Ratificaron el fallo que le impide a la AFIP cobrarle el Impuesto PAIS a una pareja que está en Brasil para tratar la enfermedad de su hija

Lo resolvió la Cámara Federal de Mar del Plata, tras un amparo presentado por los padres de la menor de tres años. La familia está radicada en Porto Alegre para seguir el tratamiento de la nena, que padece leucodistrofia metacromática

La nena recibe un tratamiento en Brasil

La Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad de Mar del Plata confirmó el fallo que obliga a la AFIP a no cobrarle el Impuesto PAIS y ni el impuesto a las Ganancias a una pareja que está radicada en la ciudad brasileña de Porto Alegre para tratar la grave enfermedad que aqueja a I.B., su hija de tres años. La decisión, que lleva la firma de los jueces Eduardo Jiménez y Alejandro Tazza, ratifica así lo dispuesto en marzo por el juzgado federal N°2 de la ciudad bonaerense de Azul, tras un amparo presentado por los padres de la menor.

Leucodistrofia metacromática es el nombre de la enfermedad que padece I.B., una nena oriunda de la ciudad bonaerense de Tandil. Se trata de una grave y extraña patología neurológica degenerativa que por el momento no tiene cura. Y como no hay un procedimiento médico efectivo, la menor fue seleccionada por el Children’s Hospital of Pittsburgh, (en Estados Unidos), y por el laboratorio Takeda Pharmaceutical Company para realizar un tratamiento experimental en una clínica asociada de Porto Alegre.

Al ser la única opción, Laura y Gustavo, los padres de la pequeña de tres años, no dudaron en ir a vivir a Brasil en febrero de 2020 pese a que eran conscientes de que mantenerse implicaría gastos en dólares. Es que si bien el procedimiento es financiado casi en su totalidad por las instituciones médicas que eligieron a I.B., la pareja debe hacerse cargo de algunos otras obligaciones médicas que debido a que son en moneda extranjera, les es casi imposible afrontar.

La nena está radicada en Brasil desde 2020

A raíz de esto, Laura decidió abrir una cuenta en el Banco de la Nación Argentina, con el objetivo de recibir donaciones y así solventar la estadía en Brasil. Sin embargo, en medio de su dura pelea para salvarle la vida a I.B., el matrimonio tuvo que encarar otro problema: la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comenzó a aplicarle a la caja de ahorros las retenciones del 35% correspondientes al “Impuesto PAIS” y el 30% de adelanto de percepción del impuesto a las ganancias.

La pareja inició entonces una acción de amparo contra el organismo impositivo y la entidad bancaria y la justicia de les dio la razón. Primero fue el juzgado federal N°2 de Azul y ahora la Cámara Federal de Apelaciones marplatense. De esta manera, a partir de ahora, el Estado argentino no podrá retenerles el impuesto por lo que gasten en Brasil.

“Es claro entonces, que los gastos de alimentación, movilidad y vivienda absolutamente necesarios para solventar la vida y calidad de vida de este grupo familiar, con dinero bancarizado de donaciones recibidas, denota una peculiar caracterización en circunstancias particularmente humanitarias, y por tal razón, entiendo que ellos no pueden ser sujeto a “impuesto país” o a lo dispuesto” en Ganancias, reza el fallo al que accedió Infobae. La única salvedad de la resolución -a diferencia de lo que resolvió el juez de primera instancia- es que la pareja deberá documentar cada uno de los gastos que efectúen en el exterior y así demostrar que se trata de desembolsos producidos del tratamiento médico y su vida cotidiana en Brasil.

De esta manera, dijeron los jueces, la AFIP y el Banco Nación “deberán abstenerse de efectuar retenciones por el denominado “Impuesto País” y por “Adelanto de percepción de Impuesto a las Ganancias”, sobre los consumos efectuados con tarjeta de débito de la Caja de Ahorros.

I.B. y su papá

Según explicó a Infobae la defensora pública de Tandil, Victoria Sánchez Soulié, quien representó a la familia de I.B., por el momento no hizo ninguna devolución por parte del dinero que se les fue retenido durante el año y medio que llevan radicados en Brasil, ya que recién ahora están reuniendo los recibos y resúmenes de cuenta para hacer una nueva presentación judicial. “Si lo hacemos vía administrativa de la AFIP, puede tardar mucho. Si bien la Cámara puso eso como requisito, no especificó cómo se debe hacer la devolución”, señaló la abogada, quien dijo que se trata de una resolución inédita en el país.

La abogada explicó que esperan que no se convierta en un “trámite burocrático más”, donde tarden entre un año y un año y medio en hacerle la devolución porque la familia necesita el dinero para el día a día de su estancia en Brasil. “No involucramos porque era una situación muy injusta. Además del dolor que padecen por la enfermedad de la nena, el cobro de los impuestos le aumentó un 65% sus gastos en Brasil. Es algo muy difícil para ellos”, agregó la letrada.

Infobae se puso en contacto con los padres de la nena. Desde Brasil expresaron su felicidad por la decisión de la justicia y esperan que la devolución del dinero sea lo más pronto posible.

“La sentencia es firme. Ya no se puede apelar. Ahora se va a abrir otra instancia para ver cómo van a devolver el dinero y que se forma inmediata y retroactiva. Para nosotros sería un golazo poder tener ese dinero y que sabemos que está cobrado injustamente. Gastamos mucha plata en terapia. Son como 900 dólares por mes en distintas terapias. Es dinero que nos ayudaría mucho y se trata de una plata que la gente donó. No es plata mía. Yo hace un año y medio no trabajo y la situación es muy difícil”, dijo Gustavo a este medio.

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