Una chica se saca una foto sexy y se la manda a un chico que le gusta. Él le dice que otra, que un poquito más zarpada, que muestre un cachito más, que le gusta mucho, que por favor… ella manda otra foto. Él la difunde en su grupo de amigos. La foto se viraliza en el pueblo. Ella no puede ir al colegio, al club o a caminar sin que le pregunten, la burlen o la señalen por la foto. Y si quiere ir a denunciar le dicen que es algo que solo pasó en las redes. Ya no. Ya no más. A partir del 11 de octubre la Ley Olimpia no permite más que la violencia digital pase como si no pasara nada.
La Ley Olimpia incluye a la violencia digital entre las formas de violencia a las mujeres de la Ley 26.485 y específica que “se respete su dignidad, reputación e identidad, incluso en los espacios digitales”. Si una chica manda una foto pero se comparte sin su permiso es violencia digital. Si es grabada sin que ella sepa mientras tiene relaciones sexuales es violencia digital. Si se roba un teléfono con fotos o videos sexuales y se usan para extorsionarla es violencia digital.
La definición de la norma quedo escrita así: “Se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, en el plano analógico o virtual, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal”.
Por otro lado, también se subraya: “Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes. Se considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda conducta, acción omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón”. La norma se conoce como Ley Olimpia por la activista mexicana Olimpia Coral Melo que visitó Argentina para promover la ley y que estuvo en el Congreso en el proceso de discusión y aprobación. La norma se promovió desde el grupo “Ley Olimpia en Argentina” y la organización Organización Género y TIC (GENTIC).
Olimpia Coral Melo resalta: “Es un acercamiento a una deuda con las sobrevivientes y víctimas de violencia digital”. Ella sostiene que la ley abre un camino de reconocimiento y que tiene que permitir una segunda parte que es la sanción de la ley Belén. La norma lleva ese nombre en homenaje a Belén San Román que era una policía de la localidad bonaerense de Bragado que se quitó la vida, el 30 de noviembre del 2020, por la extorsión de videos íntimos de parte de un preso y por la acción institucional de la Policía Bonaerense que en vez de ayudarla como víctima la investigó como responsable en asuntos internos.
La ley Belén está trabada en la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados y es fundamental para que la lucha contra la violencia digital no sea solo simbólica sino para que también se pueda perseguir a los responsables y partícipes de grabar, difundir o compartir imágenes privadas de mujeres y niñas. La ley Belén (que todavía es un proyecto que no paso del análisis de la comisión en donde se encuentra trabada) establecería que se aplique prisión de tres meses a dos años y multas a quien “por cualquier medio, sin autorización de la víctima o mediando engaño, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme o elabore, documentos con contenidos de desnudez, naturaleza sexual o representaciones sexuales explícitas”.
También serían penados quienes difundan videos o imágenes sexuales y quienes publiquen contenidos íntimos. La Ley Belén es indispensable para que no solo se diga que la violencia digital está mal, sino para que se la condene y para que sea responsable quien saca la foto, quien la comparte y quien la publique. Pero, más allá de lo que falta, la sanción de la Ley Olimpia es un gran paso. “Lo principal es decir “Tú no tenías la culpa” y que la violencia digital es real y daña”, resalta Olimpia Coral Melo.
La joven fue grabada y expuesta sexualmente, hace 10 años, cuando tenía 18 años. Su mamá le dijo que se sacara la vergüenza y luchara por el derecho a su intimidad. En 2014 presentó un proyecto de ley en Puebla para reconocer la violencia digital. En 2021, se aprobó una ley, con su nombre como bandera, en México y la revista Time la consideró una de las 100 personas más influyentes del mundo.
Su influencia logró que en la Argentina las jóvenes ahora estén más protegidas. “Nos quisieron hacer creer que nosotras la habíamos provocado y que por ser virtual no era real. Si íbamos a la justicia nos decían que si era virtual no existía y que no tenía castigo. Por eso, al tener la sanción en la cámara de diputados y ser aprobada como ley la violencia digital ya tiene una definición”.
La diputada que la impulsó es Mónica Macha (Frente de Todos), presidenta de la comisión de mujeres y diversidad. Ella festejó: “Después de mucha lucha y organización colectiva de una maravillosa militancia feminista conseguimos tener Ley Olimpia. Hemos incorporado la violencia digital. Es por nosotras, es por las víctimas y sobrevivientes y es por las pibas del futuro, por las hijas de la patria. La lucha contra la violencia digital y sexual es real”.
