La Justicia le prohibió a un hombre ir a la cancha de Boca por no pagar la cuota alimentaria de sus hijos

La medida fue resuelta por un Juzgado de Familia de Salta. El sujeto de 39 años había dejado de abonar el monto mensual en diciembre de 2018. También se lo inhibió de acudir a cualquier espectáculo futbolístico. La AFA publicó su acatamiento a la medida judicial en su Boletín Oficial

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Imagen ilustrativa. El hombre no podrá volver a la cancha de Boca hasta regularizar su situación de deuda con su ex pareja (ALEJANDRO PAGNI / AFP)
Imagen ilustrativa. El hombre no podrá volver a la cancha de Boca hasta regularizar su situación de deuda con su ex pareja (ALEJANDRO PAGNI / AFP)

La Justicia de Salta le prohibió a un hombre de 39 años acudir a la cancha de Boca hasta tanto no se ponga al día con su ex esposa con el pago de la cuota alimentaria para sus hijos.

La medida fue solicitada por la doctora Sylvina María Carrer, de la Defensoría Oficial Civil Nº 5 del Ministerio Público de la Defensa de Salta y fue acatada por la misma Asociación del Fútbol Argentino, que publicó la prohibición en su último boletín oficial.

El hombre intimado, de iniciales H.F.S. se había divorciado de su pareja, P.B.A., en el 2015. Desde entonces, la Justicia le ordenó aportar el equivalente a un salario mínimo vital y móvil en concepto de cuota alimentaria para sus dos hijos, que hoy tienen 14 y 10 años. En la actualidad, el monto que el hombre debía abonar a su ex pareja mensualmente es de $16.835 pesos.

Pese a algunos atrasos, los pagos de las cuotas fueron correctos durante tres años. Fue así que el hombre empezó a inclumpir con el aporte de la cuota alimentaria de sus niños en diciembre del 2018. Desde entonces, la ex pareja comenzó una batalla judicial para intimarlo a volver a abonar la cuota, pero no obtuvo respuesta.

El hombre es monotributista, por lo que desde la Justicia no se le podía aplicar un embargo a ningún sueldo. Fue entonces, que los representantes del Ministerio Público de la Defensa salteño trataron de diseñar estrategias para poder obligar al hombre a hacerse cargo de sus responsabilidades.

El acusado, H.F.S., como si fuera poco, no aparentaba tener demasiados problemas económicos. De manera esporádica, mostraba fotos suyas en la Bombonera, adonde acudía para presenciar los partidos de Boca Juniors. Ese evento no sólo supone el costo del traslado desde Salta a la Ciudad de Buenos Aires, sino también el abono de la cuota de socio o socio adherente (más el pago de entrada, en este caso), para concurrir a los encuentros del club de sus amores.

La resolución firmada por la jueza de familia de Salta, Inés Villa Nougués
La resolución firmada por la jueza de familia de Salta, Inés Villa Nougués

Además, en el lapso del último año, el hombre ostentó en las redes sociales con un viaje a Bahía Blanca, el alquiler de una lujosa casa en el centro salteño y hasta compró entradas para acudir a un recital de Mon Laferte en el estadio Luna Park.

En principio, los ingresos del hombre se registraban en la venta de indumentaria y artículos con el escudo de Boca y en su rol de proveedor de herramientas y productos de electricidad a ferreterías y corralones.

La doctora Carrer presentó una primera solicitud de inhibiciones en julio. En ese mismo escrito no sólo exigió la prohibición para acudir al estadio de Boca sino también la inhibición para que pueda presenciar el show musical de la artista chilena en el Luna Park.

El acatamiento publicado por la Asociación del Fútbol Argentino a la medida dictada por la Justicia salteña
El acatamiento publicado por la Asociación del Fútbol Argentino a la medida dictada por la Justicia salteña

El pedido de Sylvina Carrer fue finalmente aprobado por la Jueza de 1ª Instancia de Personas y Familia a Nominación de Salta, Inés Villa Nougués, y así la Justicia determinó la prohibición para acudir al estadio de Boca y a cualquier otro evento futbolístico para el deudor. Además, la Justicia ordenó incluir a H.F.S.

Asimismo, la Asociación del Fútbol Argentino resolvió acatar la resolución de la Justicia salteña y publicó la “Prohibición de Concurrencia” en su último Boletín Oficial, Nº 5730, con fecha de 28 de noviembre.

Según informaron fuentes cercanas al Ministerio Público Fiscal a Infobae, hasta el momento el hombre no se dio por aludido. Desde la resolución dictada por la Justicia todavía no aportó ni un peso nuevo a la cuota alimentaria de sus hijos.

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