Ayer por la mañana, luego de más de dos meses de espera, la Cámara de Apelación y Garantías en lo penal de Dolores tomó la decisión de rechazar la apelación de la defensa de los rugbiers acusados de matar a golpes a Fernando Báez Sosa frente a la disco Le Brique en Villa Gesell en enero último, calificado como un homicidio con alevosía y la premeditación de dos o más personas, un rótulo que lleva como pena la cadena perpetua.
“Fue, simplemente, una cacería humana con un solo objetivo: la víctima”, aseguró la Cámara.
Así, la decisión original del juez David Mancinelli tomada a mediados de febrero queda ratificada: la detención de Luciano Pertossi, Lucas Fidel Pertossi, Enzo, Tomás Comelli, Ciro Pertossi; Máximo Pablo Thomsen, Matías Franco Benicelli, Blas Cinalli y Ayrton Michael Viollaz en la alcaidía de Melchor Romero se convierte definitivamente en prisión preventiva. Así, seguirán presos hasta que llegue su juicio. El escrito firmado por los jueces Fernando Sotelo, Susana Yaltone, Luis DeFelitto y Matías Sommariva también tiene palabras para Pablo Ventura, el joven incriminado injustamente por los detenidos según trascendidos, aunque el expediente a cargo de la fiscal Verónica Zamboni no marca quién lo dijo, un agujero en el relato de los policías que intervinieron en la detención de los acusados tras la mañana del crimen. “Sobreseído definitivamente”, dice sobre Pablo.
La defensa, a cargo de Hugo Tomei, planteó diversas nulidades, apuntadas a tramos de la causa como el relato de un testigo que aseguró no poder reconocer en un primer momento a los acusados, para luego ser convocado por la fiscalía y señalar a Ayrton Viollaz, habló de irregularidades en el procedimiento, que “la desmesurada saturación informativa que implicó la constate difusión de las imágenes de los imputados en una suerte de cadena nacional espontánea, se encargó del resto”, escribió el juez DeFelitto en su voto, en el escrito al que accedió Infobae. Ese planteo fue rechazado, rebatido como “una opinión del defensor”. No fue la única queja: apuntó a nulidades en otras actas de declaración, problemas formales con las firmas de los abogados Fernando Burlando y Fabián Améndola, abogados de la familia de Fernando Báez Sosa.
Tomei fue más allá: planteó inclusive una “nulidad total de las actas testimoniales”, por supuestas falsedades ideológicas, imposibilidades de lecturas apropiadas de derechos y obligaciones. También apuntó a la defensora oficial inicial del caso. “Pensar que la defensora oficial no cumplió con su tarea y sostener que en forma deliberada permitió que la fiscal omita dar debido cumplimiento con todos los requisitos que exige y rodea la declaración a tenor del artículo 308, no tiene basamento alguno”, aseveró el juez. Las quejas continúan: cuestiones formales, registros horarios, nada de fondo, principalmente incumplimientos procesales.
“A todo ello, reitero, un dato no menor: la denuncia efectuada por la defensa contra la fiscal, la defensora oficial, la auxiliar letrada y secretario por, entre otros, el delito de falsedad ideológica, fue desestimada y esta desestimación fue confirmada por el Fiscal General”, es decir, Diego Escoda, fiscal general de Dolores.
La calificación misma fue disputada. El juez DeFelitto regresó a la noche del crimen frente a la disco Le Brique:
“Partamos del supuesto mínimo y más beneficioso para ellos: tan sólo habían golpeado a la víctima. También golpearon a otras personas. Tampoco se fueron, aun sabiendo de su accionar delictivo. En consecuencia, nada me impide sostener, como argumento, que pensaban que iban a quedar impunes, que nadie los reconocería, etc. Recordemos que algunos de ellos, instantes después, son interceptados por personal de infantería y al haber expresado que no habían participado en pelea alguna, siguieron tranquilamente su camino. No había nada que temer. Tal vez, hubiese sido más sospechoso el fugarse y volver a su lugar de origen que quedarse como si nada hubiese ocurrido. ¿Quién sospecharía de ellos? Si incluso, se ve que uno vuelve a la escena del hecho y no es reconocido: podían quedarse tranquilos”.
Luego, el juez remató: “A mi entender, esa falta de nerviosismo, de normal actitud, nos demuestra todo lo contrario: personas frías y calculadoras”.
El misterio de quién nombró a Pablo Ventura también ocupa al juez. Tomei hace un punto atinado en su planteo: los policías, por ley, tienen prohibido interrogar a detenidos. Entonces, ¿cómo llega Pablo a la causa?
“Ahora bien: ¿es ilógico inferir, en esta etapa procesal, tal como lo he vertido anteriormente, que habría sido uno o más de los imputados?”, escribe el juez. “¿Quién o quiénes podían conocer la marca, modelo y color del auto de Ventura (en realidad de su padre, tal como lo aclara el nombrado en su declaración)? Me pregunto: ¿puede haber tanta casualidad que a los funcionarios policiales se les ocurriera mencionar, entre los millones de nombres y apellidos que habitan este país, entre un posible sospecho, justo a Pablo Ventura? ¿Entre la inmensa cantidad de marcas, modelos y colores de autos, justo el que posee el padre de Ventura? ¿Podían los funcionarios policiales saber quién era Pablo Ventura y el vehículo en cuestión?”, continuó:
“Creo que la respuesta surge por si sola”.
El ensuciar a Pablo Ventura para desligarse del crimen no fue lo único que el juez valoró para mantener a los ocho de Zárate en la cárcel: habló de la saña que reveló la autopsia al cuerpo, con extensas lesiones y una hemorragia masiva dentro del cráneo. Habló también de riesgos procesales: la elevada pena que les espera ante un veredicto de culpables es garantía suficiente.
Recordó, también, que Alejo Milanesi y Juan Guarino, los dos acusados excarcelados, están libres no por la inexistencia de riesgos procesales, sino por falta de pruebas en su contra; sin embargo, siguen vinculados al caso.
Entre los funcionarios que siguen con atención la causa del crimen de Fernando, la confirmación de la prisión preventiva significaba una sola cosa: el posible traslado de los acusados a otro penal más cercano a sus familias, donde se mezclarían finalmente con la población común. Su próximo destino podría ser la Unidad Nº 57 en Campana, una cárcel construida para jóvenes de 18 a 21 años, ofensores con un primer encierro tal como ellos, con inodoros de cemento, la amplia mayoría de barrios vulnerables, presos por robo, no por matar a patadas en manada.
Sin embargo, fuentes penitenciarias aseguran que por la pandemia del coronavirus se frenaron en gran medida los traslados de detenidos. Al menos hasta el fin de la pandemia, los rugbiers seguirán donde están.
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