Edesur deberá resarcir a una empresa que tuvo que comprar ventiladores a raíz de los reiterados cortes de luz

Desde la distribuidora de energía eléctrica justificaron las falencias del servicio por el congelamiento de tarifas. Para la Cámara en lo Civil y Comercial, el argumento “no es admisible”

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 Adrián Escandar 162
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Los reiterados cortes de luz y fallas en el servicio de energía eléctrica arruinaron los equipos de refrigeración de una empresa que debió reemplazarlos por ventiladores. Ahora, por un fallo de la Cámara en lo Civil y Comercial, Edesur deberá resarcir a la compañía damnificada.

Entre diciembre de 2013 y abril de 2014, a Multiradio S.A. -firma dedicada a la reparación y venta de celulares e infraestructura de telecomunicaciones- las constantes interrupciones del servicio de energía eléctrica le afectaron sus equipos de aire acondicionado, debiendo ser reemplazados por ventiladores.

En primera instancia, se responsabilizó a Edesur por la privación del servicio con una multa de 117.088 pesos más intereses, pero la condena fue apelada por la distribuidora de energía eléctrica que argumentó que debía ser eximida de responsabilidad ya que se trató de “un caso fortuito” o “de fuerza mayor” haciendo referencia al congelamiento de tarifas y a cuestiones climáticas, informaron fuentes del caso.

(Enrique Medina)
(Enrique Medina)

“Déficit de inversión y una inevitable deficiencia en su prestación”, fue el argumento que utilizó la prestadora para eludir las responsabilidades del funcionamiento de su servicio. Según Edesur, la “imprevisibilidad” de las altas temperaturas de aquellos años “hizo que no pudiese contar con los elementos necesarios para evitar los cortes de suministro”.

Los cortes que afectaron a Multiradio S.A. se produjeron en sus locales de avenida Córdoba al 4.800 y Lerma al 600, de la Ciudad de Buenos Aires. Los camaristas de la Sala II rechazaron el argumento del “congelamiento de tarifas” como eximente de responsabilidad: “No es admisible, pese a los súbitos incrementos tarifarios de los últimos años las interrupciones al servicio no han cesado, sobre todo en las temporadas veraniegas”.

En el fallo, el tribunal consideró que las interrupciones del servicio sufridas por la empresa demandante “resultan excesivas en su extensión temporal”. Los camaristas Alfredo Gusman y Ricardo Guarinoni se refirieron a la compra de ventiladores que junto a otros rubros formaron parte del monto de indemnización: “Se debió a que los cortes de energía eléctrica dañaron los equipos de refrigeración” y que los damnificados no los hubiesen adquirido “si hubiesen funcionado los aire acondicionado”.

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