Macha enfatizó: “La violencia digital daña vidas, nos persigue y nos censura. Dejamos de hacer lo que queremos, de disfrutar nuestra vida, nuestras libertades y nuestras expresiones por miedo a los ataques, los acosos y la hipersexualización que sufrimos las mujeres. Pero el miedo va a cambiar de bando. Queremos vivir plenamente nuestra intimidad. Queremos vivir libremente nuestra sexualidad. Vamos a ser respetadas en todos lados. Y vamos a ocupar todos los espacios”.
La Cámara de Diputados aprobó, en un primer momento, la Ley Olimpia, el 5 de julio, después fue sancionada en el Senado el 30 de agosto (por unanimidad) y, finalmente, volvió a Diputados para correcciones técnicas que fueron subsanadas y se procedió a su aprobación. En el primer paso la ley fue aprobada por amplia mayoría con 191 votos a favor. Los dos votos en contra fueron de Javier Milei y Victoria Villarruel (La Libertad Avanza) y también se registró una abstención de Carlos Zapata (Ahora Patria en alianza con La Libertad Avanza). Estuvieron ausentes Carolina Píparo (La Libertad Avanza) y José Luis Espert (Avanza Libertad ahora en Juntos por el Cambio). En la sesión del 11 de octubre a la madrugada (la norma se aprobó a las 4 de la mañana) Milei, Villarruel y Píparo estuvieron ausentes.
La norma prevé que se protejan los derechos de las mujeres en las redes sociales y “que se respete su dignidad, reputación e identidad en los espacios digitales”. La iniciativa prevé que las plataformas digitales puedan quitar, por pedido de la justicia, los contenidos que generan violencia, mediante vía electrónica o digital ya que las empresas de Internet operan en el extranjero. La norma incluye a relaciones personales y también la “reproducción en el ámbito digital de discursos de odio misóginos”.
Si la Línea 144 para ayuda de víctima de violencia de género sigue funcionando se va a acompañar a las víctimas de violencia digital y deberá sumarse un soporte digital y de acceso gratuito. Además se prevé la creación de un programa de alfabetización digital para las mujeres y buenas prácticas en el uso de las nuevas tecnologías y se incorpora la gratuidad para realizar pericias informáticas. Este punto es importante porque si ahora hay que analizar una computadora o un teléfono para ver de dónde salieron las fotos o videos esas pericias le cuestan plata, tiempo y revictimización a quién ya sufrió la violación de su intimidad.
La Ley Olimpia permite mayor difusión de lo que no se puede hacer: exhibir y difundir videos sin consentimiento de una persona sobre su vida sexual aunque se haya sacado fotos o videos; compartir en grupos de chats fotos como si fuera gracioso; ser co partícipe y compartir los videos o darles like en las redes sociales, nombrar como porno venganza la difusión de videos sexuales personales y amenazar a una mujer con que no puede decidir terminar una relación de pareja porque se van a difundir sus fotos desnudas o en poses sexuales.
En ese sentido, Olimpia resalta: “La ley permite la alfabetización digital y la creación de políticas públicas en un país donde hay 2.000 mercados de explotación sexual digital y donde se sigue revictimizando y señalando a las mujeres”. Ella considera que la norma “es la primera piedra de un monumento que todavía se tiene que hacer para que alcancemos a las mujeres”. Y valoriza el trabajo de las chicas que padecieron violencia digital en Jujuy y Santa Fe y “de todas las mujeres que sufrieron”.
“Ya se generó la primera piedra, pero falta la parte penal con el castigo a los agresores”, destaca Olimpia en relación a la ley Belén que está trabada en la comisión de legislación penal. En los balcones del Congreso también se pedía que la norma que prevé la penalización de quienes sacan fotos, publican contenidos íntimos o viralizan videos sexuales sean sancionados. “Eso no significa que punitivismo sea igual a justicia ni que si cambiamos el Código Penal ya estemos seguras”, diferencia.
Pero, además, Olimpia pide a los dueños de las redes sociales que observen las consecuencias del mal uso de las plataformas digitales: “Es importante que lo que hacemos las defensoras de las mujeres en América Latina llegue a oídos de las empresas y que modifiquen los algoritmos porque nuestros cuerpos no son para diversión en las redes sociales. Queremos estar seguras en Internet y que otras personas no tengan que vivir lo que nosotras vivimos”.