Condenaron a un empresario por ser parte de una banda que enviaba cocaína diluida dentro de transformadores hacia México

El imputado utilizó su empresa para comprar las piezas en las que se escondió la droga. Fue quien se encargó de realizar las gestiones aduaneras necesarias para la exportación desde Buenos Aires

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(Foto: Ministerio de Seguridad de la Nación)
(Foto: Ministerio de Seguridad de la Nación)

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los doctores Diego. G. Barroetaveña –Presidente-, Daniel Antonio Petrone y Mariano Hernán Borinsky –Vocales-, condenó a uno de los miembros de una organización dedicada al contrabando de cocaína diluida que, oculta en transformadores, era enviada a México.

La droga, que había partido a mediados de abril de 2014 desde el puerto de Buenos Aires, fue incautada a fines de ese mes en uno de los puertos de la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, México. En total, se secuestró más de media tonelada de cocaína diluida en 2.360 litros de ácido sulfúrico.

El secuestro en 2014 fue anunciado en conferencia de prensa por el entonces secretario de Seguridad, Sergio Berni. El hecho tomó gran notoriedad porque además un comisario de la Policía Federal, que atendía en la mesa de entradas del Departamento Central, y dos cabos de esa fuerza, fueron detenidos por una supuesta vinculación con la banda narco, que se especulaba tendría conexión con el Cartel de Sinaloa.

Ahora los camaristas Petrone, Barroetaveña y Borinsky, en ese orden de votación, rechazaron la arbitrariedad planteada por la defensa en torno a la responsabilidad penal del imputado en los hechos, para lo cual destacaron las numerosas pruebas que demuestran su rol activo y de relevancia en las maniobras delictivas.

También desestimaron las críticas vinculadas al decomiso de los teléfonos celulares y vehículos utilizados por los miembros de la organización de narcotraficantes.

Por último, dispusieron la remisión de la causa al Tribunal Oral en lo Penal Económico interviniente a efectos de que fije la pena de prisión a aplicar de acuerdo a la escala punitiva del delito por el cual fue condenado (la que oscila entre 4 años y 6 meses de mínimo hasta 16 años de prisión de máximo; contrabando de estupefacientes doblemente agravado conforme arts. 864 inc. “d”, 865 inc. “a” y 866 segundo párrafo del Código Aduanero).

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