La Ciudad de Buenos Aires se convertirá en el primer distrito en inscribir con nombre a los bebés fallecidos antes de nacer

La disposición contempla un alcance retroactivo para los últimos dos años

La Ciudad se convertirá en el primer distrito del país que permita inscribir con un nombre a los bebés fallecidos antes de nacer (Foto gentileza Mi Recuerdo Santa Fe)

El Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires habilitó a que las familias que sufren la pérdida prematura de un embarazo puedan inscribir a sus hijos con un nombre. De esta manera, el distrito encabezado por Jorge Macri será el primero del país que permita darle identidad a los nonatos.

“Este lunes se va a firmar la disposición y entrará en vigencia una vez que se publique en el Boletín oficial”, precisaron a Infobae desde el gobierno porteño, quienes además aclararon que hasta ahora la normativa vigente consiste en registrar al feto fallecido como “NN”.

Otra de las particularidades de la medida es que también contempla un alcance retroactivo para los últimos dos años previos a su entrada en vigencia, permitiendo a las familias rectificar la partida de defunción original e incluir la identidad que habían elegido.

Las autoridades del Registro Civil explicaron que esta nueva iniciativa, sin modificar el orden jurídico actual, reconoce la necesidad de darles a los padres la posibilidad de despedir con respeto y amor al hijo que no llegó a nacer.

“Responde a una realidad muy íntima. Elegir una forma de reconocerlo, una identidad afectiva, es parte de la historia de cada familia y también de su proceso de duelo”, afirmó César Torres, secretario de Gobierno y Vínculo Ciudadano. “Con esto, buscamos acompañar y darle un lugar especial a esa vida que existió en los sueños y esperanzas de quienes esperaban su llegada”.

La disposición contempla un alcance retroactivo para los últimos dos años previos a su entrada en vigencia, que será esta semana (Foto gentileza: Facebook Mi Recuerdo Santa Fe)

Actualmente, en caso de pérdida de un embarazo, si el feto tiene un peso inferior a 500 gramos o menos de 180 días o 22 semanas de gestación, su cuerpo suele ser tratado como residuo patogénico. Los padres únicamente pueden solicitar el cuerpo para enterrarlo o cremarlo si supera dicho peso o edad gestacional, ya que, para ello, deben contar con un acta de defunción fetal emitida por el hospital.

De este modo, la Ciudad ofrece una respuesta sensible a lo que vienen reclamando distintas agrupaciones de mujeres que atravesaron la interrupción espontánea de un embarazo en el primer trimestre y la legislación no les permite recordar y despedir a su hijo con la identidad que lo simbolizó en sus corazones y en su historia.

Desde la organización “Mi Recuerdo Santa Fe”, un grupo que brinda apoyo a familias que sufren una muerte gestacional,perinatal y neonatal y viene reclamando desde hace 10 años una ley a nivel nacional, celebraron la medida al entender que se trata de un precedente.

“No buscamos el duelo eterno, buscamos poder ayudar a otros a pesar de lo mucho que nos duela la perdida de nuestro hijo. Buscamos el espacio en esta sociedad, para poder recordarlos sin ser criticados. Buscamos cambiar las leyes preexistentes para mejorar la calidad de vida de cientos de personas que vivencia situaciones terribles cuando un hijo fallece. Buscamos que se entienda la importancia de llevar a cabo este tipo de acciones para velar por su mejoría y bienestar ante esta devastadora experiencia”, remarcaron desde su página de Facebook.

El 15 de octubre se conmemora el Día Internacional de la Concientización sobre la Muerte Gestacional y perinatal (Foto Gentileza: Mi Recuerdo Santa Fe)

Recientemente, una sentencia judicial en Neuquén ordenó registrar con nombre y apellido a un bebé fallecido a las 12 semanas de gestación con un peso de 14 gramos. Juan Marcos y Elisabet, residentes de Cutral-Có, no pudieron enterrar a su hijo debido a la ausencia de un certificado de defunción.

Después de realizar consultas en oficinas municipales, una empresa de servicios funerarios y el hospital local, la pareja decidió enviar una carta documento al centro de salud para exigir el documento. Finalmente, las autoridades del hospital accedieron a su pedido, pero ya habían pasado más de 60 días desde el fallecimiento, lo que les obligó a iniciar un proceso judicial para inscribir la defunción fetal y darle sepultura.

Si bien en algunos hospitales y sanatorios, las autoridades acceden al pedido de los padres, no existe un criterio unificado en todo el país. Y eso es precisamente lo que viene a saldar esta disposición en la Ciudad de Buenos Aires.

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