El titular de ANAC, Tomas Insausti, presentó la nueva normativa del uso civil y comercial de drones en la Argentina. Dado al auge que se dio en los últimos años y al poco control que hay actualmente, la Administración Nacional de Aviación Civil se vio obligada a modificar las normas que rigen desde 2015. Para hacerlo, no pensó sólo en el uso recreativo o con fines de filmación, que son los más conocidos, sino que también tuvo en cuenta el futuro para regular el transporte de cargas con drones.
Actualmente en Argentina para poder operar un drone en la vía publica es de carácter obligatorio hacerse chequeos médicos, registrar el aparato con la autoridad correspondiente y poseer de una licencia que acredite al usuario a volar el equipo. Estas medidas tuvieron poca adhesión ya que en cuatro años de vigencia solamente se registraron alrededor de 1.500 pilotos. En la nueva normativa que fue creada con cooperación de la Federal Aviation Administration, de Estados Unidos, se flexibiliza todo y se hace una diferencia entre drones de uso recreativo, comerciales y científicos. Dentro de estos tres grupos se los caracteriza también por su peso:
- Clase A: hasta 500 gramos
- Clase B: 500 gramos a 5kg
- Clase C: 5kg a 150kg
- Clase D: 150kg en adelante.

Los drones que sean usados con fines recreativos solo podrán volar a una altura de hasta 43 metros, realizar tareas diurnas con visibilidad directa del equipo y dentro de los lugares permitidos. Esto no incluye cercanías de aeropuertos o zonas aéreas controladas. En este punto hay una diferencia entre los drones pequeños y medianos ya que los que pesen hasta 500 gramos no necesitaran ningún registro previo del equipo ni una licencia de piloto a distancia, en cambio quienes posean drones clase B solo necesitaran poseer un registro de la aeronave que se realiza en las oficina de ANAC o vía web en anac.gob.ar, actualmente este tramite tiene un valor de $800 pesos. Quienes operen este tipo de aparatos tampoco deberán tener una licencia.
Dentro del uso comercial -tanto sea para filmaciones, fotografías, trabajos en el campo o transporte de cargas-, la ANAC obliga a los usuarios a registrar el equipo, poseer una licencia, tener chequeos médicos cada dos años y solicitar un permiso especifico expedido por EANA, Empresa Argentina de Navegación Aérea, para operar en el lugar donde desee cada vez que va a realizar un vuelo. Ademas de estos tramites el usuario deberá realizar un manual de operaciones y un sistema de gestión de riesgos donde indique el mantenimiento del equipo, donde operaria la aeronave, a que altura, en qué horarios, por qué ruta.
Lo novedoso aquí es que se abrió el juego al transporte de carga con drones, algo que nunca se había tenido en cuenta, si bien según Insausti, todavía no hubo empresas que quieran brindar este servicio saben que en el mundo ya se están realizando pruebas y es por eso que decidieron incluirla. "Es una medida a futuro pero que se deja abierta a la puerta para cuando suceda". Quienes deseen incursionar en esto deberán ser empresas radicadas en Argentina y no solo contar con pilotos que reúnan todos los requisitos que se pretenden para el uso comercial sino que tendrán que tener un centro de operaciones que controle la trayectoria del Drone en todo momento. La ANAC prevé agregar corredores aéreos especiales para e-commerce.

Esta nueva normativa es lanzada a modo de consulta, esto quiere decir que por un plazo de 45 días los usuarios que quieran apelar o proponer alguna norma podrán hacerlo de manera presencial o vía mail a normaer@anac.gob.ar La autoridad tendrá el derecho de tomar o no las propuestas recibidas.
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