La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología médica (ANMAT) prohibió un aceite de oliva y dos bombas para infusión de uso médico, que sirven para suministrar a los pacientes sustancias por vía intravenosa u oral.
En la Disposición 498/2020, publicada este jueves en el Boletín Oficial, se comunicó la prohibición del “Aceite de Oliva extra virgen, marca Riojanita”, debido a que tras la denuncia de un consumidor se comprobó que “carece de autorizaciones de establecimiento y de producto, estar falsamente rotulado y ser en consecuencia ilegal”.
“No existe documentación que respalde la operatoria comercial relacionada con el producto en cuestión fuera del ámbito de la provincia de La Rioja, dado que no existe constancia documental alguna que acredite la venta del producto en cuestión, por lo que no corresponde a esta Administración iniciar sumario sanitario, sin embargo, corresponde prohibir el producto en cuestión a fines de proteger la salud de la población”, se advirtió.
Además, el organismo prohibió el uso, comercialización y distribución de los productos médicos: bomba para infusión VOLUMAT AGLIA Serie 21908802 y bomba para infusión VOLUMAT AGLIA Serie 21963097,debido al extravío de dichas unidades. “A fin de proteger a eventuales adquirientes y usuarios de los productos involucrados, toda vez que se trata de unidades extraviadas e individualizadas, de las que se desconoce el estado y condición”, justificó la ANMAT en la Disposición 497/2020 publicada este jueves.
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