Un dictamen de un miembro del Consejo de la Magistratura determinó que no se configuran elementos suficientes para concluir que tienen asidero acusaciones contra el juez Rodolfo Canicoba Corral, titular del juzgado federal N°6 de la Ciudad de Buenos Aires.
En concreto, el expediente evaluó una serie de presentaciones en contra del magistrado y determinó que no “se encuentra reproche alguno”. Uno de sus impulsores es el ex titular del sindicato de Obreros Marítimos (SOMU) Omar “Caballo” Suárez, quién está en prisión desde septiembre de 2016 -ahora, no obstante con arresto domiciliario- como consecuencia de una orden dictada por el mismo juez, quien lo procesó por el delito de asociación ilícita y administración fraudulenta.
Esa causa ya se encuentra en la etapa de juicio oral. Pero además, Canicoba Corral lo llamó a indagatoria a finales de octubre en el marco de otra investigación, en la que se encuentra acusado de lavado de dinero. Más precisamente, de haberse quedado con dinero del sindicato que lideraba -y del que fue desplazado en febrero de 2016- a través de empresas controladas por gente de su entorno.
Suárez impulsó dos acusaciones. Ambas están relacionadas a la instrucción que llevó a cabo el magistrado y por la que actualmente se encuentra siendo juzgado por el Tribunal Oral Federal (TOF) 4. Sin embargo, el dictamen en cuestión, que lleva la firma del consejero del oficialismo por el estamento de los abogados, Juan Pablo Más Vélez, fundamentó las razones por las cuales estas ya habían sido desestimadas en el pasado.
La primera había sido presentada ante el Consejo de la Magistratura en marzo de 2017. Pero se recordó que esta fue rechazada in límine (de inmediato) debido a dos factores: se acreditó que la firma de las personas que impulsaron la acusación en nombre de Suárez eran falsas; y además la presentación en sí no reunía los requisitos para ser considerada como válida. Por esa razón, el órgano la desestimó de manera efectiva en marzo de 2019.
En cuanto a la segunda, el dictamen resaltó que no solo carece de “la relación completa y circunstanciada de los hechos en los que se funda la denuncia y los cargos que se formulan”, sino que además los cargos ya habían sido elevados en sede judicial, cuando el sindicalista pretendió recusar al magistrado en la causa donde lo investigó.
Respecto de este último factor, el consejero enfatizó en el hecho que la acción en ese entonces no fue fructífera y, en consecuencia, tiene carácter de cosa juzgada. A este efecto, el dictamen citó un precedente de la Corte Suprema donde se determinó que, salvo excepciones particulares que no se configuran en este caso, “la autoridad de la sentencia debe ser inviolable”. En consecuencia, expresó, el Consejo de la Magistratura no tiene la potestad de reverlas.
Además, citó una ocasión previa donde el órgano se había expedido respecto de la misma acusación e indicó que la “Cámara en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el 14 de julio (de 2016) la intervención dispuesta por el Dr. Canicoba Corral”.
Y amplió: “Los presentantes pretenden considerar al Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación como una nueva instancia procesal que permita cuestionar las decisiones de los magistrados recaídas en sede judicial, sin embargo este organismo no posee competencia para entender en tal presentación, en la medida que no se verifiquen supuestos de mal desempeño o faltas disciplinarias, lo que no se advierte en el presente caso”.
A su vez, el dictamen desestima otras dos acusaciones luego de considerar que no se configuran los elementos necesarios para determinar que el expediente debe proseguir. Y Canicoba Corral, por su parte, presentó un descargo espontáneo que fue sumado a la prueba considerada. En base a la evidencia y a modo de conclusión general, el dictamen indica: “Las constancias recolectadas en la causa, y las explicaciones brindadas por el propio magistrado en su descargo espontáneo, se concluye que no se encuentra reproche alguno al magistrado, por lo que corresponde su desestimación”.
Canicoba Corral se encuentra al frente de distintas investigaciones de alto perfil, entre las que se destacan el atentado a la AMIA; y una causa destinada a esclarecer si funcionarios allegados a la diputada Elisa Carrió ingresaron al sistema interno de la AFIP para buscar información sobre jueces, gobernadores, legisladores, ministros y hombres y mujeres de los medios de comunicación sin requerimiento judicial.
El último desarrollo concerniente a la causa por el ataque a la mutual judía implicó a el embajador iraní en Argentina durante la fecha de los sucesos investigados, Hadi Soleimanpur. El pasado lunes, Canicoba Corral solicitó a la cancillería que gestionara ante las autoridades de la República de Turquía la detención de Soleimanpour, a los efectos de su extradición.
Esto así debido a que, de acuerdo a la AMIA, “el viernes 8 y sábado 9 de noviembre se realizó en Turquía una reunión del Consejo de Ministros de la Organización de Cooperación Económica (ECO, según su sigla en inglés), de la cual es Secretario General Hadi Soleimanpour, quien estuvo presente en ambas jornadas, y su participación tomó estado público a través de distintas redes sociales y medios de prensa”.
Soleimanpur se encuentra acusado de "homicidios agravados por haber sido cometido por odio racial o religioso y para causar ‘un peligro común’ en perjuicio de 85 personas, en concurso ideal con lesiones leves y graves calificadas en forma reiterada y daños múltiples agravados. Ya había sido detenido el 21 de agosto de 2003 en Gran Bretaña en el marco de una orden de captura internacional que había dictado el entonces juez Juan José Galeano contra 14 iraníes sospechosos.
Sin embargo, en noviembre de ese año Gran Bretaña rechazó la extradición a la Argentina, al señalar que las pruebas enviadas por Galeano “no satisfacen” los requerimientos impuestos por la justicia británica para cumplir con un trámite de extradición.
El juez también había cursado pedidos internacionales de captura contra otro acusado, el ex canciller iraní, Alí Akbar Velayati, quien a lo largo de los últimos años se trasladó fuera de ese país para participar de distintos encuentros. Ninguno de los países respondió a los exhortos.
En cuanto a la causa sobre espionaje, el expediente trata de determinar por qué se habrían llevado adelante acciones de “espionaje e inteligencia ilegal” sobre una cantidad sustancial de actores de la vida pública del país.
Entre ellos se encuentran 21 magistrados -el mismo Canicoba incluido, lo mismo que los ministros de la CJSN Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti- gobernadores como Alicia Kirchner (Santa Cruz), Alfredo Cornejo (Mendoza), Oscar Domingo Peppo (Chaco), Mariano Arcioni (Chubut) y Hugo Mario Passalacqua (Misiones); y legisladores como Agustín Rossi, diputado y jefe de la bancada del Frente para la Victoria, Alejandro Ramos (secretario de Transporte durante el kirchnerismo) y el diputado por San Luis y ex gobernador de esa provincia Claudio Poggi.
Canicoba Corral también le pidió a Migraciones que informe si integrantes del Poder Ejecutivo figuran entre los nombres de quienes fueron consultados sin autorización legal para hacerlo.
Datos de la Auditoría de causas de corrupción en Juzgados y Tribunales Federales de todo el país de 2017, que realiza el Cuerpo de Auditores del Consejo de la Magistratura y cuyos datos preliminares fueron publicados en julio de este año, indicaron que de los 12 jueces federales de primera instancia de Comodoro Py, Canicoba Corral ocupó el cuarto lugar en cuanto al porcentaje de instrucciones culminadas en proporción a las iniciadas: fueron 45 causas sobre un total de 117 abiertas ese año, lo que arrojó un total de 38%.
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