El domingo 12 de septiembre se realizarán las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) para definir qué candidatos y candidatas van a disputar los comicios legislativos del 14 de noviembre, en los que se renovarán 127 bancas en la Cámara Baja (diputados/as) y 24 bancas en la Cámara Alta (senadores/as). Según un monitoreo del total de listas presentadas, el cumplimiento de la paridad y alternancia entre mujeres y varones es casi del 100% a nivel nacional, y solo unos puntos menos a nivel provincial. Además, se registró un aumento de la cantidad de mujeres encabezando listas nacionales en relación a otras elecciones, aunque sigue siendo un indicador muy inferior al de los varones.
“La participación política de las mujeres constituye uno de los objetivos centrales en materia de igualdad entre los géneros y una condición necesaria para el ejercicio pleno de la ciudadanía de las mujeres y la realización efectiva de la democracia”, plantea el informe “Paridad en las listas” que presentaron en conjunto la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires y la Asociación de Defensores y Defensoras del Pueblo de la República Argentina (ADPRA), y que incluye recomendaciones para combatir los patrones discriminatorios y las prácticas sexistas que todavía impiden el acceso de las mujeres a la política y a puestos de toma de decisión.
Como casos paradigmáticos sobre la relevancia de las normas destacan las provincias de Corrientes y San Luis. Corrientes, sin ley de paridad provincial, muestra bajos o nulos porcentajes de mujeres encabezando listas; mientras que en San Luis la paridad horizontal para diputados/as provinciales obligatoria por ley provincial impulsó un mayor porcentaje de listas encabezadas por mujeres para senadores/as provinciales, siendo la jurisdicción con mejores resultados en esta categoría.
“Cuanta mayor cantidad de mujeres encabecen listas, mayor será la posibilidad de que efectivamente ingresen a los cargos por los cuales compiten y que traccionen a mayor cantidad de mujeres a los lugares expectables. O sea, que encabece una mujer, gracias a la alternancia, implica que el resto de las mujeres de la lista estarán en mejores posiciones y con mayores probabilidades de acceder a escaños”, explica el documento.
Específicamente, el monitoreo de las listas de precandidaturas a diputados/as y senadores/as nacionales y legisladores/as provinciales puso la lupa en el cumplimiento de las leyes de paridad: la nacional ─Nro. 27412─ y las homólogas provinciales. Es decir, se observó que las listas partidarias estén integradas por 50% de mujeres y 50% de varones, con una distribución alternada desde el primer/a candidato/a titular hasta el último suplente. También se tomó nota de la presencia de mujeres encabezando las listas.
Generalidades y particularidades
Entre las provincias los hallazgos no difieren del panorama nacional: existe un alto porcentaje de cumplimiento de la paridad o cupo, y encabezamientos de mujeres que se ubican entre el 26,5% en promedio para senadores/as provinciales y el 33,3% en promedio para diputados/as provinciales.
Respecto al encabezamiento de las listas de diputados/as, Tucumán presenta el mayor porcentaje de mujeres encabezando con el 75%. Las provincias de Chubut y Jujuy presentan un 50% de listas encabezadas por mujeres: 4 de 8 listas y 2 de 4 listas, respectivamente. Y, por el contrario, Corrientes y Formosa se ubican entre los menores porcentajes de listas encabezadas por mujeres con el 12,5%: 1 de 8 listas.
Pero nada es tan uniforme y, por ejemplo, Tucumán pasa de tener un 75% (para diputados/as) a un 0% de listas encabezadas por mujeres para senadores/as. En términos generales, las precandidaturas para el Senado de la Nación muestran peores porcentajes que las de Diputados/as de listas encabezadas por una mujer.
En diálogo con Infobae, Silke Arndt, Defensora del Pueblo Adjunta de CABA: “Uno de los principales desafíos para lograr una mayor paridad en los cargos es mejorar el encabezamiento de listas por parte de las mujeres, tema en el que queda por trabajar. Pero lo positivo es ver que ha habido una mejora respecto de los monitoreos previos. En la actualidad, las mujeres en el Congreso Nacional representan 38,9% en el Senado y 42,4% diputadas. Persisten diferencias en algunas provincias que no sancionaron leyes provinciales de paridad, y también la necesidad de analizar reformas a las leyes de paridad actuales”.
Entre el debe y el haber
En Argentina, el recorrido de incorporación y de reconocimiento de las mujeres en la vida pública y política celebra ciertos hitos importantes: la Ley 13.010 de Voto Femenino en el año 1947, la Ley 24.012 de Cupo Femenino en 1991, y la sanción de la Ley 27.412 de Paridad en Ámbitos de Representación Política en el mes de noviembre de 2017.
El Cupo Femenino obligó a los partidos políticos a incorporar un 30% de mujeres con posibilidades de resultar electas en las listas a cargos legislativos. Y aunque implicó un salto cuantitativo de participación de las mujeres en el poder legislativo, se terminó instalando como un techo que continuaba limitando la equidad.
A partir de la ley nacional de paridad, que oficializa las listas integradas en un 50 y 50, 14 provincias sancionaron sus propias paridades. Para el proceso electoral 2021, entonces, 21 de las 24 provincias argentinas van a regirse con normativas que regulan la participación proporcional y equivalente de géneros en ámbitos de representación política. Solo Corrientes, Tierra del Fuego y Tucumán continuarán rigiéndose por el cupo de género.
Pero ¿alcanza con la ley de paridad? ¿La sanción de una norma acaba con la discriminación y asegura derechos políticos?
Precisamente, el estudio de la Defensoría y ADPRA señala que, aún sin leyes provinciales de paridad, Tierra del Fuego tiene un gabinete paritario y en Tucumán las mujeres encabezan 9 de las 12 listas de precandidaturas a la Cámara Baja. Por el contrario, la Cámara de Senadores en Salta quedó conformada por 96% de varones y 4% de mujeres luego de las elecciones del pasado 15 de agosto a pesar de contar con ley de paridad. Solo una mujer senadora. Y la Cámara de Diputados quedó compuesta por 67% de varones y 33% de mujeres.
Ximena Cardoso Ramírez, politóloga del área política del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género, señala lo fundamental de pensar en el diseño del sistema electoral: “La forma en la que se combinan la magnitud de los distritos, las estructuras de las boletas de votación, la adjudicación de los escaños, influye en cómo resultará la conformación del órgano que se elige. En Salta, la Ley de Paridad de Género exime a quienes disputan cargos unipersonales, como sucede con el Senado o el caso de gobernadores o intendentes. Otra parte del problema tiene que ver con el poco compromiso de los partidos políticos a la hora de priorizar liderazgos femeninos. La ley hace referencia al proceso de selección de candidatos/as y a la conformación de las listas, más que a la proporción de mujeres que deben resultar electas a partir de la aplicación de este mecanismo. De ahí la importancia de ubicar mujeres encabezando listas”.
Para Cardoso Ramírez, los monitoreos posteriores confirman que las leyes de paridad no son suficientes: “Es necesario que se tenga en cuenta cómo afecta el sistema electoral ─en especial cuando son pocos los cargos que se disputan─, y el encabezamiento de las listas que, hasta ahora, depende únicamente de la voluntad de los partidos políticos. Además, creo que hace falta remarcar el valor de que exista una ley de paridad que alcance a otros poderes del Estado (no solo el legislativo), de manera que las mujeres políticas puedan estar amparadas y reclamar si eso no llega a cumplirse”.
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