El 5 de agosto de 2024 la Suprema Corte de Justicia de Mendoza dictó sentencia definitiva a la disputa judicial que envuelve a la familia Zuccardi, reconocida en la industria vitivinícola por su tradicional bodega. El fallo firmado por la jueza María Teresa Day, y los magistrados Pedro Llorente y Omar Palermo, ordenó el pago de 12 millones de dólares de José Zuccardi a su hermana Cristina, más los intereses desde la interposición de la demanda. A raíz de la exposición mediática del caso surgieron especulaciones en torno a los patrimonios heredados, y la posibilidad de que la causa siente un precedente en materia judicial. En medio de las repercusiones, Cristina Zuccardi habló con Infobae y brindó su versión sobre la historia familiar: las tres décadas de conflicto, el rol de la perspectiva de género, y su camino legal hasta la reciente resolución.
El día que todo empezó
“Este conflicto nació en 1992, en la mismísima mesa de mi casa, en la mesa familiar”, expresa Cristina, quien a sus 75 años asegura que la causa judicial va mucho más allá de una reparación material, y considera que son otros los dolores que deben sanar. “En aquel entonces, mis padres Emma Cartellone y Alberto Victorio Zuccardi hicieron un adelanto de herencia, y para eso distribuyeron a sus tres hijos -Cristina, Ema Inés y José-, en partes iguales, las acciones que tenían en Cimalco S.A y Cimalco Neuquén S.A, dos empresas constructoras, y le donaron a José el 100% de La Agrícola S.A, Viñedos y Bodega Familia Zuccardi”, explica. Define aquella decisión como “el gran error de sus padres”, y asegura que allí radica la injusticia del reparto y la violación a las normas del derecho sucesorio.
Cristina recuerda las palabras que le dijo a su padre en ese entonces: “Esto es un despojo en contra de dos mujeres y a favor del varón”. Siendo la primera hija del matrimonio, recuerda ese momento como el instante en que “se dinamitó la familia”. Las dos firmas constructoras se dividieron en partes iguales a los tres hijos -un 22% de las acciones para cada uno-, pero no ocurrió lo mismo con la empresa vitivinícola, que fue cedida en su totalidad al único hijo varón. “Hubo una intención expresa de mi padre de beneficiar a José, porque ya en ese entonces la bodega era un actor importante del mercado, y era la inversión más reciente del grupo familiar, donde todos habíamos puestos nuestros esfuerzos y expectativas; mientras que los otros dos negocios vinculados a la construcción eran empresas atrasadas, tecnológicamente endeudadas; no eran empresas florecientes”, asegura.
“Lo único que se le pidió a José es que se nos compensara con la entrega de una irrisoria cantidad de litros de vino blanco escurrido, durante 10 años, prorrogables en caso de malas cosechas y sin intereses”, agrega. Y desmiente una versión que circuló tiempo atrás: “No es cierto que a mí y a mi hermana se nos entregó el manejo total de las dos empresas Cimalco, porque hasta el día de hoy mi hermano sigue siendo accionista de ambas sociedades”.
Cuenta que hubiese preferido que todo se mantuviese en el ámbito de su vida privada y no tomara estado público, pero ahora se siente la obligación de dar a conocer su voz. “Este conflicto atraviesa toda mi vida, son 32 años de dolor, y aunque mi padre falleció en 2014, esperé hasta 2018 para iniciar la demanda sucesoria, recién cuatro días antes de que se cumpliera el plazo de prescripción fijado por el código vigente, porque tenía la esperanza de tener alguna comunicación de la familia y buscar una solución”, comenta.
Zuccardi vs. Zuccardi
Con la representación del abogado Nicolás Becerra, Cristina asentó el reclamo de la legítima hereditaria vulnerada, y transitó por todas las instancias judiciales dos veces en los últimos cinco años, antes de alcanzar este fallo favorable. La Corte analizó el patrimonio y concluyó que existió “una notoria afectación de la legítima, como consecuencia de donaciones inoficiosas y la realización de una compraventa simulada del porcentaje mayoritario de la empresa, ambos en favor del hijo varón”.
“Algunos llaman el caso ‘Zuccardi vs. Zuccardi’, algo que no es así, porque es mucho más profundo: es muy doloroso soportar la vida entera que nuestro apellido remita a la ‘Familia Zuccardi’, como una empresa familiar, cuando en realidad es la historia de una familia rota”, expresa. Aclara que aunque el vínculo con su hermana se mantiene intacto, el contexto de incesantes peleas afectó directamente a los nietos y generó distanciamientos en algunos casos. “Mi hermana decidió no involucrarse en la disputa judicial, y soy absolutamente respetuosa de eso porque la legítima es un derecho personalísimo, y me parece que cada quien ha ido resolviendo y cerrando la cicatrices como ha podido”, argumenta.
“Este es un tema que estoy resolviendo al final de mi vida, que tiene que ver con mis padres, porque a mi mamá le hicieron esto en su familia y ella lo repitió en la nuestra”, revela. Y reflexiona: “Estoy convencida de que a mis hijos no les puedo dejar una mentira, un relato que no es cierto; porque parece que fuesen mi hermano y sus tres hijos los únicos que hicieron todo, cuando en realidad somos muchos más: es mi hermana con sus cinco hijas, soy yo con mis tres hijos, y hay mucho sufrimiento familiar detrás de esta sentencia, que arroja la verdadera historia”.
Sin evadir ninguna pregunta durante la entrevista, Cristina habla también de su propio matrimonio con Alberto Flamarique, su esposo hace 50 años, quien fue mencionado en medio del conflicto. “Él no tiene nada que ver en este asunto, y creo que fue una falta de respeto absoluta involucrar a mi marido, que lo hicieron simplemente para tratar de descalificar la sentencia, porque ni siquiera fueron capaces de ir a mirar qué pasó con el juicio oral y público que mi marido soportó durante 13 años, el contexto en el que se desarrolló, cómo fue la caída del gobierno de De la Rúa, y que en ese juicio terminaron diciendo que a mi marido no lo debieron citar jamás”, asegura. Cabe recordar que Flamarique fue ministro de Trabajo de la Nación durante la gestión del expresidente Fernando de la Rúa y uno de los acusados cuando se debatió en la Cámara alta el polémico proyecto de la Alianza exigido por el Fondo Monetario Internacional (FMI), y durante el proceso siempre negó ser el autor de la frase “para los senadores tengo la Banelco”.
Cristina también tiene un recorrido en el ámbito de la política, como exfuncionaria provincial y exdiputada nacional. Lejos de renegar de aquellos tiempos, responde a los comentarios en torno a su perfil público, que tuvo su punto álgido 30 años atrás. “He sido una militante política toda la vida y he trabajado muchísimo por los derechos de las mujeres; lo que más me enorgullece de toda mi tarea es la creación de la asesoría de la mujer, del Instituto de la Mujer, durante el gobierno de José Octavio Bordón, porque fue una experiencia preciosa en el desarrollo de políticas públicas a favor de las mujeres, y es un tema que lo siento enormemente y lo hice con toda convicción”, dice.
“Tres décadas atrás, para mis primeros proyectos en el tema de sexualidad todo había que enmascararlo como salud reproductiva y prevención del embarazo adolescente; no se podía hablar ni de derechos sexuales de las mujeres ni de derechos personales de las mujeres, ni mucho menos de la violencia de género, para la que no había ni personal especializado y hubo que abrir las primeras comisarías”, detalla con pasión. Y suspira en torno a su propia paradoja: “Mientras tanto, en el ámbito personal yo iba sufriendo mis situaciones, y nunca defendí mis derechos; lo he venido a hacer recién ahora, en el final de mi vida”.
