El juez federal Ariel Lijo pidió la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano uruguayo Adolfo Carlos Gutiérrez Sosa porque es el responsable de un blog llamado Doctrina Nacional Socialista donde difunde ideas xenófobas, se manifiesta en favor de la “pureza racial” y sostiene la inferioridad de las personas que profesan la religión judía. En sus publicaciones además niega la existencia del Holocausto y culpa a los judíos por la Segunda Guerra Mundial.
El Observatorio de Internet del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) había detectado las publicaciones casi diarias del blog a cargo de Gutiérrez Sosa. En junio pasado el INADI-encabezado por Claudio Presman- había denunciado en el blog “reivindica al movimiento Nacionalsocialista Obrero Alemán (Nazismo), niega el holocausto judío y pregona ideas de ‘raza’ y la inferioridad de distintas etnias, como también justifica la discriminación racial y religiosa de diferentes grupos de personas”.
El INADI denunció que el blog se presenta como como un espacio de difusión de la ideología de Adolf Hitler, y que promueve el adoctrinamiento de sus adeptos y a la captación de simpatizantes. El propio blog dice que uno de los objetivos de la publicación es “la formación ideológica en un sentido integral que permita a sus lectores ser militantes reales y valiosos en la lucha que mundialmente llevan adelante”.
Para determinar la titularidad del blog, Lijo contó con la colaboración de la Dirección de Investigaciones del Ciberdelito del Ministerio de Seguridad de la Nación. Se pidió en varias ocasiones a la empresa Google, dueña del sitio blogger.com donde está establecido el blog nazi, que informara sobre los creadores de los contenidos que allí se difunden. Finalmente Google estableció que los artículos firmados como “Lobo Solitario” y “ACGS” fueron publicados por el uruguayo Gutiérrez Sosa.
Es dio por tierra con la “declaración” que establece los principios del blog donde se asegura: “El presente Blog es editado en Estados Unidos, por ciudadanos estadounidenses y bajo la protección de la primera enmienda de la Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica. Nos oponemos frontalmente a todo tipo de violencia. Buscamos la revolución a través de la información y la educación de las masas. Consideramos imprescindible la libertad de información, el debate sin censura y la no penalización del disenso. De esta forma se evitará el surgimiento de acciones violentas y se logrará el cambio sistémico que anhelamos”.
Esa declaración también fue puesta en contradicción por la información brindada por Google y corroborada por la Dirección de Ciberdelito: la dirección IP de Gutiérrez Sosa está ubicada en la ciudad paraguaya de Fernando de la Mora. Es por ello que Lijo le pidió a Interpol que detenga en Paraguay a Gutiérrez Sosa para poder extraditarlo a la Argentina.
Le imputan el delito de apología al crimen -más precisamente apología del Crimen de Genocidio y de Justificación de la Discriminación-, que según el artículo 213 del Código Penal prevé una pena de un mes a un año prisión. Y también se considera que le corresponde la pena de un mes a tres años prisión que establece el artículo 3 de la Ley 23.592 para “los que participaren en una organización o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color, que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma”.
Lijo fundamentó el pedido de detención para la extradición porque en el blog de Gutiérrez Sosa “desde el año 2016, se publica al menos un artículo por día…promoviendo actitudes racistas y discriminatorias y, lo más preocupante aún, instando mediante el adoctrinamiento, a la agrupación de las personas que así piensen”.
En el blog se publicaron varios posts esta semana. Uno de ellos da una larga explicación -con mirada nazi, por supuesto- sobre la “Noche de los Cristales Rotos”. Aquel hecho motorizado por el nazismo se produjo en noviembre de 1938: fueron destruidos y saqueados comercios y casas de judíos alemanes, incendiadas sinagogas y profanados cementerios, entre otros actos de barbarie. Fue tan solo un anticipo de lo que vendría.