Córdoba: no pagó la cuota alimentaria y le prohibieron ir a la cancha y a bailar cuarteto

El hombre no podrá ir a ver al Club Atlético Talleres y a los bailes de cuarteto de "Sabroso" y Damián Córdoba

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La hinchada de Talleres de Córdoba (NA)
La hinchada de Talleres de Córdoba (NA)

Un hombre que desde hace más de un año y medio no pasaba regularmente la cuota alimentaria de su hija fue sancionado por un juez de familia de Córdoba con la prohibición de asistir a los partidos de Talleres, equipo del que es hincha, a los bailes de cuartetos que frecuentaba y le quitaron además su licencia de conducir.

El juez Gabriel Tavip, quien ordenó la medida, explicó que "el Código Civil y Comercial implementado hace tres años le da facultad al juez para que en cada caso pueda tomar la medida adecuada". Y agregó, en diálogo con Radio Mitre: "Por eso tenemos que buscar y que las partes nos digan a los jueces a dónde les va a apretar más el zapato a los incumplidores, es una justicia de los casos particulares, no una justicia general".

De esa manera, el juez supo a través de la abogada y la madre que el hombre era fanático de Club Atlético Talleres de Córdoba y que asistía regularmente a los bailes de cuarteto de los grupos "Sabroso" y Damián Córdoba. Además, según se explica en el fallo, la licencia de conducir del padre incumplidor quedará suspendida tras notificar a la Municipalidad de Córdoba.

Tavip indicó que la cuota es del 35 por ciento de un salario mínimo, vital y móvil, cifra que se aproxima a los 4.500 pesos mensuales. "Está corroborado el incumplimiento desde hace dos años", sostuvo.

"La abogada de la mamá y la mamá de la niña habían intentado buscar bienes para embargar o un sueldo del cual cobrarse, pero no había nada a nombre de este señor, ni tampoco ingresos registrados", manifestó el magistrado en diálogo con TN.

El fallo estipula que "si a pesar de la implementación de las presentes medidas, el progenitor insiste en seguir incumpliendo con su obligación alimentaria, se podrán adoptar otras medidas a los fines de la efectivización de la prestación a su cargo".

En ese sentido, manifestó Tavip, la madre de la menor es "quien se encuentra en mejores condiciones para indicar cuáles son las realidades e intereses del alimentante, a fin de incidir en su conducta y modificar su reticencia a cumplir con la prestación alimentaria". "Estas medidas no apuntan a sancionarlo sino simplemente lograr que cumpla", indicó.

La Policía de Córdoba y la Dirección Nacional de Seguridad en Espectáculos Futbolísticos fueron notificadas para incluir al hombre en la lista de personas con acceso restringido a encuentros futbolísticos dentro del programa "Tribuna Segura" y, por otro lado, en los locales y establecimientos donde se presenten los artistas mencionados, quedará efectiva la prohibición con una denuncia por parte de la madre.

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