Confiesa que desde siempre sintió el llamado a la vocación social, pero tiene formación como ingeniera agrónoma, y aquella también fue una decisión que tomó por el contexto familiar. “A los 15 años terminé el secundario y tenía que empezar la facultad, y mi padre me preguntó qué quería estudiar. ‘Quiero ser asistente social’, le dije, y me miró y me dijo: ‘Ay, nena, vas a ser enfermera diplomada’, con lo cual salí corriendo por la desaprobación y elegí una ingeniería que más o menos me gustara, para ser ingeniera como mi padre, que era ingeniero civil”, revela. Aclara que la relación con su papá nunca fue mala, sino todo lo contrario. “Nos amábamos muchísimo; fui su primera hija y era una locura mutua de cariño, porque para mí él era mi figura referente en todo; solo que en aquellos tiempos no me daba cuenta de que la búsqueda de su aprobación iba a acarrearla toda la vida”, agrega.
Perspectiva de género
En el proceso judicial también se debatió si hubo cuestiones de género que incidieran en la repartición de bienes en perjuicio de las hermanas mujeres y en beneficio del hermano varón. En el fallo, la doctora Day sostuvo: “Al analizar con detenimiento los actos celebrados y las situaciones acaecidas en el devenir de esta historia familiar, advierto la presencia de marcados estereotipos de género en las decisiones adoptadas por el causante respecto a sus bienes, los cuales resulta necesario poner en evidencia en pos del derecho a la igualdad que reclama la recurrente”. Concluye que existió “una notoria afectación de la legítima”, y que aplicaría idéntica solución si el perjudicado fuese un heredero varón.
Sobre este punto, Cristina tiene una postura muy clara. “La legítima no distingue de sexos ni géneros. Es un derecho de todo heredero forzoso, que debe ser respetado y protegido si se advierte su conculcación; es decir que este caso no tiene nada que ver con visión con perspectiva de género, solo se trata de cumplir la ley para construir una sociedad mejor y más igualitaria”, comenta. “La perspectiva de género no otorga derechos, sino que es una mirada integral del entramado social, y es obligación de todos los estamentos de la justicia analizar y fallar las causas con perspectiva de género”, añade.
Coincide en que se tuvo en cuenta el contexto y se analizaron los condicionamientos culturales que hicieron que sus padres tomaran aquellas decisiones, pero enfatiza que no fue esa la única prueba de la flagelación de su derecho. “Están asentadas las opiniones de mi padre respecto de sus hijos, de quién podía cumplir el mandato, quién creía que lo podía hacer adecuadamente, pensando que el varón tenía que recibir el mandato y esa decisión para mí fue equivocada. Por eso lamentablemente estoy reparando un error de mis padres, cosas del pasado, heridas tan profundas que deben quedar saldadas”, expresa.
Considera que se trata de “un fallo ejemplar”, y lo vislumbra como una sentencia definitiva. “Mi hermano quiere hacer ver esto como un beneficio de género, pero esta resolución no es porque yo soy mujer; si bien el tribunal cumplió con la obligación de juzgar con perspectiva de género, falló a favor de la prueba producida, donde se comprobó que se violó la legítima hereditaria”, sostiene. Explica que hubo que retroceder 30 años en el tiempo, evaluar los balances de las tres empresas existentes, los antecedentes de la disputa, los manuscritos, compraventas, donaciones, y un sinfín de elementos probatorios que dieron a conocer incluso el valor económico de las compañías, algo que en las dos instancias anteriores no se había realizado.
“Venía de un fallo negativo en la primera instancia y en la segunda instancia; en cambio esta vez la justicia sorteó tres peritos oficiales que hicieron un peritaje exhaustivo, donde se llevó a cabo el objetivo de la justicia, que es conocer la verdad”, remarca. “Mi padre lo que hizo fue dividir acciones, jamás nos mostró un número; todo fue hecho en base a acciones, que son unidades representativas del capital de una sociedad, pero no tienen ni expresan valores en números”, indica. En la causa quedó asentada la valuación de La Agrícola en más de 10.500.000 millones de dólares y a ambas CIMALCO en menos de 1.900.000 millones de dólares al momento de hacerse el anticipo de herencia, en 1992.
