Parió en el baño, pero se desmayó y su beba murió: la condenaron a 8 años de prisión

El polémico fallo fue emitido por un tribunal criminal de Bahía Blanca, que encontró a la mujer culpable de homicidio por no haberle brindado asistencia a su hija recién nacida después del parto

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El hecho ocurrió en la
El hecho ocurrió en la localidad bonaerense de Argerich, cercana a Bahía Blanca.

En un fallo que generó polémica en Bahía Blanca, una mujer fue condenada a 8 años de prisión efectiva por la muerte de su pequeña hija, ya que no pudo brindarle los cuidados necesarios porque se desmayó después de haberla parido en el baño de su casa.

El miércoles pasado, el Tribunal Criminal N° 3 consideró que la madre, “con intención, ocasionó el deceso de la recién nacida”. Sin embargo, en diálogo con Infobae, su abogada adelantó que apelará la sentencia y pedirá la detención domiciliaria, ya que según su visión su defendida se encontraba en una situación de “vulnerabilidad económica y social” y fue “incapaz de evitar el resultado" que derivó en el fallecimiento de la menor.

El hecho ocurrió en mayo de 2005, en la localidad bonaerense de Argerich, ubicada en el partido de Villarino. Allí, la mujer, identificada como Rosalía Reyes, vivía junto a sus otros cuatro hijos y trabajaba como monotributista en un frigorífico de la zona.

De acuerdo con la investigación, un día regresó cansada a su hogar luego de una jornada laboral de 12 horas y comenzó a sentirse mareada, por lo que decidió acostarse a descansar. Posteriormente, a la madrugada se despertó por fuertes dolores en el vientre.

Cuando llegó al baño, comenzó a tener contracciones y empezó con el trabajo de parto hasta que se desmayó del dolor. Al despertar, vio que su bebé ya había nacido y junto a ella estaba su otra hija, quien le trajo un cuchillo para que pudiera cortar el cordón umbilical, pero luego de hacerlo volvió a perder el conocimiento.

Al poco tiempo, la recién nacida murió y, según consta en el informe médico de la autopsia que se le practicó posteriormente al cuerpo, la mujer introdujo el cadáver “en una bolsa de nylon negra, enterrando el mismo durante la jornada siguiente en el patio de la referida finca”.

La causa comenzó a partir de la denuncia que hizo ante la comisaría local la psicóloga que atendía a la otra hija de Rosalía, la menor que ayudó a cortar el cordón umbilical de su pequeña hermana. La profesional le contó a un oficial del lugar que la nena le confesó lo ocurrido durante una de las sesiones.

La niña había comenzado con el tratamiento psicológico por recomendación del Servicio Local, ya que en la escuela a la que asistía "la notaban distraída, se alejaba de su casa”, lo que motivó la consulta con las autoridades.

Luego de un allanamiento a la vivienda de la mujer, los efectivos policiales encontraron el cuerpo de la bebé enterrado en el patio del inmueble. A partir de entonces comenzó un proceso judicial contra la madre que duró varios años.

Luego de varias audiencias en la que declararon testigos y habló la acusada, el miércoles pasado el Tribunal Criminal N° 3, integrado por los jueces Daniela Castaño, Eduardo D’Empaire y Eugenio Casas, condenó a Rosalía Reyes a 8 años de prisión efectiva por “homicidio agravado por el vínculo mediando circunstancias extraordinarias de atenuación”.

En el fallo, los magistrados coincidieron en que la acusada tuvo “conductas omisivas configuradas por la falta de prestación de los cuidados necesarios para evitar su óbito por shock hipovolémico por hemorragia a través del cordón umbilical”.

Durante el juicio, el fiscal Jorge Viego resaltó que la imputada había ocultado su embarazo "tanto a nivel familiar, social y laboral” hasta el mismo día en el que dio a luz y consideró que “tuvo un plan para deshacerse de la criatura”, que culminó con el entierro del cuerpo en el patio de la casa.

“Voy a interponer recurso de casación ante el Tribunal de Casación de la provincia de Buenos Aires para que revisen la sentencia y voy a solicitar la semana que viene su arresto domiciliario”, explicó en diálogo con Infobae la defensora oficial Fabiana Vanini, que representa a la mujer condenada.

La abogada aseguró: “Mi defendida es inocente, es una mujer que en el momento del hecho no pudo evitar la muerte de su hija recién nacida. Era imposible que ella en esas circunstancias hubiera podido evitar la muerte. No existió ninguna conducta omisiva que se le pueda reprochar”.

“El reproche es moral y clasista Era una mujer pobre, en una situación de vulnerabilidad social y económica que no pudo hacer otra cosa”, sostuvo la letrada.

La sentencia completa

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