
Un operativo de control realizado en noviembre de 2025 por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) derivó en la prohibición del uso, comercialización y distribución de todos los productos de la marca NOVMAS (incluidos lentes de contacto y soluciones multipropósito). La autoridad adoptó la medida para proteger la salud pública ante la detección de artículos no registrados y sin garantías de calidad ni seguridad, según el Boletín Oficial de la República Argentina.
El procedimiento que motivó la resolución surgió de una investigación penal instruida por la Fiscalía Penal, Contravencional y de Faltas nº 12 de la Unidad Fiscal Este de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Según consta en el expediente MPF 01226446, se constató la exhibición para la venta de lentes de contacto presuntamente sin autorización.
El fiscal a cargo remitió el caso al ámbito administrativo, por lo que el 26 de noviembre de 2025 personal del Servicio de Fiscalización de Cadena de Comercialización de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DEYGMPS), dependiente de ANMAT, inspeccionó el establecimiento “Laura Mayorista”, propiedad de Jiang Guifang. Allí fueron halladas en estanterías visibles al público cerca de 10.000 blisters de lentes de contacto NOVMAS y una cantidad no detallada de solución multipropósito para lentes de contacto.
ANMAT prohibió artículos no registrados
Durante la inspección, las fiscalizadoras retiraron como muestra unidades de lentes de contacto identificadas bajo los nombres NOVMAS contact Lenses y NOVMAS HAPPY HALLOWEEN, además de una solución multipropósito NOVMAS CONTACT LENS. Ninguno de los envases revisados presentaba datos de importador nacional ni de registro ante la autoridad sanitaria, y carecían de información sobre lote y fecha de vencimiento en sus envases secundarios.
La prohibición de los productos NOVMAS plantea un llamado de atención sobre la importancia de adquirir lentes de contacto y soluciones ópticas únicamente en comercios habilitados y bajo prescripción profesional. Especialistas en salud visual advierten que el uso de artículos no certificados puede derivar en complicaciones graves, desde infecciones oculares hasta daños irreversibles en la visión. Además, la venta de estos productos en canales no autorizados compromete la seguridad de los consumidores y expone a los comercios a sanciones administrativas y penales.
La responsable del local declaró que las unidades habían sido importadas por una empresa representante de un proveedor chino y se comprometió a remitir documentación de respaldo en un plazo de cinco días, lo que finalmente no fue cumplido.
Consultada la Dirección de Gestión de Información Técnica de ANMAT, se confirmó la ausencia de inscripción de los productos cuestionados en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica (RPPTM). Si bien existen productos similares registrados y clasificados como de riesgo II y III —según su uso estético o higiénico-sanitario— los artículos incautados no cuentan con ninguna autorización oficial.
La DEYGMPS remarcó que, en virtud de la carencia de datos verificables sobre aptitud y origen, así como la imposibilidad de garantizar su fabricación bajo normas nacionales, resultaba imposible certificar su calidad, seguridad y eficacia. Ante el riesgo potencial para consumidores que podrían emplear estos productos creyendo que cumplen con requisitos sanitarios, se recomendó la prohibición integral en todo el territorio nacional de todas las variantes y presentaciones identificadas.
En palabras del organismo según el Boletín Oficial: “No es posible asegurar su calidad, seguridad y eficacia, lo que torna su uso en riesgoso para la salud de los potenciales usuarios quienes, desconociendo esta situación, podrían ser sometidos a tratamientos médicos y/o estéticos con dichos artículos en la creencia de que se trata de productos seguros”.
Las unidades restantes halladas durante la inspección fueron inmovilizadas y quedaron bajo custodia de la encargada del comercio. La medida nacional impide cualquier intento de reintroducción de estos productos en el circuito legal hasta tanto no se compruebe su regularización documental y sanitaria.
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