Aclararon que no es obligatorio que empleados presenten certificados médicos descartando COVID-19 para reincorporarse a sus trabajos

En una Resolución Conjunta, los Ministerios de Salud y de Trabajo explicaron que el Gobierno nunca facultó a los empleadores para solicitar ese tipo de documentación en el marco de la reapertura de algunos sectores

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En el marco de la reapertura de algunas actividades económicas en diferentes regiones del país, el Gobierno aclaró este viernes que las personas no están obligadas a presentar un comprobante de que no están contagiadas de coronavirus para poder reincorporarse a sus puestos laborales. Así lo estableció la Resolución Conjunta 5/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial.

El documento, firmado por el ministro de Salud, Ginés González García, y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Claudio Moroni, señaló que las medidas tomadas por las autoridades nacionales en el contexto de la emergencia sanitaria “no facultan a los empleadores a exigir certificaciones médicas o estudios relativos al COVID-19, a los trabajadores que ingresen o se reintegren a sus tareas”.

De acuerdo con el texto, esta especificación surgió a partir “de diversas situaciones planteadas por los actores sociales”, en torno a la posibilidad o no de pedir “resultados de estudios acerca de la presencia” de esta enfermedad.

Ante esa situación, ambos Ministerios consideraron que correspondía “dar una respuesta conjunta, que aclare debidamente la cuestión, en una interpretación auténtica de la normativa” vigente.

En la Resolución se recordó que el Gobierno coordina con “las autoridades competentes de las diferentes jurisdicciones” las “pautas de implementación para el retorno a la actividad laboral presencial en contexto de pandemia”.

Esto se hace observando las “recomendaciones sanitarias en materia de prevención y control de la salud pública” para que determinados sectores puedan volver a funcionar “sin poner en peligro los esquemas implementados para evitar la propagación” del virus.

No obstante, se remarcó que “no se desprende del ordenamiento de referencia la posibilidad de requerir certificaciones como las descriptas, conducta que, por otra parte, podría colisionar con normas de superior jerarquía, que vedan la discriminación en sus diversas formas y preservan la reserva y confidencialidad de los pacientes”.

No es necesario comprobar que no se está infectado de coronavirus para poder regresar al trabajo. (Shutterstock)
No es necesario comprobar que no se está infectado de coronavirus para poder regresar al trabajo. (Shutterstock)

En este sentido, se remarcó “que el paciente tiene derecho a que se guarde la debida reserva” de su información personal, salvo su expresa autorización o “disposición en contrario emanada de autoridad judicial competente”.

Además, las autoridades nacionales destacaron que “la Constitución Nacional en su Artículo 14 establece que todos los habitantes de la Nación gozan derecho de trabajar y ejercer toda industria lícita y, asimismo, en su Artículo 14 bis establece que el trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador condiciones dignas y equitativas de labor, entre otros”.

Esta aclaraciones llegó el mismo día en el que el presidente Alberto Fernández anunciará una nueva prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio, que regía hasta el 16 de agosto.

El 20 de julio pasado el Gobierno habilitó más de 35 actividades que pudieron volver a funcionar en 35 municipios del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA): Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López.

En esos lugares se permitió la fabricación de productos del tabaco, de productos textiles, de indumentaria, de manufacturas de cuero, de calzado, de celulosa y papel, de productos de la industria química y petroquímica, de plásticos y sus subproductos, de neumáticos y de cerámicos, además de la venta al por menor de otros rubros en comercios de cercanía con ingreso de clientes, y de servicios inmobiliarios y martilleros, entre otros.

Estos sectores luego continuaron habilitados durante esta última etapa de la cuarentena, que se mantuvo sin cambios, y se prevé que continúen abiertos después del próximo 16 de agosto.

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