El Gobierno Nacional continúa tomando medidas de flexibilización en las fronteras del país. Este lunes habilitó dos pasos fronterizos que unen la provincia de Formosa con Paraguay. La medida fue confirmada a través de la Decisión Administrativa 1197/2021, publicada en el Boletín Oficial.
El cierre de fronteras que provocó la pandemia de COVID-19 de a poco va llegando a su fin. El Poder Ejecutivo autorizó esta madrugada “la apertura como corredores seguros internacionales” del Puente Internacional “San Ignacio de Loyola” que une la localidad de Clorinda con José Falcón (Paraguay) y el Paso Fronterizo Fluvial Puerto Formosa que une a la provincia argentina con Puerto Alberdi, ubicado también en territorio paraguayo.
La Decisión Administrativa firmada por el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y los ministros del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro, y de Salud, Carla Vizzotti, fue en respuesta a la solicitud presentada por el gobierno formoseño que había solicitado la apertura de esos dos pasos fronterizos. De acuerdo al protocolo provincial, aprobado por Nación, la medida alcanza a “todos los argentinos, argentinas, residentes en la República Argentina y personas extranjeras no residentes, salvo los exceptuados de la prohibición de ingreso al país (no vacunados), provenientes de países limítrofes y no limítrofes habilitadas por Autoridad Nacional que ingresan como peatón o por medio de transportes particulares y públicos, para el transito por los pasos fronterizos terrestres”.
Pese a la flexibilización, la reapertura de fronteras contempla un cupo de ingreso de hasta 600 personas por día en el caso del corredor seguro fluvial de la ciudad de Formosa con la ciudad de Alberdi; y de hasta 1.000 personas en el paso que une Clorinda con Puerto Falcón.
Entre los requisitos de ingreso a la Argentina, en la normativa se estableció que las personas deberán haber completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes de su llegada al país y tendrán que presentar ante los controles respectivos el comprobante de su vacunación registrado en la App Mi Argentina o en Mi Portal, o con el carnet de vacunación en soporte papel. En el caso de quienes se hayan inoculado en el extranjero deberán contar con el comprobante validado por el país que efectuó la vacunación.
Extranjeros no residentes, mayores de edad, sin esquema completo o sin vacunar, no podrán entrar al país. A excepción que lo disponga el Ministerio de Salud “cuando concurran especiales y acreditadas razones humanitarias que así lo ameriten, previa intervención del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
Además se exigirá una constancia de la PCR negativa en origen realizada dentro de las 72 horas previas al ingreso al país, a excepción de la persona asintomática, recuperada de COVID-19 en los últimos 90 días desde la fecha del diagnóstico, la cual deberá acreditar ante los controles respectivos, los resultados de las pruebas diagnósticas positivas para coronavirus.
Por su parte, los extranjeros no residentes tendrán que poseer un seguro de salud COVID-19 con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios, para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos.
No obstante, en alerta por la potencial propagación de la variante Ómicron, el Gobierno dispuso que aquellos viajeros que provengan de países africanos -al igual que los argentinos mayores de 18 años que no estén vacunados o tengan incompleto el esquema- y extranjeros no residentes exceptuados del ingreso por contar con certificación consultar o similar, deberán realizar un aislamiento preventivo durante siete días. En este punto se aclaró que los argentinos y residentes lo harán en el domicilio declarado y en el caso de extranjeros no residentes lo realizarán en un hotel destinado a tal fin. En todos los casos, pasada la semana, deberán someterse a un a nueva prueba de PCR, cuyo resultado deberá ser negativo como condición de finalización del aislamiento.
SEGUIR LEYENDO: