A la hora de llenar con regalos el arbolito de Navidad, muchos lo hacen teniendo en cuenta las preferencias y las necesidades del otro pero también pensando en el bolsillo. Por eso, a la hora de realizar los cambios los dolores de cabeza están a la orden. Es que las vivezas de algunos comerciantes no solo atentan contra nuestra paciencia sino también con nuestra economía.
Hay negocios que se niegan a hacer cambios los fines de semana y otros que esperan que pasen los días ajetreados de las fiestas. Están los que no respetan el valor de compra original, los que pretenden que los cambios se hagan por un valor exacto o superior y los que no respetan la garantía de seis meses por fallas en su fabricación (sobre todo en indumentaria y calzado). Para que esto no ocurra, es necesario contar con la información necesaria para ejercer nuestros derechos como consumidores.
"Limitar el derecho a efectuar cambios es una infracción que puede reportarse desde la aplicación BA147, a través de la web o llamando al 147", explicó Vilma Bouza, directora de Defensa al Consumidor de la Ciudad. Es por esto que para los cambios y devoluciones no pueden fijarse días ni horarios especiales.
Uno de los problemas más frecuentes, y sobre todo más polémicos, es cuando el comercio rebaja el valor el producto y a la hora del cambio pretende tomar como válido el precio actual y no el que el cliente abonó.
"Si un comercio no respeta el valor de compra, el consumidor debe aportar como prueba la factura y requerir la diferencia primero al comercio. Si el mismo no accede a la solicitud, puede recurrir a Defensa al Consumidor, que cita a una audiencia conciliatoria a la empresa y el consumidor. El trámite es gratuito y de cumplimiento obligatorio", precisó a Infobae Facundo Carrillo, secretario de Atención y Gestión Ciudadana del Gobierno porteño.
En el caso de los obsequios que tienen ticket de cambio (donde no figura el valor del producto) se aconseja verificar el precio real en la web de la empresa o acercarse hasta el local para chequear si el artículo fue abaratado. Es erróneo presentarse solo con la bolsa del comercio ya que no permite establecer de manera fehaciente la fecha de compra y otros aspectos esenciales del derecho.
Si un comercio no respeta el valor de compra, el consumidor debe aportar como prueba la factura y requerir la diferencia primero al comercio
"Si fue rebajado deberá tener el precio anterior tachado. Regularmente los comercios ofrecen un ticket de cambio con un código que indica el precio abonado originalmente y que también podremos consultar con el comerciante. Ese derecho fue establecido explícitamente para la Ciudad de Buenos Aires mediante la Ley 3.281 y rige todo el año", señaló Carrillo.
En la provincia de Buenos, en tanto, se rigen por la ley 13.133 que es una reglamentación de la ley nacional 24.240 de defensa del consumidor. "Los cambios pueden hacerse sin causa dentro de los 30 días posteriores a la compra y en caso que el comercio quiera aplicar algún descuento debe contar con un cartel que especifique que para los cambios rige el precio del día y no el de la adquisición", precisó a Infobae la abogada Soledad Polito, del área de Consumidores de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires.
Otra de las "avivadas" de los comerciantes es ampararse en las "limitaciones del sistema" al asegurar que no es posible que quede un saldo a favor de la empresa. Es decir, no permiten cambiar un remera que vale $400 por otra que sale $399. Entonces, siempre el cliente termina poniendo plata "extra" en lugar de perder $1.
"Si bien hay pocos negocios que lo hacen, es una práctica que existe y perjudica al comprador. Acá hay mucha desinformación de ambas partes. Depende de cada consumidor hacer valer sus derechos. Si uno se toma el trabajo de discutir y presentar un descargo sale beneficiado", dijo Polito, quien además recordó que artículo 8 bis establece el "trato digno y equitativo" e incorpora el concepto de "prácticas abusivas", como lo es en esta situación particular.
Limitar el derecho a efectuar cambios es una infracción que puede reportarse desde la aplicación BA147, a través de la web o llamando al 147
En Capital Federal, si queda un saldo a favor del cliente, la ley 3.281 establece que el local tiene que emitir un comprobante de crédito con validez de 90 días.
Es necesario saber que todos los productos nuevos tienen una garantía legal de 6 meses por fallas en su fabricación, que también se hace extensiva a indumentaria y calzados. Por ejemplo, los comercios tienen la obligación de reparar el calzado si rompe dentro de ese plazo, o cambiarlo en caso de no poder arreglarlo.
Cuando la compra se realiza por teléfono o internet, el consumidor dispone de 10 días para arrepentirse y anular la operación comercial. En este caso, no será necesario expresar ningún motivo más que la disconformidad con el producto y el comercio deberá reembolsar el total de lo abonado.
En Capital Federal, si queda un saldo a favor del cliente, la ley 3.281 establece que el local tiene que emitir un comprobante de crédito con validez de 90 días
Por lo general, cuando se paga con tarjetas de crédito el trámite de la devolución es más sencillo y queda ajeno a todo tipo de especulaciones. Sin embargo, entre las picardías más frecuentes con este medio de pago pretender cobrar un recargo si no es al contado. De hecho, en la Ciudad de Buenos Aires está vigente la ley 5.008 que obliga a los comercios a no hacer diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta de crédito o débito.
"Presentada la denuncia, las partes son convocadas dentro de los 25 días aproximadamente dependiendo de la comuna en la que se presente. La mitad de las denuncias se resuelven en la primera audiencia mientras que las restantes en la segunda", especificó Carrillo.
Cuando la compra se realiza por teléfono o internet, el consumidor dispone de 10 días para arrepentirse y anular la operación comercial
En temas de derecho del consumidor la clave está en perseverar, ya que el 75% de los casos tienen un resultado positivo a favor del cliente.
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