Multas por circular con las luces automáticas del auto: qué dice la ley

La Ley Nacional N° 27.425 considera equivalentes las luces bajas y las diurnas, pero en provincias como Córdoba rige la obligatoriedad de utilizar luces bajas reglamentarias

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En las últimas horas, se
En las últimas horas, se viralizaron historias de conductores sancionados por la Policía Caminera de Córdoba por circular con las luces diurnas o DRL (Facebook)

En las últimas horas, se viralizaron historias de conductores sancionados por la Policía Caminera de Córdoba por circular con las luces diurnas o DRL (Daylight Running Lamps, en inglés), en lugar de las bajas, que funcionan cuando se utiliza el modo automático. Y es que, si bien la Ley Nacional N° 27.425 equipara ambos sistemas, la legislación provincial exige el encendido de las luces bajas.

“Anduve hace dos días por Santa Rosa de Calamuchita. La verdad, hermoso, pero cuento dos malas experiencias para tener en cuenta. La primera es que circulaba con las luces automáticas de la camioneta, me pararon y me hicieron una multa de 60 mil pesos”, relata un usuario de Facebook en un descargo del grupo “Soy Rodantero”, junto a la imagen de la multa labrada.

El ministro de Seguridad de la provincia, Juan Pablo Quinteros, remarcó al medio local La Voz: “Las luces bajas para circular en la provincia son obligatorias y hay muchas dudas de los conductores de vehículos que poseen luces LED. Estas luces no son bajas, por lo que haremos controles en los límites provinciales para prevenir a los turistas de los requisitos para circular en la provincia”. Esta normativa aplica durante el día también.

El funcionario anunció que los
El funcionario anunció que los turistas que ingresen a la provincia con las luces bajas apagadas recibirán un apercibimiento y una explicación sobre la norma (Agencia Nacional de Seguridad Vial)

En diciembre pasado, el funcionario anunció que los turistas que ingresen a la provincia con las luces bajas apagadas recibirán un apercibimiento y una explicación sobre la norma, en lugar de una multa. Esta medida, que se aplicará exclusivamente en los límites de Córdoba con otras jurisdicciones, busca concientizar a los visitantes y se limitará únicamente a ellos, sin incluir a los residentes. Cabe destacar que si los conductores persisten en la infracción, entonces sí serán multados.

En ese sentido, el ministro aclaró: “Los que viven en la provincia saben que tienen que circular con las luces bajas encendidas”. Podría haber modificaciones en el tema a futuro, ya que Quinteros admitió que se enviará una modificación en la Ley Provincial de Tránsito para que se debata este año.

Qué dice la ley

La Ley de Tránsito N° 27.425, en el inciso “a” del artículo 47, equipara el uso de ambos sistemas lumínicos para la circulación en rutas nacionales: “Las luces bajas o las luces diurnas permanecerán encendidas, tanto de día como de noche, independientemente del grado de luz natural, o de las condiciones de visibilidad que se registren, excepto cuando corresponda la alta y en cruces ferroviales”, precisa el documento.

El artículo 74 de la
El artículo 74 de la ley provincial indica que la luz baja, las de posición y de chapa de dominio son de uso obligatorio y deben permanecer simultáneamente encendidas (Agencia Nacional de Seguridad Vial)

Sin embargo, la provincia no está adherida a esta legislación. El artículo 74 de la ley provincial indica que la luz baja, las de posición y de chapa de dominio son de uso obligatorio y deben permanecer simultáneamente encendidas.

“Todos los vehículos que circulen entre la puesta y la salida del sol, o a cualquier hora del día en rutas nacionales o provinciales en sus tramos interurbanos, en los túneles y demás tramos de vía afectados por la señal ‘de uso obligatorio de luz baja’, deben llevar encendida y totalmente limpia la luz que corresponda”, precisa.

Otras recomendaciones en Córdoba

Los oficiales de la Policía Caminera recomiendan tener en cuenta otras normas de circulación. Estas son:

  • Utilizar correctamente todos los cinturones de seguridad.
  • Los menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero con un sistema de sujeción homologado.
  • Respetar las velocidades máximas y mínimas indicadas en la señalización de cada vía.
  • No adelantar en zonas prohibidas.
  • No conducir bajo los efectos del alcohol. En Córdoba, rige la Ley 10.181 del programa Alcoholemia Cero en rutas y caminos de jurisdicción provincial.
  • Evitar estacionar o detenerse en banquinas.
  • Contar con espejos retrovisores en buen estado.
  • Llevar baliza portátil normalizada.
  • Tener un matafuego con carga vigente.
  • Asegurarse de que las patentes sean visibles.

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