
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración y venta de un chocolate con leche, maní y cereal; y de una marca de berenjenas en escabeche, chimichurri, pesto; salsa criolla, tomates condimentados, aceitunas rellenas con provolone, pickles artesanales y pollo en escabeche.
Ambas disposiciones fueron publicadas este miércoles en el Boletín Oficial. A través de la 1267/2022, se anunció la prohibición de “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto: Chocolate con leche, maní y cereal; marca ‘Crok’ - Chocolates Los Alpes” por carecer de registros sanitarios, “resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.
Las actuaciones se iniciaron a partir del reclamo de un consumidor, según el cual, “habría encontrado elementos extraños en el interior del producto”. En este marco, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos, a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), realizó la consulta a la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios de la Provincia de Buenos Aires (DIPA), con el objetivo de verificar si el producto se encontraba autorizado, “la que informó que el registro del producto era inexistente en las bases de información de la mencionada dirección”.
A la vez, se solicitó la intervención de la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para realizar una inspección en un local que comercializaba la marca de chocolate “Crock” y se procedió al decomiso de unidades del producto. Considerando que el mismo también se vendía de forma online, “se solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria que evalúe las medidas a adoptar”.
En este marco, “por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284″.
Además, a través de la Disposición 1269/2022, la ANMAT prohibió la “elaboración, fraccionamiento y comercialización” en todo el país “y en las plataformas de venta en línea” de los productos: Berenjenas en escabeche; Chimichurri saludable ; Pesto genovés en escabeche; Salsa criolla; Salsa Willy’s; Tomates condimentados; Aceitunas rellenas con provolone; Pickles artesanales; Pollo en escabeche; Salsa criolla vegana; Chimichurri tradicional; y un aceite de oliva, marca la Gourmetería, por carecer de registros, estar falsamente rotulados resultando ser en consecuencia ilegales”.
Las actuaciones fueron iniciadas a partir de una comunicación de la Dirección de Registro y Control de Alimentos de la provincia de Tierra del Fuego en el marco de un programa de monitoreo mediante la cual se informó acerca de las acciones realizadas con relación a los productos marca “La Gourmetería”.
En este marco, el Municipio de Río Grande realizó inspecciones en los establecimientos expendedores “Sabor Campestre” y " Verdulería Liniers” donde se verificó la venta de los mencionados productos. Luego el SIFeGA realizó la consulta al Departamento de Higiene de los Alimentos de Mendoza “a fin de verificar si el establecimiento La Gourmetería estaba habilitado”. La respuesta fue que el RNE informado “pertenece a otra empresa” y el RNPA “pertenece a otro producto de una razón social distinta a la consultada”.
Además, la autoridad sanitaria de Tierra del Fuego consultó a la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios - DIPA del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires, respecto del domicilio que figura en el sitio web http://lagourmeteria.com.ar/ en la localidad de Valentín Alsina, “indicando ésta última que el establecimiento ‘La Gourmeteria’ es inexistente en la base de información de productos autorizados de esa dirección”.
A raíz de las circunstancias mencionadas y “a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”, la ANMAT oficializó la prohibición de la elaboración y venta de los productos de “La Gourmetería”.
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