En el marco de la cuarentena obligatoria por la pandemia de coronavirus, el Gobierno Nacional presentó una guía con el objetivo de establecer un criterio unificado para el desarrollo de las audiencias de mediación a distancia, para ser utilizada mientras siga vigente el aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Así lo resolvió la Subsecretaría de Acceso a la Justicia, que depende del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, a través de la Disposición 7/2020 que fue publicada este viernes en el Boletín Oficial.
En un contexto en el que rige la feria judicial, pero en el cual la Corte Suprema de Justicia autorizó la realización de presentaciones en formato digital con firma electrónica y también que se celebren acuerdos por medios virtuales o remotos, el Gobierno publicó la guía mencionada para realizar procedimientos de mediación que se pueden llevar a cabo “a través de las nuevas tecnologías que posibiliten su realización, en un entorno virtual donde las partes dialoguen, independientemente del lugar donde se encuentren, como sucedería en el caso de la mediación por videoconferencia, mensajería u otro medio análogo de transmisión de la voz o de la imagen”.
De esta forma la Subsecretaría de Acceso a la Justicia sostuvo el desarrollo de las mediaciones “en días hábiles judiciales, en virtud de lo cual, mientras se extienda la feria establecida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, no podrán realizarse más que por convenio expreso de las partes, no resultando admisible su convocatoria por medio de carta documento, cédula o sorteo”.
El mediador, que haya quedado firme su designación antes del parate por la cuarentena, podrá proponer la readecuación del procedimiento bajo la modalidad “a distancia”. En tal caso, las partes deberán manifestar su conformidad por escrito “a través de cualquier soporte”.
En cuanto a las solicitudes de quienes requieran la apertura de un proceso de mediación a distancia, deberán ser enviadas por correo electrónico. Luego el mediador se comunicará con las partes para convenir día y horario de la audiencia y la plataforma electrónica o modalidad de comunicación que se utilizará. En todos los casos, los participantes lo tendrán que hacer desde los domicilios particulares que hayan notificado.
Se aclaró que antes de celebrada la primera audiencia, “la parte requirente transferirá los gastos administrativos a la cuenta que el mediador indique”.
Uno de los puntos más relevantes de la guía es el referido a la confidencialidad. Se estableció que al iniciarse la audiencia, el mediador informará sobre la prohibición de grabarlo y/o reproducirlo por cualquier medio. Por su parte, “los participantes se comprometerán a no transgredir dichas prohibiciones y manifestarán que no se encuentran presentes personas ajenas al procedimiento, observando ni escuchando por cualquier medio”.
En tanto, las partes deberán contar con asistencia letrada obligatoria durante toda la audiencia. Sin embargo, los letrados no están obligados a compartir el mismo espacio físico con sus representados, sino que basta con permanecer conectados durante todo el proceso.
“El resultado de la primera audiencia se consignará en el Acta MEPRE, que se enviará a los correos electrónicos de los participantes. Por su parte, cada uno de ellos manifestará la aceptación de los datos contenidos en el acta, o solicitará su ratificación si le resultare necesario, mediante correos electrónicos enviados al mediador con copia a los demás participantes”, se agregó.
A su vez, se recalcó: “Queda diferido el pago del bono de inicio de mediación hasta tanto se arbitren los mecanismos necesarios para su implementación por medios electrónicos. De no contar con un bono pago, el mediador deberá generar el bono de inicio de mediación y trabajar de modo formulario PDF. Una vez que cuente con el pago del bono, procederá a completar la carga en el sistema MEPRE”.
Las actas de las audiencias realizadas bajo esta modalidad deberán consignar en el sector “Observaciones” la leyenda “Realizada en la modalidad a distancia”.
Se aclaró que las mediaciones llevadas a cabo bajo esta modalidad “no podrán finalizar por la causal de incomparecencia”.
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