Confirmaron el procesamiento de los tres policías de la Ciudad que mataron al remisero en Villa Crespo, pero seguirán en libertad

Lo determinó la Sala 6 de la Cámara Nacional de Apelaciones. Se los acusa de homicidio agravado contra Claudio Romano. Podrían recibir una condena a reclusión perpetua

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Policias matan a remisero en Villa Crespo

La Sala 6 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el procesamiento de los tres agentes de la Policía de la Ciudad que el 1 de octubre mataron al remisero Claudio Romano cuando este los atacó con un cuchillo en el barrio de Villa Crespo.

Ramón Pérez, Daniela López y Beatriz Manzanelli, los tres policías de la fuerza porteña que mataron de siete disparos a Romano, están acusados por el delito de “homicidio agravado” por su condición de policías y por el uso de armas de fuego.

“Está fuera de discusión que la mañana del 1° de octubre pasado los tres efectivos dispararon reiteradas veces con sus pistolas reglamentarias contra Claudio Hernán Romano, quien perdió la vida. La secuencia no sólo se observa con claridad en los registros fílmicos reservados, sino que fue reconocida por los imputados”, consideraron los camaristas Julio Marcelo Lucini, Mariano González Palazzo y Magdalena Laíño, en consonancia con la jueza de instrucción Analía Gómez Maiorana, quien los había procesado el 18 de octubre pasado.

Para la Cámara los policías actuaron de manera “desproporcionada” y “bastaba con que se alejaran pocos metros para neutralizar toda amenaza” de parte de Romano. Sin embargo, eligieron dispararle siete veces hasta matarlo.

Claudio Romano tenía 39 años
Claudio Romano tenía 39 años

Los abogados Manuel Ramallo y Rodolfo Barrios, del Ministerio de Seguridad de la Ciudad, que ejercen la defensa de los policías fundaron la apelación del procesamiento dictado por la jueza Gómez Maiorano en que los imputados actuaron “en legítimo ejercicio de su deber” y amparados por la “legítima defensa”.

Los jueces desestimaron la apelación de la defensa de los agentes, para la que los policías se defendieron del ataque por lo que su actuación -a su juicio- está justificada. Además, en un punto importante dentro de las hipótesis que se manejaron alrededor del hecho, los camaristas consideraron no hay pruebas para sostener que Romano buscó que los policías lo mataran, como una especie de “suicidio por transferencia” sino que además no existe legislación que contemple esa figura.

Según consideró la Cámara, dispararon con conciencia de que podían matar a Romano. “De ello fueron conscientes y dirigieron libremente su acción con esa consecuencia”, dice el fallo.

El episodio comenzó alrededor de las 11.10 del 1° de octubre pasado, cuando los oficiales Beatriz Alejandra Manzanelli y Darío Ramón Pérez ocupaban el móvil 2571 asignado a la Comuna 15 B -la primera como acompañante y el segundo como chofer- a la altura 933 de la calle Malabia de Capital Federal.

(Lihue Althabe)
(Lihue Althabe)

Su compañera Daniela Isabel López estaba en la vereda encargada de una notificación al portero de un edificio de la cuadra. Casi un minuto más tarde llegó por detrás el vehículo Volkswagen Polo, conducido por Claudio Hernán Romano, quien estacinó detrás del patrullero; bajó con manchas de sangre en sus manos y abdomen y con un cuchillo “Kerambit” y caminó hasta el móvil. Pegado a la ventanilla, atacó a Pérez en dos oportunidades por la el espacio que dejaba abierta.

Luego corrió hacia la otra parte del auto y enfrentó a Manzanelli, que ya había bajado y empuñaba su arma reglamentaria. Cuando Romano intentó abalanzarse sobre ella, recibió un disparo en su pierna izquierda y cayó al suelo donde quedó tendido por aproximadamente 30 segundos.

Durante ese lapso López fue hacia la vereda para observar la altura de la calle y dar aviso, Manzanelli aparentemente moduló por la radio policial y Pérez se tomó el cuello, donde tenía una leve marca del cuchillo de Romano. Luego los tres agentes rodearon a Romano que intentaba reincorporarse y, Pérez le apuntó, le gritó “alto, hijo de puta” y luego le pegó una patada en la cabeza le pateó la cabeza. A los segundos procuró nuevamente incorporarse y realizó “un gesto a Pérez que puede interpretarse como agresivo”, según los jueces. En ese momento Manzanelli y López le dispararon simultáneamente.

El audio de la policía que avisó por radio del hecho a sus compañeros

Romano quedó otra vez tendido pero desde el suelo le arrojó el cuchillo a López. Entronces Pérez le volvió a disparar y López también. El remisero en ese momento se desplomó y cuando a los dos segundos buscó sentarse, Pérez, de frente, le dio el tiro que se presume mortal.

Qué llevó a Romano a atacar a los policías es algo que aun se desconoce, como también sigue siendo un misterio “la hora fantasma”, el lapso que pasó entre que el remisero dejó a un pasajero en una clínica hasta que se enfrentó a los policías. Ninguno de los testigos que declararon en la Justicia contó que hubiera existido una situación previa a este hecho. Los que conocían a la víctima la describieron como una persona calma, que nunca tenía problemas con nadie. Tres personas estuvieron un rato antes con Romano y dijeron que estaba bien y tranquilo.

“Aun así, lógico o no, el ataque es innegable y ocurre tal como se observa en los videos. El problema se presenta una vez que Romano queda inmóvil en el suelo, con su capacidad ofensiva sumamente reducida y, aun así, los disparos sobre él no sólo continuaron, sino que se multiplicaron. Y aun cuando desde una mirada amplia se pueda entender que la agresión no había cesado, en la medida en que Romano permanecía moviendo el cuchillo desde el suelo -lo que podría representar una mínima amenaza-, de modo alguno puede equipararse al primer tramo como para habilitar el uso de sus armas; mucho menos en cinco ocasiones”, remarcaron los camaristas. Y fueron contundentes: “Esa respuesta fue desproporcionada pues no es cierto que sus vidas ni las de terceros continuaban corriendo peligro”.

(Lihue Althabe)
(Lihue Althabe)

Para los jueces, “la capacidad letal de un arma blanca en ese contexto era prácticamente nula, aun en caso de ser arrojado contra una persona como se verificó en la escena” y los policías tuvieron alternativas para actuar “de otro modo”: “podrían haber utilizado gas pimienta, la tonfa o esposas, solicitar refuerzos o incluso alejarse. Ellos, con superioridad numérica, manejaban la proximidad con quien estimaban fuente de peligro, por lo que tomar distancia era la primera opción menos lesiva”. Pero ni siquiera acordaron la forma de abordarlo para evitar tantas lesiones -la autopsia verificó al menos 8 en el cuerpo-; todos lo hicieron al unísono en lo que los jueces consideran “un claro supuesto de coautoría aditiva”.

No obstante, la Cámara consideró que no es necesario dictar una prisión preventiva, por lo que los policías seguirán en libertad al menos hasta que termine el juicio en su contra. Luego se verá. El crimen que se les imputa contempla el castigo máximo: reclusión perpetua.

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