Además de la distribución que realizaron los progenitores a sus hijos en 1992, se presentó un manuscrito del año anterior donde expresaban la intención de dejar en manos del único hijo varón el 100% de la empresa emblema de la familia: La Agrícola S.A.. “No me gusta recurrir a las cifras, pero quedó clarísimo que eran tres cosas de valores completamente distintos”, manifiesta. En este sentido, siente la necesidad de hacer otra aclaración: “Es mentira que la evaluación de los bienes siempre se hace al momento del reparto, porque la ley 17.711 y el Código Civil y Comercial que a mí me correspondía aplicar, deja muy claro en el artículo 3477 que la evaluación debe hacerse al momento del fallecimiento, y más aún teniendo en cuenta que mis padres trabajaron toda la vida en la empresa, hasta el último día de su vida, es decir que hicieron crecer de manera notoria aquel patrimonio inicial de 1992″.
Según consigna el fallo, los informes técnicos determinaron que la legítima herencia no solamente se encontraba vulnerada a la fecha del fallecimiento de su padre, sino también al momento mismo en que se hicieron las donaciones. “La porción legítima es lo que a mí me afectaron, es un derecho que tengo por haber nacido en este país y en esta familia”, resume.
La sentencia
En las conclusiones finales se deja asentado que José Zuccardi deberá pagarle a su hermana mayor la suma de 12 millones de dólares, más sus intereses desde la interposición de la demanda, que data del 7 de febrero de 2018. Tras conocerse la millonaria cifra, surgieron rumores de una posible quiebra de la bodega familiar, y es otra de las versiones que Cristina desmiente. “Yo no le estoy reclamando nada de la empresa. Además las empresas no quiebran por este tipo de juicios, ni mucho menos por esa cifra, que representa una inclemencia en torno a la valuación de la compañía. ¿Cómo podría quebrar si esto lo tiene que responder mi hermano con su patrimonio personal?”, cuestiona. Y agrega: “Mi hermano fue el beneficiario en excedencia, y es él quien tiene que devolverme algo que siempre me perteneció, algo con lo que se benefició todos estos años, y debe hacerlo porque no está bien quedarse con lo que no es de uno”.
En etapas anteriores había solicitado la restitución de las acciones de La Agrícola, pero José pidió en el expediente judicial que en caso de recibir condena desfavorable, pudiera pagar en dinero en efectivo. “Mi juicio en realidad siempre fue por acciones, las que me hubieran correspondido, pero acepté los términos de mi hermano, y esa es la única razón por la que la condena implica un pago de dinero”, detalla.
Para Cristina comienza el cierre de una larga etapa, y todavía tiene muy presentes cada una de las situaciones que atravesó. “Fue mucho más cruento de lo que la gente imagina: todos papeles que se firmaron años atrás fueron bajo presión, con hechos de violencia, sin explicación, y sin transparencia; me han intentado amedrentar por carta documento para que no acudiera la justicia; José me inició siete juicios en Neuquén, en su calidad de socio contra decisiones de una empresa que nunca se involucró ni participó; intervino también un mediador por dos años, contratado por mi padre, el doctor Enrique Fernández Longo cerca del 2000; así que este es un conflicto que estuvo vigente la vida entera”, enumera.
Contrario a la posibilidad de que su caso represente un precedente a nivel nacional, subsume lo ocurrido a circunstancias personales. “Esta es una situación mía, un caso particular que no va a hacer que todo todas las empresas de familia analicen nuevamente los patrimonios, y además todo aquel que haya hecho las cosas bien y haya respetado la ley, no tiene de qué preocuparse”, indica. Espera que el fallo sea definitivo, y que su hermano no ejerza el recurso de queja frente a la Corte Nacional, porque cree que sería una falta al correcto funcionamiento de las instituciones y a las leyes vigentes. “El reclamo frente a la Corte de la Nación no corresponde porque es un caso civil y los caminos ya están agotados”, enfatiza. Y concluye: “Esto pasó por ambición y omnipotencia; ojalá mi hermano asuma con valentía los errores, y en vez de actuar con cobardía, enfrente este problema, lo resuelva, y no se lo deje a sus hijos”.