La Justicia rechazó otorgarles prisión domiciliaria al femicida Fernando Farré, quien degolló y apuñaló 66 veces a su esposa en un country de Pilar en 2015, y a una de las secuestradoras de Matías Berardi, asesinado durante su cautiverio en 2010 en Benavídez, luego de que ambos pidieran salir de prisión ante el riesgo de contraer coronavirus.
En el caso de Farré, el beneficio fue rechazado por el juez Esteban Andrejín, del Tribunal Oral en lo Criminal 2 de San Isidro.
Su defensa había planteado que, a partir de su cuadro de hipertensión, dislipemia, depresión crónica, hernia de hiato y una serie de internaciones previas, el condenado estaba en una situación de riesgo de muerte ante una eventual infección por COVID-19.
Sin embargo, en su resolución, el juez Andrejín consideró que las afecciones de salud que tiene Farré no alcanzan para otorgarle el beneficio.
Desde el penal de Bahía Blanca donde se encuentra alojado, Farré criticó la resolución del magistrado: “Andrejín resolvió en el día por su prejuzgamiento y sin analizar la situación, dado que no valora mi vida y su conducta busca mi muerte. Apelaré a la Cámara y a Casación por gravedad institucional, por privación ilegal de Justicia y porque me encuentro en riesgo de salud por enfermedades preexistentes”.
Asimismo, el magistrado le ordenó al Servicio Penitenciario Bonaerense que Farré sea sometido a chequeos médicos y, en caso de aparecer algún riesgo de contagio en el penal y de ser necesario, que sea aislado: “Si el criterio médico así lo aconseja, proceder al inmediato aislamiento sanitario del justiciable en el ámbito carcelario, con aseguramiento del distanciamiento social recomendado, la dieta alimentaria, asistencia médica y psicológica-psiquiátrica, y efectivo suministro de medicación prescripta”.
Además del cuadro de salud, el juez magistrado consideró que al estar condenado a perpetua persiste el riesgo procesal de fuga y menciona que ya le había rechazado un pedido de morigeración de la prisión preventiva con argumentos similares el 11 de marzo de 2019.
De esta forma, el ex gerente y CEO de marcas internacionales de cosméticos deberá continuar cumpliendo prisión perpetua en la Unidad 4 de Bahía Blanca.
El femicidio de Claudia Schaefer fue cometido el 21 de agosto de 2015, en el marco de un conflicto de divorcio, cuando la mujer fue junto a su abogado a la casa de fin de semana que el matrimonio alquilaba en el country Martindale de Pilar para retirar sus pertenencias.
Cuando Schaefer fue al vestidor de la casa a retirar su ropa, Farré entró detrás de ella, cerró la puerta con llave y la atacó con dos cuchillos con los que la degolló y le provocó 66 cortes.
Farré fue condenado en 2017 en un juicio por jurados a prisión perpetua como autor de un “homicidio doblemente calificado por el vínculo y por tratarse de un femicidio”, fallo que fue confirmado en 2018 por el Tribunal de Casación Penal bonaerense y que la defensa apeló ante la Suprema Corte de la provincia.
En tanto, en el caso del secuestro y asesinato de Berardi, el Tribunal Oral Federal 3 de San Martín negó este jueves concederle el arresto domiciliario por la pandemia de coronavirus a una condenada a 24 años de prisión.
Se trata de Ana Cristina Moyano, la integrante de la banda que mintió a los vecinos y les dijo que Berardi era un ladrón, para evitar que lo asistan cuando escapó del galpón donde estaba cautivo y comenzó a pedir ayuda en la calle, tras lo cual fue recapturado y asesinado.
El juez del TOF 3 Daniel Cisneros rechazó el pedido y tampoco aceptó morigerar su detención con una tobillera electrónica, ante el riesgo de fuga.
Antes de resolver, el Tribunal pidió opinión a la querella, que se opuso a que se le conceda el beneficio al considerar que se trató de un hecho “aberrante” y que la secuestradora “aprovecha la situación” generada por la emergencia sanitaria del COVID-19 “para obtener un beneficio que en otra situación no podría obtener”.
Moyano pidió el arresto domiciliario argumentando problemas de salud que la colocarían dentro de la población de riesgo ante la pandemia y además por ser madre de hijos menores de edad.
“No puede pasarse por alto la extrema gravedad de los hechos que llevaron a condenarla, la modalidad de su comisión y el monto de la pena”, señaló el fallo, al recordar el veredicto que recayó sobre la mujer y el resto de la banda el 29 de mayo de 2014.
Moyano “no reúne los extremos que admitan la procedencia de una prisión domiciliaria” en base a las patologías que presenta (asma, epoc y problemas renales), “que se encuentran debidamente atendidos”.
Berardi fue secuestrado el 28 de septiembre de 2010 en el cruce de ruta 26 y Panamericana, en Ingeniero Maschwitz, Escobar, donde bajó de una combi cuando regresaba de una fiesta de egresados en Capital Federal.
Mientras iniciaban los llamados extorsivos, la banda trasladó al chico a un taller de Benavídez, donde lo tuvo atado y vendado en un baño. Tras pasar 14 horas cautivo, el adolescente logró escapar y comenzó a pedir ayuda entre los vecinos.
Más tarde, la banda lo recapturó y lo trasladó a un descampado en Campana, donde lo asesinaron de dos balazos.
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