Fallo inédito: una jueza autorizó la adopción post-mortem de una nena a una mujer soltera

Fue en Rosario y no hay precedentes de un caso igual en el país. La mujer, que no tenía pareja y había iniciado los trámites de adopción, falleció en 2016 pero la Justicia decidió otorgársela de todas formas

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La nena, que tiene 10
La nena, que tiene 10 años, había vivido 7 años con la mujer que iba a adoptarla (Shutterstock)

En un caso sin precedentes en la Justicia argentina, una jueza de la ciudad de Rosario permitió que una nena de 10 años sea legalmente adoptada por una mujer soltera que falleció antes de que finalizaran los trámites de adopción.

La jueza de Familia Valeria Vittori admitió lo que se convirtió en la primera “adopción post-mortem monoparental”; una situación excepcional que no está prevista en el Código Civil y Comercial y de la cual no hay antecedentes en Argentina.

La mujer, Laura, que era madre de una chica y no tenía pareja, había iniciado los trámites de adopción cuando la niña en cuestión -nacida en Oberá, Misiones- tenía sólo algunos meses de vida y la recibió en diciembre de 2009 en guarda provisoria.

A partir de ese momento, la niña, Laura y su hija convivieron juntas como una familia por siete años hasta que en en marzo de 2016 la mujer obtuvo la guarda preadoptiva, que es el paso previo a conseguir la adopción definitiva.

La mujer falleció en 2016
La mujer falleció en 2016 y una jueza de familia admitió la adopción (Shutterstock)

Según se pudo comprobar y avalar a través de psicólogas, trabajadoras sociales y diversos estudios socio-ambientales en las audiencias judiciales, el trato afectuoso que había entre ambas como resultado de años de resguardo, protección e interacción fraternal eran el reflejo del vínculo amoroso que se había establecido en un entorno social y cultural estable.

Pero en septiembre de 2016, la mujer falleció inesperadamente y, de acuerdo al criterio de la jueza, la niña "vio frustrada la posibilidad de obtener la adopción de la persona que por más de seis años la cuidó, veló por su bienestar y le brindó amor incondicional”. La magistrada también destacó la relación fraternal y el papel fundamental de su “hermana”, que obró como sostén emocional en el trato cotidiano.

“El escenario resulta dramático para la niña, por las vicisitudes de la vida, como sujeto merecedor de protección, amerita una respuesta jurisdiccional que reconozca sus derechos a ser oída, su derecho a la identidad, su derecho hereditario y su derecho a vivir en familia”, consideró la jueza en el fallo.

También, para justificar su decisión, destacó el relato de una trabajadora social que visitó a las dos hermanastras en abril de este año, cuando la menor describió su hogar: “Mientras aguarda que le sirvan el almuerzo muestra la casa, dice que vivió allí toda su vida, comenta que tiene su propio cuarto y que su hermana ahora ocupa el cuarto que era de su ‘mamá’, y muestra fotos de un álbum donde indica quiénes son sus abuelos”.

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