En el mediodía de hoy se conoció la sentencia a tres de los cuatro acusados en el caso Próvolo por delitos de abuso sexual y corrupción de menores: los sacerdotes Horacio Corbacho y Nicola Corradi y el ex jardinero Armando Gómez. Corbacho fue condenado a 45 años de prisión, Corradi a 42 años y Gómez a 18 años. Se va haciendo justicia –falta aún juzgar por el mismo caso a otros acusados en otros tribunales- ante tanto atropello a la vida humana contenido entre las paredes de una institución corrupta desde sus cimientos.
Este caso dejó al descubierto, además de los delitos de índole sexual, varias situaciones irregulares vinculadas a la recepción de religiosos o sacerdotes extranjeros en nuestro país y el conocimiento de sus antecedentes de conducta tanto desde el Estado argentino como de la propia Iglesia Católica.
Tradicionalmente, en Argentina, se recibía a los religiosos sin que constara ni se exigiera un “veraz” de su pasado enviado por el país de origen. Ni Italia ni Argentina tenían registro de las denuncias de abusos de sus sacerdotes. Desde hace ya varios años esto fue cambiando, lo que ayuda a que los traslados de religiosos objetados por conductas inapropiadas y/o con denuncias penales en curso se conozcan y se pueda evitar que estas personas amplíen su capacidad de daño al cambiar de geografías.
Un dato no menor es que, en Italia, el Instituto Próvolo (centro religioso con forma de vida consagrada) no responde a los pedidos que se han tramitado desde nuestro país y en nuestras tierras ya no quedan autoridades a las cuales acudir.
La sanción canónica, por carriles paralelos
La sanción penal que conocimos hoy transita por carriles paralelos a las sanciones canónicas, es decir, las que impone la Iglesia a sus religiosos y sacerdotes. Claramente han faltado gestos de vigilancia de las autoridades religiosas del Instituto y se ha caído en fuerte negligencia por no cumplir las reglas de su propio instituto. El tiempo actual de la Iglesia exige cumplir con estrictos protocolos ante posibles casos de abuso indicando con hechos bien concretos que no hay lugar para religiosos “todopoderosos” y corruptos.
Es oportuno citar que el Derecho Canónico, ante estos delitos inspira a restablecer lo roto, reparar el escándalo, estar cerca de las víctimas y buscar que la persona que cometió estos hechos aberrantes, cambie. Estos son los porqués. Ahora vayamos a los cómo.
Dependiendo de la falta o delito de que se trate, primero hay un acercamiento con un estilo de corrección fraterna. Si el religioso no cambiara su conducta objetable, se le amonesta con acta, a modo de advertencia y con medida disciplinaria. Si insistiera con su conducta inmoral, se le aplica sanción penal para evitar contumacia. Esto puede leerse con lenguaje jurídico y en detalle en el canon 1.341 del Derecho Canónico. Y, por supuesto, de acuerdo al delito de que se trate, se hace la denuncia penal que corresponda.
Al conocerse la sentencia, el Estado se ha pronunciado y la Iglesia puede llegar a emitir otra sentencia de tipo canónica, por ejemplo expulsar a los sacerdotes, o prohibir celebrar la misa por 10 o 15 años, o acciones diversas en estos sentidos.
Los sacerdotes condenados, Corbacho y Corradi, desde el año 2017 que tienen una causa abierta en la Congregación de la Doctrina de la Fe. Se espera que prontamente se dicte alguna sentencia para ellos desde ese espacio que los juzga con el Derecho Canónico. Y como dato concreto fundamental: desde que fueron encarcelados, se les prohibió celebrar misa en público y se les suspendió absolutamente toda tarea pastoral.
Aunque no se sabe cuánto tiempo más puede durar el proceso canónico, es previsible que la existencia de una condena civil acelere los tiempos vaticanos.
Leyes más duras
Con posterioridad al estallido de este caso, el Papa emitió un motu proprio -ley vaticana- con disposiciones más rigidas para la actuación en casos de abuso sexual. La nueva normativa para toda la iglesia, emitida en mayo de 2019, establece la obligatoriedad para clérigos y religiosos de denunciar los abusos.
Fija también la obligación de cada diócesis de contar, a partir de junio de 2020, con “uno o más sistemas estables y fácilmente accesibles al público para presentar informes” sobre los abusos sexuales cometidos por miembros de la Iglesia y también denuncias de encubrimiento, a fin de que las víctimas puedan acudir a la Iglesia con la confianza de que serán escuchadas.
Se establece también la obligación de “informar con prontitud” a la autoridad eclesiástica correspondiente; algo que antes estaba librado a la conciencia individual ahora es precepto.
La normativa también habla de la necesidad de proteger a los menores y personas vulnerables, categoría que aplica muy bien al caso Próvolo. Se señala también que a las víctimas “no se les puede” imponer “ninguna obligación de silencio con respecto al contenido” de las denuncias.
Otro punto importante es que la nueva disposición no interfiere ni modifica las obligaciones resultantes de las leyes civiles de los respectivos países “en particular las relativas a las obligaciones de información a las autoridades civiles competentes".
El Motu Proprio también regula las investigaciones que deben encarar las autoridades eclesiásticas, procedimientos y plazos que deben seguir. La investigación debe concluirse en 90 días, pero pasados los 30 primeros días ya se debe enviar a la Santa Sede un informe del avance de la misma.
La nueva normativa establecida por el Papa no introduce cambios en las penas por los delitos sino que alude esencialmente a la etapa de investigación. Concluida esta, el Dicasterio competente procede “de acuerdo con la ley según lo previsto en el caso concreto”, sobre la base de normas canónicas ya existentes.
Pero a partir de los resultados de la investigación, la Santa Sede puede de inmediato aplicar medidas preventivas y restrictivas a la persona investigada.
Ante las víctimas, la Iglesia se acerca, acompaña y pide perdón. En este caso del Próvolo la Iglesia argentina (la mendocina y la platense) viene tratando de saldar la reprochable anomia italiana ya que desde Italia el instituto no responde los pedidos, como indicamos más arriba: se une a la sentencia de la Justicia civil, agradece con humildad el esfuerzo y la preocupación tan dolorosos como sinceros de las personas involucradas y sigue colaborando en la reparación de tantas vidas humanas agraviadas en su más sagrada intimidad. La Justicia tiene estos fines y es tarea de todos en la sociedad que se haga realidad.
Comunicado del Arzobispado de Mendoza tras la sentencia
Tras conocerse la sentencia, las autoridades de la Iglesia mendocina emitieron un breve comunicado que dice: “En estas horas, la Justicia ha declarado culpables a los acusados por los hechos denunciados en relación con el Instituto Antonio Próvolo, perteneciente a la Asociación Civil San José. Como Iglesia, queremos trasmitir una vez más nuestra solidaridad y cercanía a las víctimas y sus familias, quienes han denunciado haber sufrido las más aberrantes vejaciones".
Y agregaron: “Lo que han relatado estas personas ha horrorizado a toda la sociedad mendocina. Así lo hemos experimentado en nuestras comunidades cristianas. Todos nos hemos sentido desconcertados y dolidos. Junto a toda la sociedad nos sentimos desafiados a seguir trabajando para evitar que estas situaciones se repitan. El dolor de las víctimas y sus familias es también nuestro dolor; por eso, urge reafirmar nuestro compromiso con la prevención, la transparencia, la verdad y la justicia para garantizar la protección de los menores y de los adultos en situación de vulnerabilidad”.