Quinientas setenta y cuatro personas travestis, transexuales y/o transgénero se encuentran trabajando en el Poder Ejecutivo Nacional, organismos centralizados y descentralizados. La información surge del informe que el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación (MMGyD) realizó, hasta diciembre de 2022, para monitorear la implementación de la Ley 27.636 de Promoción de Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero “Diana Sacayán-Lohana Berkins” ─más conocida como “Ley de cupo laboral trans”─. Aunque la contratación señala un crecimiento sostenido, a este ritmo se necesitarían 18 años para cumplir con el cupo mínimo de 1% de los cargos y puestos del Estado Nacional para la población travesti trans y no binaria.
“Más allá de celebrar la medida, lamentablemente ha habido muchos problemas en su implementación. Esta política de acción afirmativa para el colectivo se pensó para un grupo bastante definido: las mujeres trans y travestis que encontraban en el trabajo sexual su única alternativa de subsistencia. Pero en muchísimas convocatorias se introdujeron requisitos adicionales a los establecidos en la ley vinculados a, por ejemplo, tener el secundario, falta de antecedentes penales o conocimiento de recursos informáticos que se transforman en obstáculos para la población priorizada”, señala Aramis, abogada y activista trans especialista en género y política de drogas.
En la misma línea se manifiesta Marlene Wayar, referente fundamental del movimiento travesti-trans en el país: “¿Quiénes son los cuerpos y experiencias que fundamentan la ley de cupo trans? Las personas en situación de prostitución. Todas las que sufrieron el abuso policial, el maltrato, el desapego social, el abandono. Pero ¿son estas personas las que el Estado fue a buscar a las zonas de prostitución para decirles `a partir de tal día tenés un trabajo y vamos a articular para que estés a la altura de ese trabajo´? No. El Estado fue por aquellas que estaban en alguna organización o cursando estudios, que de alguna manera podían entrar al sistema digital porque tenían cierta alfabetización 2.0, que podían hacerse un currículum y responder preguntas, personas de una franja etaria particular. Conclusión: no son los mismos cuerpos. Hay una distancia entre las personas que fundamentan la ley y quienes terminan pudiendo hacerse de esos derechos. No está mal que eso suceda. Lo que está mal es que los cuerpos que fundamentan la ley simplemente sean olvidados e ignorados”.
Aprobada en el Congreso el 24 de junio de 2021 ─con 55 votos a favor en el Senado y 207 en Diputados─, la Ley 27.636 fue pionera en el mundo y significó una victoria histórica de la comunidad LGBTI+ y un avance de los derechos humanos en Argentina.
Teniendo en cuenta la estrecha relación que existe entre identidades y realidades, la norma contempla que la terminalidad educativa no resulte un estorbo para el ingreso y permanencia en los empleos. Así, si las personas aspirantes a los puestos de trabajo no completaron su educación podrán ingresar con la condición de cursar el o los niveles educativos requeridos y finalizarlos.
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La ley propone a su vez una mirada integral, federal y transversal; exige a los organismos del sector público nacional a promover acciones de sensibilización con perspectiva de género y de diversidad sexual en los ámbitos laborales para contribuir a una efectiva inclusión; y ofrece en el sector privado incentivos tributarios a empleadores y líneas de crédito.
Del dicho al hecho, sin embargo, hay un trecho.
“Me ilusionaron con un trabajo, pasé por tres entrevistas, yendo al lugar. Me dijeron en más de una oportunidad que empezaba la semana que viene o el mes que viene. Ese día nunca llegó. ¿Hay manera de informar esta situación? No quisiera que otros compas pasen por lo mismo, y si pasamos por esto poder hacer un descargo. Porque te hace sentir horrible. Entre la necesidad y la ilusión de un trabajo”. Posteos catárticos, angustiosos, se leen en las redes sociales. El cupo sigue costando, se sigue resistiendo, se sigue militando.
En julio de 2022, el Departamento de Género y Diversidad de ATE Nacional y la Asamblea TTNB por la Salud Integral publicó los primeros resultados de un relevamiento sobre la implementación del cupo laboral trans en el sector público nacional. Entre otros números se detalla que el 86% de las/los/les encuestadas/os/es que ingresaron al Estado tienen entre 18 y 39 años. Mayores de 40 años representan el 14% de las contrataciones. En este marco, un 3% no va a contar con los aportes y años necesarios para la jubilación.
El 35% de las personas travestis, trans y no binarias que participaron de la encuesta manifestaron, además, que no se respeta su identidad en el trato cotidiano con los equipos de trabajo, ni en sistemas informáticos, ni en comunicaciones oficiales. Y solo el 27% tuvo acceso a información sobre derechos y estructura administrativa: licencias, alta de obra social y tarjeta de débito, tiempos y modalidad de cobro.
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En diálogo con Infobae, Pato Laterra, docente en economía feminista y becario doctoral (CIEPP-CONICET), explica los objetivos y alcances del estudio: “Quisimos mostrar algunas de las condiciones de trabajo de las personas trans que no son relevadas por la provisión de información pública. Dónde fueron contratadas, con qué tipo de contrato, la calidad del empleo, si se respeta su identidad y sus pronombres, si se garantiza su salud transicional, si tienen algún tipo de discapacidad, situación migratoria, si pueden obtener licencias por cuidado, entre otras cuestiones. Las principales conclusiones arrojaron que las contrataciones ocurrieron especialmente en CABA y un poco en el AMBA. Aunque hay muchos organismos del Estado que están por toda la Argentina, no son los que más contratan. Incorporaciones en Correo Argentino, Aerolíneas Argentinas, AFIP o CONICET descentralizarían bastante el cupo”.
Laterra continúa: “Otro de los resultados fue que quienes obtuvieron un empleo son en su mayoría jóvenes y con algún tipo de estudio cursado. Es importante que el cupo se aplique en su integralidad y que se pueda cumplir contratando a personas mayores de 40 años, reconociendo la persecución que han vivido las travestis y personas trans con los códigos contravencionales. Es decir, la visibilidad no debe quedar en un arcoíris o unicornio, en la aceptación de las estrellas que consiguen éxito, en un documental de Netflix que nos conmociona, sino en acciones que reparen y garanticen las condiciones materiales de las vidas travestis y trans. ¿Cuándo va a suceder esto sin que sea una molestia para el resto de la sociedad?”.
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Hasta la derogación, los edictos policiales o códigos de faltas fueron instrumentos que delegaban en la policía provincial o federal la tarea de reprimir actos no previstos por el Código Penal: ebriedad, vagancia, mendicidad, desórdenes y prostitución podían ser castigados con treinta días de arresto. El escándalo habilitaba la represión de quienes “se exhibieren en la vía pública con ropas del sexo contrario” (artículo 2° F) y “las personas de uno u otro sexo que públicamente incitaren o se ofrecieren al acto carnal” (artículo 2° H).
En Argentina, la articulación y lucha transfeminista conquistó grandes avances. La derogación, finalmente, de los edictos a principios de este siglo; la celebración de casi once años de Ley de Identidad de Género; el cupo laboral, con mayor o menor aceptación en los distintos territorios… Así y todo, Tehuel de la Torre todavía no volvió a su casa. No se sabe nada del joven trans desde el 11 de marzo de 2021, cuando salió hacia una entrevista de trabajo en Alejandro Korn. En el Día Internacional de la Visibilidad Travesti-Trans y cada día, sigue faltando Tehuel.
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