La Suprema Corte de la Justicia de Buenos Aires resolvió prorrogar hasta el 31 de marzo o mientras dure el aislamiento dispuesto por el Gobierno Nacional todas las medidas de protección judicial, tales como exclusión del hogar, restricción perimetral, prohibición de acercamiento y contacto, dispositivos de alerta y otras vinculadas a violencias por razones de género o familiar.
Pero además dispuso una resolución inédita: autorizó a los Juzgados de Familia y de Paz en turno a recibir las denuncias por violencia familiar o de género provenientes de las respectivas Comisarías por cualquier canal de comunicación en los teléfonos celulares oficiales, incluso utilizando la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp o equivalente. Es más, las audiencias también podrán celebrarse por whatsapp o skype, con el fin de celebrar la audiencia remota.
En la resolución firmada por su presidente, Eduardo de Lázzari, la Suprema Corte de Justicia provincial observa que las medidas de aislamiento dispuestas a fin de mitigar la propagación del COVID 19 y sus efectos, probablemente recrudecerán las situaciones, lógicas y prácticas de violencia familiar y de género a que se ven sometidas las personas en situación de vulnerabilidad en general y las mujeres en particular.
Las mujeres en situación de aislamiento social, preventivo y obligatorio, pueden ver dificultado o imposibilitado el acceso a los medios habituales de comunicación y denuncia de situaciones de violencia de familiar y/o de género, afirmó la Corte provincial. Por eso, la combinación de ambas situaciones, por el encierro y recrudecimiento de las violencias, constituirá un obstáculo grave para el acceso a la justicia de las personas que se vean sometidas a esas situaciones lo que exige adoptar medidas urgentes para garantizar su “derecho fundamental a la vida e integridad”.
Ante ese contexto es que se dispuso el dictado de “una medida de carácter general” dirigida a todos los magistrados provinciales que tramiten causas de violencia de género y familiar a través de la cual se extiende la vigencia hasta 31 de marzo o hasta que la situación de aislamiento social, preventivo y obligatorio cese, de todas las medidas cautelares o de protección judicialmente dictadas en causas abiertas, salvo que el juez de la causa tome una decisión en contrario en el caso en concreto y/o que la propia víctima o parte solicite una medida distinta.
La resolución instruye hacer saber a las fuerzas de seguridad provincial y municipal de dicha circunstancia a efectos de que, cuando las víctimas requieran de su protección, sepan que las medidas oportunamente dispuestas se encuentran vigentes.
La Corte también autorizó a los Juzgados de Familia y de Paz en turno a recibir las denuncias por violencia familiar o de género provenientes de las respectivas Comisarías por cualquier canal de comunicación en los teléfonos celulares oficiales incluso utilizando la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp o equivalente.
Según se precisó, el sitio oficial de la Corte bonaerense detalla de manera inmediata a las partes y a autoridades competentes sobre el Juzgado de Familia o de Paz que tomará intervención en el caso; teléfonos y canales específicos para comunicarse de acuerdo al juzgado donde esté radicada la causa; conocer cualquier medida que pudiese decretarse o disponerse en la causa, a efectos de su cumplimiento; como también enviar y requerir información relevante para la causa.
Además de estas disposiciones fijadas por la Corte bonaerense, las líneas 144 y 137, de atención a víctimas de violencia de género y familiar, respectivamente, continúan atendiendo las 24 horas, todos los días Lo mismo respecto a la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que sigue brindando su atención presencial en la ciudad de Buenos Aires (CABA) , aunque con personal reducido.