrictas de seguridad e higiene. Pero aún sigue prohibida la atención en peluquerías.

Hubo -al menos- una excepción a la cuarentena para peluqueros. El 14 de abril pasado a media tarde una oficial mayor de la Policía de la Ciudad pasó por la puerta de una peluquería en la calle Acoyte al 400 en el barrio de Caballito.

El agente paró en la puerta de la peluquería y le advirtió al peluquero que no podía hacer lo que estaba haciendo: le estaba acicalando la barba a un cliente al que ya le había cortado el pelo. Le dijo que debía cerrar el negocio. El peluquero asintió.

Pero un rato después el agente volvió a pasar por la puerta. Y allí seguía el peluquero fiel: le cortaba el cabello a otro cliente. El policía pasó de la advertencia inicial al acta por haber violado la cuarentena obligatoria. El peluquero la firmó, a regañadientes, pero la firmó.

Diez minutos más tarde el agente volvió a pasar y allí estaba el peluquero persistente pero esta vez con una clienta. Cuando se asomó, el agente reconoció inmediatamente la ropa que llevaba puesta la mujer que estaba tapando sus canas: era una remera color bordó que identifica a los integrantes de la Policía de la Ciudad.

Golpeó el vidrio de la peluquería para entrar ante la nueva violación de la cuarentena obligatoria. El peluquero y la mujer policía se negaron a salir. El peluquero aseguró que después de terminar de lidiar con las canas de la mujer policía, cerraba. Esta vez lo iba a hacer.

La mujer policía le hizo saber al agente que se notaba que era novato y debido a su poca experiencia no la conocía. La mujer trabajaba en la misma comisaría que el agente que la descubrió. El agente llamó a un patrullero y se acabó la discusión. Se les inició una causa judicial y tanto la mujer policía como el peliquero insistente fueron detenidos.

Ambos quedaron imputados en una causa penal porque a través de dos decretos de necesidad y urgencia (DNU) el presidente Alberto Fernández determinó que quienes violen el aislamiento serán denunciados por la comisión de los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal. El último establece que “será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal".

La otra figura legal está dentro del Capítulo IV del Título VII del Código Penal que tipifica los delitos contra la salud pública. Así, el artículo 205 dice que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia".

Según consta en el sumario policial al que accedió Infobae a través de fuentes de la investigación, la mujer policía no debía estar en la calle aquel día. Es que según le habían ordenado sus superiores debía estar sometida al aislamiento obligatorio porque había estado en contacto con otro agente de la Policía de la Ciudad que en ese momento tenía síntomas de coronavirus. La mujer fue conminada a esperar en aislamiento el resultado del test que se le hizo al agente con síntomas para saber qué hacer.

El juez Martínez De Giorgi
El juez Martínez De Giorgi

Es decir que aquella tarde el agente que pasó por la peluquería descubrió por casualidad que la mujer policía permitió que el peluquero violara la cuarentena y que además no había cumplido con la orden de aislamiento para prevenir de un posible contagio de coronavirus. Ante esa situación el juez Marcelo Martínez De Giorgi pidió que interviniera el SAME para determinar qué hacer con la mujer policía que había intentado en vano teñir su cabello. Como no presentaba síntomas de coronavirus, fue enviada a cumplir con aislamiento preventivo.

El peluquero N.F. tiene 41 años y vive a unas cuadras de la peluquería que regentea. La mujer policía M.A.M tiene 49 años, es vecina del barrio de Caballito y se desempeña como auxiliar en la misma comisaría en la que revista el oficial mayor que la detuvo.

A ambos se les abrió una causa judicial, se los detuvo aquel 14 de abril y como no tenían antecedentes fueron liberados al otro día. A la mujer policía se le puso una consigna para que cumpliera el aislamiento al menos hasta saber qué resultado había dado el test de Covid-19 del compañero que tenía los síntomas cuando ella estaba en la peluquería.

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