El juez de Casación Gustavo Hornos expuso sobre el Sistema Interinstitucional de Control de Cárceles

El magistrado dio una conferencia en Misiones en la que se refirió a la importancia del trabajo que hace la institución que preside para permitir un acceso eficaz a la Justicia de las personas privadas de la libertad

Guardar
El camarista Gustavo Hornos (Fabián Ramella)
El camarista Gustavo Hornos (Fabián Ramella)

El Presidente de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, Gustavo Hornos, expuso en la provincia de Misiones sobre el Sistema Interinstitucional de Control de Cárceles. El encuentro se llevó a cabo en la ciudad de Posadas en el Centro de Estudios de Antropología y Derecho, en el marco de dos jornadas de la Diplomatura en Ejecución Penal y Cuestiones Penitenciarias organizada por la Universidad de San Isidro.

Entre los asistentes estuvieron magistrados y funcionarios de la jurisdicción del noreste argentino, trabajadores sociales y especialistas vinculados a la temática carcelaria.

Durante su exposición, Hornos -quien preside el Sistema Interinstitucional de Control de Cárceles- resaltó que conforme a la ley vigente el control judicial amplio y eficiente resulta ineludible. Además, señaló que la protección más trascendente y eficaz de la persona privada de su libertad es el acceso directo, real y efectivo al sistema judicial.

El magistrado hizo también una reseña del sistema que preside y relató las razones que dieron origen a su creación en el año 2013. El juez explicó que el Sistema Interinstitucional de Control de Cárceles es una alianza intergubernamental y con representantes de la sociedad civil.

Indicó, además, que los monitoreos realizados conforme a los estándares internacionales establecidos por las Reglas de Mandela constituyen una herramienta fundamental de detección y protección de violaciones a los Derechos Humanos, además de la posibilidad de otorgar acceso a una justicia inmediata y directa al afectado. Estas normas, adoptadas por las Naciones Unidas en 1955 y reformadas en 2015, establecen que la finalidad de la pena debe ser la protección de la sociedad contra el delito y la reducción de la reincidencia, lo que sólo puede lograrse con una adecuada reinserción de la persona en la sociedad tras su puesta en libertad.

Otro de los temas abordados por el juez Gustavo Hornos fue el hábeas corpus, a través de una reseña histórica de este instituto jurídico, un repaso de la doctrina y jurisprudencia internacional, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de los tribunales nacionales sobre la materia.

Seguí leyendo

Guardar