La ANMAT prohibió la comercialización de un barbijo falsificado

La disposición fue publicada este jueves en el Boletín Oficial. Las actuaciones se iniciaron a raíz de una consulta recibida por parte de una farmacéutica

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La ANMAT prohibió a través de su publicación en el Boletín Oficial, el uso y la comercialización de un barbijo
La ANMAT prohibió a través de su publicación en el Boletín Oficial, el uso y la comercialización de un barbijo

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este jueves a través de su publicación en el Boletín Oficial, la comercialización de un barbijo falsificado.

Concretamente, la Disposición 5801/2021 dispone la prohibición del “uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del producto médico falsificado: “INDUMENTARIA DESCARTABLE – BARBIJO DE USO ÚNICO. Contiene: Barbijo descartable tableado triple recto con elástico 1 PACK x 50 UNIDADES. Lote: 180820BA Vto.: 18/08/25, Director Técnico: Farm. Roberto Carluccio - M.N. 12.728, HLB PHARMA GROUP S.A. AUTORIZADO POR ANMAT PM LEGAJO 1637-4”.

Además, ordenó a la firma HLB PHARMA GROUP S.A. retirar del mercado el “BARBIJO DE USO UNICO CON ELASTICO, PACKS POR 50 UNIDADES, LOTE 180820BA”, debiendo presentar ante la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud la documentación “respaldatoria de dicha diligencia”.

En el considerando explica que las actuaciones se iniciaron a raíz de una consulta recibida por parte de la farmacéutica de la Farmacia del Hospital Raul Larcade, Secretaria de Salud del Municipio de San Miguel, sobre la legitimidad de barbijos adquiridos por la institución, marca HLB PHARMA, cuyo rótulo detallaba la codificación de lote y vencimiento en manuscrito y adjuntaba al correo una imagen del producto.

Ante ello, se solicitó a la firma titular de registro HLB PHARMA GROUP S.A. que informe si el producto en cuestión se correspondía con un producto elaborado por la firma.

Como respuesta, se afirmó que el producto “NO ES PROPIEDAD DE HLB PHARMA GROUP aunque el mismo posee la misma forma de codificado y es muy similar a uno que fue elaborado en nuestra planta”. La conclusión fue que, por lo expuesto, “la unidad en estudio es un producto médico falsificado y toda vez que la firma titular de registro (HLB PHARMA GROUP S.A.) ha elaborado unidades legítimas que llevan el lote 180820BA, podrían encontrarse en el mercado unidades legítimas y falsificadas con el mismo número de identificación”.

En consecuencia, desde el punto de vista sanitario,se trata de un producto falsificado” y que se desconoce su efectivo origen y composición, no pudiendo garantizarse “su calidad, seguridad y eficacia, situación que resulta en un riesgo para la salud de la población”.

Es por ello que, según el documento, “la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos falsificados involucrados, sugirió: a) Prohibir uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional del producto médico: “INDUMENTARIA DESCARTABLE – BARBIJO DE USO ÚNICO. Contiene: Barbijo descartable tableado triple recto con elástico 1 PACK x 50 UNIDADES. Lote: 180820BA Vto.: 18/08/25, Director Técnico: Farm. Roberto Carluccio - M.N. 12.728, HLB PHARMA GROUP S.A. AUTORIZADO POR ANMAT PM LEGAJO 1637-4” y b) Ordenar a la firma HLB PHARMA GROUP S.A. el retiro de mercado del producto “BARBIJO DE USO UNICO CON ELASTICO, PACKS POR 50 UNIDADES, LOTE 180820BA”.

Hay antecedentes similiares. Algunos meses atrás, la Disposición 1909/2021 estableció la prohibición del “uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de los productos médicos, con o sin estuche secundario”, rotulados como “dimex indumentaria descartable – BARBIJO DE UNICO USO – contiene: BARBIJOS DESC. TABLEADO TRIPLE CAPA CON ELASTICO Y ADAPTADOR NASAL – 1 PACK X 50 UNIDADES – Fecha de elaboración 05/02/2021, Lote: 0202TEL222M, Vencimiento: 05/02/2026. CINMOR SRL, TRONADOR 418 CABA – autorizado por la ANMAT PM 2289-3, Venta exclusiva a profesionales e instituciones sanitarias – Industria Argentina”. Ordenó a la firma DIMEX de CINMOR S.R.L. el retiro del mercado de los productos en cuestión.

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