La ANMAT prohibió un alcohol etílico y un limpiador líquido desinfectante

La disposición fue publicada este lunes en el Boletín Oficial

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La ANMAT prohibió este lunes la comercialización en todo el territorio nacional del WS Alcohol etílico graduación 96º. Sanitizante. Uso externo para superficies
La ANMAT prohibió este lunes la comercialización en todo el territorio nacional del WS Alcohol etílico graduación 96º. Sanitizante. Uso externo para superficies

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este lunes a través de una disposición publicada en el Boletín Oficial, la comercialización de un alcohol etílico y de un limpiador líquido antibacterial y desinfectante.

En la Disposición 4900/2020, se prohíbe “la comercialización en todo el territorio nacional de los productos rotulados como ‘DIAMANTE Limpiador Líquido-antibacterial-desinfectante- Amonio cuaternario 0,1%- solución líquida de amonio cuaternario- listo para usar- Industria Argentina’ y ‘WS Alcohol etílico graduación 96º. Sanitizante. Uso externo para superficies'”.

En las razones expuestas en el considerando se explica que ante consultas por ambos productos, sobre el limpiador indica que “su rotulado carecía de datos que identificaran su elaborador y su registro sanitario ni constaban productos registrados, o en trámite de registro, que respondieran a dichos datos identificatorios”.

En tanto, por el alcohol etílico señaló que “el rotulado refería a su uso como sanitizante de superficies, constatándose que carece de datos que identifiquen al establecimiento elaborador/fraccionador así como de su pertinente registro sanitario y que verificó que no constaban productos registrados como sanitizantes de superficies ni en trámite de registro ante esta Administración Nacional que respondieran a dichos datos identificatorios, por lo cual se encuentra falsamente rotulado”.

Frente a ello, la administración sostiene que “desde el punto de vista sanitario, se trata de productos ilegítimos, que declaran datos no veraces en su rotulado y que se desconoce su efectivo origen y composición, no pudiendo garantizarse su calidad, seguridad y eficacia, situación que resulta en un riesgo alto para la salud de la población teniendo en cuenta el contexto actual de uso de este tipo de productos destinado a la higiene y sanitización”.

Esta no es la primera vez que la ANMAT retira del mercado un producto desinfectante en medio de la pandemia del coronavirus: a principios de julio lo había hecho con un alcohol en gel marca PROGEL- Chemical GMD- Industria Argentina- Uso profesional”.

En ese caso en particular, el organismo había informado que la alarma se encendió a partir de “un correo electrónico consultando sobre la habilitación, por sospecha de ilegitimidad del producto”.

Tras las consultas pertinentes, se pudo detectar que no se “halló ningún producto cosmético inscripto que responda a esos datos identificatorios” y se informó que “en el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) el N° 020034550 que se consignaba en el rótulo no corresponde a ningún establecimiento habilitado ante la ANMAT bajo el rubro cosmético”. Además, no contaba “con habilitación sanitaria nacional para el rubro cosmético”.

La semana pasada, en tanto, se prohibió la comercialización de otra marca de alcohol en gel y etílico, dos de los insumos básicos para hacerle frente al virus, pero que tampoco cumplían con las normativas sanitarias vigentes.

En primer lugar, se ordenó retirar de circulación “todos los lotes y todas las presentaciones y contenidos netos, de los productos rotulados como EL COLOSO Alcohol etílico 96º y EL COLOSO Alcohol en gel”.

En esta oportunidad, fue porque la empresa DESCARTABLES CAROMAR S.A. denunció “la comercialización por la web de un producto cosmético ilegal usurpando su marca comercial y que dicho producto fue anunciado en el portal Marktplace de Facebook”.

Las averiguaciones posteriores concluyeron que esta compañía es “titular de diversos productos cosméticos de la marca EL COLOSO”, pero ninguno de ellos está “inscripto como alcohol en gel ni alcohol etílico que responda a esos datos identificatorios“, por lo que se trataba de artículos falsificados.

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