La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió “la elaboración, fraccionamiento y comercialización” en todo el país de la marca de milanesas de soja precocidas “Mi Soja”, por carecer de registros sanitarios y estar falsamente rotulado. La medida se informó a través de la Disposición 1228/2022, publicada este martes en el Boletín Oficial.
De acuerdo con lo que explicó el organismo, este alimento, que decía estar producido “artesanalmente” en el establecimiento “Las Gemelas”, situado sobre la calle Misiones al 2519, en la localidad de Capilla del Monte, provincia de Córdoba, no consignaba “la adecuada declaración de alérgenos”, por lo que era “ilegal”.
Además, las autoridades también ordenaron retirar del mercado “todos aquellos productos que en su rótulo luzca el RNE N° 04003257″, el mismo que figuraba en estas milanesas de soja, “por ser un registro dado de baja desde el 2014″.
Según se precisó, la decisión se tomó luego de una serie de investigaciones que “se iniciaron a raíz de que el Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza, en el marco de una auditoría, informó las acciones realizadas” en relación a este alimento.
Todo comenzó cuando la Dirección de Inspección General y Fiscalización de la Municipalidad de Godoy Cruz “realizó una inspección en el establecimiento Libertad S.A Hipermercado, sito en S.V. Gonzalez N° 450″, donde detectaron la comercialización de este producto, “que en su lista de ingredientes no presenta la adecuada declaración de alérgenos”.
Por esta razón, el Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza realizó las consultas pertinentes en el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), “a fin de verificar si los registros exhibidos en el rótulo se encontraban autorizados”.
Fue así como se confirmó que “el RNE pertenecía a otra razón social dada de baja desde el 2014, y que el RNPA era existente pero se encontraba en estado no vigente”.
Ante esta situación, la autoridad sanitaria de Mendoza dispuso “prohibir la tenencia, expendio y comercialización en todo el territorio provincial” de todos los paquetes de este alimento, así como también “de todos aquellos productos que exhibieran en su rótulo el RNE N° 04003257″.
Asimismo, solicitó a las Bromatologías Municipales de la misma provincia que “en caso de detectar la comercialización del producto en su municipio, procediera al decomiso e inutilización del mismo informando a ese Departamento de las actuaciones realizadas”.
Por su parte, el Departamento de Higiene de los Alimentos notificó el Incidente Federal N° 2964 en el módulo del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) y precisó que las milanesas de soja en cuestión están “en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13, 155 y 235 séptimo del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros sanitarios, estar falsamente rotulado al no consignar la adecuada declaración de alérgenos, resultando ser un producto ilegal”.
En este sentido, la ANMAT señaló que, “por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República”, con el objetivo de “proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo” de este tipo de alimentos “que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”.
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