A fines de octubre pasado la Justicia porteña hizo lugar a un pedido de amparo y le ordenó a la Ciudad de Buenos Aires que garantice el bienestar de la yaguareté Tania y su cría en el Ecoparque. La felina llegó embarazada a ese predio luego de que ser madre en varias ocasiones, como parte de un proyecto de conservación que buscó salvar la especie, considerada en peligro de extinción.
Luego de conocida la medida cautelar dispuesta por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N°3, a cargo del juez Juan José Albornoz, que ordenó el regreso de la yaguareté Tania y su cachorro a su hábitat natural, se conocieron imágenes de los animales que evidenciarían el incumplimiento de las condiciones establecidas en ese pedido de amparo que, específicamente, determinó que no haya contacto humano con los felinos, porque eso puede influir negativamente en la posibilidad de que el cachorro pueda ser liberado en la vida silvestre.
“Este contacto directo constituye una violación de la medida judicial, que establece la necesidad de evitar la exposición y el acostumbramiento al ser humano. Esas condiciones son fundamentales para proteger el proceso de rehabilitación de los animales y asegurar su futura reintegración al hábitat silvestre”, asegura el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, quien presentó el amparo para que madre e hijo dejen el Ecoparque porteño y retornen a su hábitat natural.
Por su parte, Fernando Piesco, presidente de la Fundación Dante Piesco, entidad de protección de la fauna silvestre argumenta: “La medida cautelar está vigente y una de las cosas que ordenó el juez y que nosotros habíamos pedido era que se tomen todas las medidas necesarias para evitar la impronta del cachorro y cualquier acostumbramiento al ser humano. Ese acostumbramiento al ser humano, a la presencia del humano, marca la diferencia y es algo fundamental para la supervivencia posterior del animal ante la posibilidad de ser reinsertado. Eso implica que no tienen que ver a las personas que los están cuidando, ni a quienes los están custodiando, ni a los que les dan de comer. No tienen que acostumbrarse a la presencia humana. Lamentablemente, esto está pasando, se violan las medidas de restricción y en el video se nota”.
El caso
Resumiendo la causa de la que se hizo parte apenas supo que la felina había ingresado al Ecoparque, Gil Domínguez explica que: “Tania es una yaguareté que en avanzado estado de preñez fue trasladada por la Fundación Rewilding Argentina (FRA), de manera innecesaria, a Buenos Aires. Eso representó un riesgo significativo para su salud y la de su cría. A raíz de esta situación, la misma Fundación, en una carta presentada como parte del expediente judicial, asumió el compromiso y la responsabilidad de garantizar el regreso de los felinos a su entorno natural”.
En ese sentido, subraya que pese a que la Justicia ordenó a la Ciudad que garantice el bienestar de Tania y su cría en el exzoo porteño, unas imágenes recientes (dos fotografías y un video) muestran a madre e hijo teniendo contacto visual con la persona que las toma, cosa que no corresponde con las condiciones del pedido judicial.
El abogado —que marcó un hito en la historia del Derecho Animal con el caso de la orangutana Sandra, la primera en ser reconocida como persona no humana— asegura que esa exposición de los felinos se adjuntaron como pruebas en la causa porque “pone en riesgo la rehabilitación del cachorro al favorecer su habituación a la presencia humana y, además, genera preocupación respecto al cumplimiento efectivo de lo dispuesto por el juez y a las prácticas implementadas en el Ecoparque de Buenos Aires”.
Es por ello que ahora insta a las autoridades correspondientes a garantizar el cumplimiento estricto de la medida cautelar. “Tienen que respetar las condiciones necesarias para el bienestar y rehabilitación de Tania y su cría, asegurando su pronta restitución al hábitat del que nunca debieron haber sido removidos”.
Por su parte, desde FRA informaron en una carta, que ya es parte del expediente del caso Tania, que “la Fundación Rewilding Argentina se ocupará del traslado y recepción (de Tania y de su cachorro) a instalaciones ubicadas en el ambiente natural de distribución de la especie, donde se les brindará la atención necesaria en el marco de los programas de conservación de dicha especie amenazada”.
En la misma carta, que lleva la firma de Sebastián Di Martino, director de Conservación y apoderado de la Fundación, destacan que “el traslado se llevará a cabo cuando el equipo Bienestar Animal del Ecoparque y nuestra institución consideren que tanto Tania como su cría se encuentren en condiciones adecuadas para el traslado”. También, aclaran que se harán cargo del bienestar de los animales durante todo el viaje (desde el Ecoparque de Buenos Aires hasta los Esteros del Iberá), de los costos y la logística.
La historia de Tania
En 2017, Tania, una yaguareté de tres patas, se convirtió en una pieza clave de los proyectos de conservación del Parque Nacional Iberá y el Parque Nacional El Impenetrable, destinados a recuperar la población de esta especie en peligro de extinción. Como parte de estos programas, fue madre de seis grupos de crías, siendo las primeras Mbareté y Arami, nacidas de su cruza con un macho silvestre cedido por Paraguay. Sin embargo, su traslado al Ecoparque de Buenos Aires y el nacimiento de una nueva cría en cautiverio generaron una fuerte controversia, ya que desde el lado del proteccionismo se consideró que “se la descartó, luego de haberla usado”.
Es por esto que a mediados de octubre, el abogado Gil Domínguez presentó una acción de amparo en representación de Tania y de su cría, exigiendo su “retorno inmediato” a un hábitat natural. El letrado argumentó entonces que el confinamiento de Tania constituye una violación a sus derechos como animal no humano y que pone en riesgo el desarrollo de su cachorro, quien corre el peligro de quedar improntado y, por ende, incapacitado para reintegrarse a la vida silvestre.
El caso quedó en manos del juez Juan José Albornoz, quien a finales de octubre le ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires informar sobre las condiciones de los animales y las medidas adoptadas para su bienestar, dándole un plazo de cinco días para responder. Paralelamente, Gil Domínguez solicitó una medida cautelar para garantizar que se implementen acciones inmediatas que prioricen la salud de Tania y de su cría, y que se evite el deterioro de su bienestar mientras continúan en el exzoo.
Este litigio logró relevancia nacional e internacional, no sólo por la importancia de proteger a una especie emblemática en América sino también por tratarse de la primera causa en Argentina que reclama los derechos individuales de un yaguareté.
Es por esto que para el abogado, el caso de Tania “no es sólo un paso crucial en la lucha por los derechos animales sino también un símbolo del avance hacia un marco legal más inclusivo y ético en relación con la fauna silvestre”.
Preocupación por la pirotecnia
Piesco cuenta que a días de las Fiestas de Fin de Año, la preocupación también pasa por las consecuencias que puedan tener los estruendos de la pirotecnia en estos animales. “Pedimos que se determinen cuáles serán las medidas que van a tomar para cuidar de ambos del problema de la pirotecnia, ya que la semana que viene es Navidad y la otra, Año Nuevo. Este es un tema que a ellos les va a afectar un montón también, al igual que a todos los animales”, resalta. Es por esto, que están solicitando: “Que se realice de manera inmediata el traslado o que informen cuáles serán las medidas a tomar”.
En diciembre de 2012, durante la madrugada de Navidad, el oso polar Winner, murió en el exzoo de Buenos Aires debido a una combinación de factores: temperaturas inusualmente altas y el uso de pirotecnia. El diagnóstico presuntivo había indicado que Winner murió por hipertermia, es decir, un aumento excesivo de la temperatura corporal. Las condiciones ambientales adversas, sumadas al estrés provocado por los fuegos artificiales, impidieron que el oso pudiera regular su temperatura de manera adecuada, lo que derivó en su deceso.