Frecuencia, paradas y vehículos: las nuevas exigencias para pasajeros y choferes de colectivos

Entre otras medidas, quedarán anuladas las puertas delanteras de los micros y deberá haber una aislación transparente que separe al conductor del resto de los viajantes

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Una de las mayores preocupaciones que tiene el Gobierno Nacional a la hora de pensar en flexibilizar la cuarentena es el uso del transporte público debido a las dificultades para hacer cumplir el distanciamiento social y prevenir posibles contagios de coronavirus. Por ello, la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT) estableció nuevas exigencias en el protocolo dispuesto para pasajeros y choferes de colectivos.

A través de la Disposición 28/2020, publicada este martes en el Boletín Oficial, se detalló los alcances del protocolo “plan de Emergencia-COVID-19, para el transporte automotor”, en el cual se establecieron las pautas mínimas de higiene y prevención que contribuyan a minimizar la propagación del virus.

El personal asignado al servicio deberá tener a su alcance: alcohol en gel y soluciones a base de alcohol, además de jabón antibacterial y toallas desechables. Las empresas deberán proveer diariamente de barbijos a los conductores y demás empleados que desarrollen tareas vinculadas a la actividad en instalaciones de la misma, terminales de ómnibus o ferroautomotoras.

Se deberá fomentar el teletrabajo, en casos que no se correspondan con trabajos esenciales propios de la actividad, y el uso digital en transacciones para minimizar el contacto físico a través de la circulación de dinero.

Según estableció la CNRT, esta medidas se encuentra dirigida “a todos los operadores de transporte automotor de pasajeros y de carga de jurisdicción nacional y a los concesionarios de las terminales de ómnibus y ferroautomotoras” que se encuentren bajo la órbita de dicho organismo.

El protocolo estableció particularidades de acuerdo al tipo de transporte. En el caso del automotor urbano de pasajeros, las empresas tendrán que mantener, mientras dure la cuarentena, los esquemas de frecuencias para la prestación de servicios dispuestos para evitar la convocatoria diaria del personal que no resulte esencial para su prestación.

Antes de entrar en servicio, los conductores deberán seguir siendo sometidos a controles de temperatura corporal. Si presenta fiebre, o algún síntoma compatible con COVID-19, no deberá trabajar y se dispondrá el protocolo para personal enfermo. En el caso de que el diseño del colectivo lo permita, se deberá clausurar la puerta de ingreso delantera que se ubica a la derecha del chofer. Para los pasajeros quedarán habilitadas las puertas posteriores de la unidad, tanto para el asenso como para el descenso.

En todos los colectivos deberá instalarse una aislación física transparente que separe a los pasajeros del conductor. Además de instalarse una señal de separación entre el chofer y el pasaje a un metro y medio del habitáculo del conductor, mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio, “quedará anulada íntegramente la primera fila de asientos, debiendo sentarse los pasajeros con la debida distancia social, pudiendo el conductor manifestarlo cada vez que lo considere necesario”. Así como el chofer deberá usar barbijo, también lo tendrán que seguir cumpliendo los pasajeros, con la excepción que se permite en sus casos el uso de tapabocas como alternativa.

El interior de los vehículos continuará siendo desinfectado al comenzar y al finalizar cada servicios “mediante un pulverizador rociador con una solución desinfectante a base de alcohol, lavandina u amoniaco, u otro desinfectante aprobado por el Ministerio de Salud, prestando especial atención a los pasamanos y todos los elementos que utilizan habitualmente para sujetarse los pasajeros”. Mientras el vehículo se encuentre a la espera de iniciar servicio, como así también durante su circulación, deberá permanecer con sus ventanillas abiertas para facilitar la ventilación continua.

Transporte automotor interurbano de pasajeros: si bien se encuentra suspendido el servicio desde que se decretó el aislamiento social el pasado 20 de marzo, en este caso el protocolo rige para los servicios que hubieren sido exceptuados por razones de carácter sanitario y/o humanitario, y/o de abastecimiento. Además de cumplir las mismas medidas mencionadas anteriormente con respecto al control de temperatura de los conductores, de disponer de una aislación física transparente entre ellos y los pasajeros, y del uso obligatorio de barbijos; el chofer y su acompañante deberán mantener una distancia de seguridad de un metro y medio. Se aclaró que si la unidad dispone de catre, cada chofer deberá contar con su propia ropa de cama.

Además de ser desinfectado antes y después de cada recorrido, el vehículo deberá circular durante todo el viaje en forma ventilada. En lo que respecta al acondicionamiento del mismo, en los baños tendrá que haber un rociador con una solución de agua y lavandina en las proporciones que indique el Ministerio de Salud.

Por otra parte, se expresó que si algún pasajero presenta síntomas de fiebre y tos, deberá ser aislado en lo posible del resto de los pasajeros y mantener una distancia de seguridad de al menos de tres metros, mientras el chofer se comunica con las líneas telefónicas específicas para recibir instrucciones sobre como proseguir. De todas maneras, los conductores deberán contar un listado de los centros de salud que se encuentran cercanos al recorrido que tienen programado.

Transporte automotor de cargas generales y peligrosas: en estos casos los conductores no deberán presentar ningún síntoma de coronavirus antes de entrar en servicio, y tendrán que contar con los insumos básicos que determinó la cartera sanitaria. Los vehículos serán desinfectados en forma previa a la toma de cada servicio y a su finalización “como mínimo”. En caso de emergencias, a bordo de cada unidad deberá portarse un listado de los centros de salud cercanos dentro del recorrido establecido.

La CNRT dispuso además que terminales de ómnibus y ferroautomotoras también tienen que cumplir con el protocolo. En estos casos, se establecen las siguientes pautas mínimas:

- Mantener los ambientes ventilados en forma permanente.

- Deberá aumentarse la frecuencia para la limpieza de los lugares públicos de la terminal, la cual deberá ser efectuada un mínimo de 4 veces al día con productos desinfectantes. Del mismo modo, deberá realizarse la higiene en los baños públicos cada 1 hora o tiempo menor de acuerdo al flujo de personas que circulen en la Terminal.

- Incrementar el cuidado del personal y del público usuario mediante la colocación de suministros de alcohol en gel, soluciones a base de alcohol y/o cualquier otro insumo que recomiende el Ministerio de Salud, en lugares de fácil acceso.

- Supervisar que los suministros para el lavado de manos (es decir, jabón antibacterial, toallas desechables) estén constantemente disponibles.

- Distribuir y notificar un protocolo que obligue a los arrendatarios o concesionarios de servicios de la terminal a efectuar las limpiezas periódicas de los locales y los bienes objeto de los alquileres y concesiones, efectuándose especial atención en relación a los utensilios de cocina y servicio de mesas de los bares y restaurantes que operan en las terminales.

- Las Concesionarias deberán arbitrar las medidas tendientes a impedir la aglomeración de personas, disponiendo a través de los medios de difusión correspondientes que los pasajeros que no necesiten asistencia y que se encuentren en compañía de familiares, amigos u otros, se les recomiende retirarse de la terminal y que las personas mantengan entre sí las distancias aconsejadas por el Ministerio de Salud.

- Queda prohibido el acceso a plataformas, de personas que no harán uso del servicio de transporte. Deberá indicarse esto en forma permanente por sistemas de parlantes y por los medios tecnológicos que se dispongan en cada caso para la comunicación al público usuario.

- El uso de barbijos será obligatorio para todo el personal que desarrolle tareas en la Terminal.

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