La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un aceite de oliva producido en la provincia de Mendoza, por no tener las autorizaciones sanitarias al día. La medida fue establecida por la Disposición 7036/2020, que se publicó en un suplemento del Boletín Oficial del viernes.
Se trata del aceite de oliva marca “La Paz”, elaborado y envasado artesanalmente en la región de Tupungato, el cual, según una investigación del organismo, cuenta con información desactualizada en su etiqueta de presentación.
De acuerdo con la ANMAT, este producto “consigna un RNPA (Registro Nacional de Productos Alimenticios) inexistente y un RNE (Registro Nacional de Establecimientos) dado de baja", por lo que está “falsamente rotulado y en consecuencia es ilegal”.
Por esta razón, se ordenó frenar “la comercialización (de este óleo) en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta digitales” y darle aviso de esta disposición a “las autoridades provinciales, al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires”.
También se informará de esta medida “a la Cámara Argentina de Supermercados (CAS), a la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), a la Federación Argentina de Supermercados y Autoservicios (FASA), a la Cámara de Industriales de Productos Alimenticios (CIPA), a la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL) y a quienes corresponda”.
En los considerandos, la ANMAT explicó que toda la investigación comenzó “a raíz de una consulta de un consumidor" al Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la comercialización de este producto.
A partir de la duda de esa persona, esta institución comenzó a hacer las consultas pertinentes a los organismos federales para tratar de verificar si el aceite en cuestión figuraba en los registros oficiales, pero la autoridad sanitaria de la provincia de Mendoza informó que “el RNPA es inexistente y que el RNE pertenece a un establecimiento que se encuentra dado de baja”, ya que “no cuenta con actividades y rubros habilitados”.
Ante esta situación, el INAL le notificó del incidente a la Red del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria, que a su vez solicitó la ayuda del Ministerio de Desarrollo Agrario bonaerense para “realizar una inspección al comercio expendedor” de este artículo, “a fin de investigar la procedencia del producto”.
Según precisó la ANMAT, el problema con los alimentos que no se encuentran debidamente registrados es que “no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado”.
Por esta razón, tampoco se puede garantizar “su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”.
Es por ello que, para “proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo” de estos productos, es que en este tipo de casos se recomienda que se prohíba que sean “elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República”.
Por un motivo similar a este, la ANMAT ordenó unos días atrás que se retiren del mercado todas las harinas elaboradas por el establecimiento Molino Harinero a nombre de Alimentos Paberfra S.A (CUIT 30-71025189-0).
Según el organismo, esta empresa no cuenta con la inscripción ante el Registro Único de Cadena Agroalimentaria, ya que se encuentra clausurado, por lo que “debe abstenerse de producir y comercializar productos y/o subproductos de la molienda”.
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