Abuso sexual en un cuartel de bomberos: lo procesaron por acosar y pedirle sexo a una compañera

La Cámara del Crimen consideró que ejerció "una conducta que afectó la libertad sexual de la víctima, entendida como la libre disposición del cuerpo”

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A. conservaba con tres compañeros en el patio del cuartel de bomberos cuando otro se acercó. La agarró de la cintura con las dos manos, le apoyó el pene, le puso la cabeza en el hombro y le dijo “tengo unas ganas de ir al octavo”, en referencia a donde están las habitaciones del lugar. Ella le recriminó lo que hizo pero él se burlaba y se reía. No era la primera vez que era víctima de su abuso pero iba a ser la última.

Lo denunció en la justicia y a un año del hecho, la Cámara del Crimen dijo que no había dudas que se trató de un caso de abuso sexual. “No se puede sostener que apoyar una parte íntima en el cuerpo de una compañera de trabajo solamente puede ser considerado un ´chiste´ y que no merece reproche penal”, sostuvieron los jueces Pablo Lucero y Rodolfo Pociello Argerich en un fallo dictado a fines de julio al que accedió Infobae en el que agregaron que “el imputado ejecutó una conducta que afectó la libertad sexual de la víctima, entendida como la libre disposición del cuerpo”.

Con el procesamiento de la Cámara, el caso se encamina a juicio oral por el delito de abuso sexual simple que tiene una pena de seis meses a cuatro años de prisión.

El hecho ocurrió 9 de junio de 2019 en un cuartel de bomberos de la ciudad de Buenos Aires. La mujer, de 32 años y cuya identidad como otros de la causa este medio mantendrá en reserva por la privacidad de la víctima, contó en su denuncia que después del acoso de su compañero ella se lo recriminó y él empezó a reírse y burlarse, mientras que los otros tres bomberos que estaban con ella no intervinieron. Pero su testimonio iba a ser importante para la causa.

La víctima le informó al jefe de guardia lo que había ocurrido y también que no era la primera vez que pasada. Dijo que a principio de años en otras oportunidades su compañero le había dicho “¿me das un beso?”, “¡te comería la boca!”, “¿cuando me vas a invitar a tu casa?”. Y presentó la denuncia penal.

En primera instancia el bombero fue sobreseído. En su indagatoria negó el hecho. Declaró que solo le apoyó la cabeza en el hombro en forma afectuosa y cariñosa pero sin ninguna otra intención. La fiscal de instrucción Marcela Sánchez apeló el sobreseimiento a la Cámara del Crimen para que sea revisado porque entendía que se trató de una caso de abuso sexual.

Los jueces de la Cámara tuvieron en cuenta el testimonio de los tres bomberos que charlaban con la víctima. Principalmente el de uno de ellos quién declaró “haber visto como el imputado tomó de la cintura a su compañera y la arrastró hacía atrás, es decir, hacia su propio cuerpo y en ese contexto le apoyó su cabeza en el hombro de ella”.

El Cuerpo Médico Forense evaluó psicológicamente a la mujer y concluyó que “se descarta exacerbación patológica de la imaginación, por lo cual el relato impresiona como verosímil, debiendo aclararse que ello no implica validar los hechos” y que “la verosimilitud es una impresión que da cuenta de que la ocurrencia de los hechos no guarda características patológicas”.

“La conducta del imputado es impúdica y tiene contenido sexual. No se puede sostener que apoyar una parte íntima en el cuerpo de una compañera de trabajo solamente puede ser considerado un ´chiste´ y que no merece reproche penal”, señalaron los camaristas. Para los jueces “este episodio no debe analizarse como un hecho aislado” porque “en otras oportunidades el imputado la había acosado al decirle frases de contenido sexual”.

“Tuvo actitudes libidinosas de carácter inequívocamente sexual en una parte corporal de la damnificada, atentando de esa manera la reserva sexual de aquella. Con su despliegue, el imputado ejecutó una conducta que afectó la libertad sexual de la víctima, entendida como la libre disposición del cuerpo”, agregaron Lucero y Pociello Argerich.

Para los camaristas también se comprobó que el acusado “tenía conocimiento de estar realizando un acto de carácter sexual, sin el consentimiento de la víctima”. Con el procesamiento la justicia ya abrió el camino para que el acusado sea juzgado en un juicio oral.

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