El juez porteño Roberto Gallardo confirmó la suspensión de Rappi, PedidosYa y Glovo

Le ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que clausure las plataformas virtuales de delivery de mercadería y alimentos que no se encuentren registradas como indica la ley

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Tres días después de ordenar la suspensión de las actividades de Rappi, Glovo y PedidosYa, el juez porteño Roberto Gallardo confirmó la medida y le ordenó al Gobierno de la Ciudad que clausure las plataformas virtuales de delivery de mercadería y alimentos que no se encuentren registradas como indica la ley.

Esa decisión judicial, que generó que los trabajadores se las ingeniaran para trabajar igual y evitar que la policía les secuestrara la mercadería, también provocó la reacción de Horacio Rodríguez Larreta, quien criticó con dureza al magistrado y defendió el servicio que prestan las empresas de delivery.

"Lo de Gallardo, cualquier cosa… sus fallos son más políticos. El tema es que después todas (las decisiones) se las apelamos y se las ganamos…", sostuvo el jefe de Gobierno, quien aclaró que las compañías "están legalmente constituidas, pagan sus impuestos, son utilizadas por mucha gente y dan mucho trabajo, generan puestos laborales".

Más allá de estas críticas, el titular del Juzgado N° 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario puso fin a la primera instancia e hizo lugar a la acción de amparo colectivo y ordenó al GCBA que en forma inmediata proceda a exigir el acatamiento del Código de Tránsito y Transporte, así como la normativa laboral y previsional por parte de esas tres empresas.

Por lo tanto, dispuso mantener en vigencia la prohibición de la actividad de mensajería y reparto de sustancias a domicilio en bicicleta o moto por parte de las personas físicas y/o jurídicas que no se encuentren inscriptas en el Registro para Delivery en Motos en Ciudad de Buenos Aires (RUTRAMYC).

Además, le pidió al ministro de Justicia y Seguridad, Diego Santilli; al ministro de Desarrollo Urbano y Transporte, Franco Moccia; y al ministro de Gobierno, Guido Screnci, que "adopten todos los recaudos necesarios para llevar adelante los controles preventivos, así como las medidas coercitivas y punitivas que tiendan a evitar el desarrollo de la actividad de delivery y reparto fuera del marco normativo descripto, bajo apercibimiento de formular la pertinente denuncia ante la Justicia en lo Penal, Contravencional y de Faltas".

Por último, el juez Gallardo decidió poner en conocimiento de la decisión adoptada a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, a la Cámara Nacional de Previsión Social y a la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

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